
La senadora María Fernanda Cabal cuestionó que la jueza Sandra Liliana Heredia haya dado validez como material probatorio las interceptaciones al expresidente Álvaro Uribe Vélez, que sirvieron como argumento para condenarlo por soborno en actuación penal, uno de los tres delitos por el que se le acusó.
“Difícil de digerir que se declaren legales las interceptaciones ilegales al expresidente Uribe. El secreto profesional abogado - cliente en entredicho. Cuando una sentencia está fundamentada en tantas excepciones, difícilmente puede cumplir con el estándar para condenar. ¡Aquí lo que exigimos es justicia", escribió la parlamentaria, una de las más férreas defensoras de Uribe, en su cuenta de X.
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Lo que llamó la atención fue la respuesta de la fiscal Angélica Monsalve, que decidió explicarle, mediante un ejemplo, la razón por la que las interceptaciones al exmandatario fueron legales.
“Abogada, recuerde que el derecho sustantivo predomina sobre el derecho adjetivo, es decir, predomina la verdad verdadera sobre las formas procesales. A manera de ejemplo y según su torcida cabeza, si una cámara graba al asesino apuñalando a su víctima, y grabarlo es ilegal, entonces por eso, según usted, y su pobre conocimiento del derecho, hay que declarar inocente al asesino, aunque mil testigos haya visto el crimen. ¡No jodás Mafe!“, escribió la fiscal, cuya respuesta generó múltiples comentarios a su favor,
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La cronología de las interceptaciones contra el expresidente
El caso se remonta a 2018, cuando la Corte Suprema de Justicia abrió una indagación preliminar contra Uribe, en ese entonces senador, luego de que se revelaran presuntas maniobras para manipular declaraciones de exparamilitares detenidos.
Paradójicamente, el proceso nació a partir de una denuncia que el propio Uribe presentó contra el senador Iván Cepeda por supuesta manipulación de testigos. Pero la Corte, al revisar los elementos probatorios, decidió archivar la denuncia contra Cepeda y, en cambio, investigar al exmandatario por la posible compra de testimonios.
Las interceptaciones fueron ordenadas por la Sala de Instrucción de la Corte Suprema como parte de la investigación: ese despacho ordenó interceptar el teléfono del abogado Diego Cadena, entonces defensor jurídico del expresidente. Sin embargo, por un cruce de información con la compañía operadora, se terminó interceptando durante varias semanas la línea telefónica del propio Uribe.
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Heredia aseguró que fueron legales las interceptaciones que se realizaron a las conversaciones entre Uribe y Cadena dentro del material probatorio, pese a que la inclusión del número telefónico del exmandatario en la investigación se hizo por error: pues los investigadores estaban indagando sobre el congresista Nilton Córdoba y entre los números a escuchar, estaba el del expresidente.
La situación, que inicialmente fue atribuida a un “error involuntario” por parte de los técnicos judiciales, generó un escándalo nacional. Durante semanas, los investigadores del caso escucharon conversaciones privadas del exmandatario con sus abogados, familiares y figuras políticas, lo que provocó fuertes críticas sobre una posible violación al fuero parlamentario y al debido proceso.
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Pese a la controversia, la Corte Suprema validó las interceptaciones como prueba dentro del expediente, argumentando que, aunque el número se añadió por error, las conversaciones obtenidas revelaban elementos relevantes para esclarecer el caso de presunta manipulación de testigos.

En agosto de 2020, Uribe renunció a su curul en el Senado, lo que provocó el traslado del caso a la Fiscalía General de la Nación. Desde entonces, el proceso ha dado varios giros: solicitudes de preclusión, nuevas audiencias y decisiones judiciales que mantienen vivo el debate sobre la legalidad de las pruebas, entre ellas las interceptaciones, y sobre la responsabilidad del expresidente.
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La jueza Heredia también precisó que las grabaciones del reloj espía de Juan Guillermo Monsalve, el testigo clave contra el exmandatario, fueron validadas como prueba.
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