
Un cambio muy importante en la normativa laboral colombiana promete simplificar el acceso de los trabajadores a sus cesantías, un ahorro crucial destinado a ser un respaldo en momentos de desempleo, adquisición de vivienda o financiación de educación. La transformación, impulsada por la Reforma Laboral o Ley 2466 de 2025, sancionada el 25 de junio de 2025, introduce una serie de ajustes que buscan agilizar y flexibilizar tanto el retiro como el pago de los intereses de las cesantías.
Hasta ahora, los trabajadores formales en Colombia recibían cada año los intereses de las cesantías, equivalentes al 12% anual sobre el valor acumulado hasta el 31 de diciembre de cada año. El pago, calculado sobre el saldo en el fondo de cesantías, debía entregarse de manera directa al empleado a más tardar el 31 de enero del año siguiente, independientemente de si el trabajador había hecho el retiro total o parcial esos recursos.
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La fórmula tradicional para calcular el beneficio era: valor del auxilio de cesantías multiplicado por los días trabajados, por 0,12, y dividido entre 360. Por ejemplo, un trabajador con un auxilio de cesantías de $2.000.000 y 180 días laborados recibía $240.000 anuales por intereses.

Ahora, la Reforma Laboral aprobada en el Congreso de la República introduce una alternativa que modifica la periodicidad de este pago. El ajuste, incorporado al artículo 64 del Código Sustantivo del Trabajo mediante el parágrafo 2, permite que empleador y trabajador acuerden por escrito la el valor mensual de los intereses de cesantías.
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Cómo se pueden recibir ahora las cesantías
En el nuevo esquema, el empleado puede recibir el 1% mensual sobre su salario base de liquidación, que incluye el salario mensual y, en los casos aplicables, el auxilio de transporte.
Así, en lugar de recibir el 12% acumulado al final del año, el trabajador percibe un pago proporcional cada mes. Por ejemplo, bajo este modelo, el pago mensual sería de $2.400 ajustado al salario base correspondiente, en vez de un solo desembolso anual.

La opción no altera el monto total que el trabajador recibe durante el año, pero sí transforma la manera en que se distribuye el ingreso. Dicho pago mensual puede representar un alivio para pequeñas y medianas empresas, ya que les permite distribuir el impacto económico de estos pagos a lo largo del año, lo que facilita la gestión del flujo de caja.
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Cómo se hará el retiro de las cesantías
Más allá de la periodicidad de los intereses, la Ley 2466 también introduce cambios orientados a agilizar el retiro del capital de las cesantías. Aunque se mantienen las causales específicas para el retiro parcial —como educación superior para el trabajador, su cónyuge o hijos; compra, construcción o mejora de vivienda; y pago de impuestos prediales sobre la propiedad del trabajador— y total —terminación de contrato laboral, fallecimiento del afiliado, prestación del servicio militar o cambio a salario integral—, la nueva normativa busca que los procedimientos de aprobación y desembolso sean mucho más ágiles.
Los fondos de cesantías, actores fundamentales en el sistema ya adaptan las plataformas y procesos para cumplir con las nuevas disposiciones. Se prevé una mayor digitalización de los trámites, lo que permitirá a los trabajadores hacer solicitudes y presentar la documentación requerida por medio de canales virtuales, reduciendo la necesidad de desplazamientos y papeleo físico.
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Además, la simplificación en la validación de la documentación de los empleadores debería traducirse en un acceso más rápido a los recursos.
Más de $16 billones aportes a las cesantías
La importancia de estas reformas se refleja en el crecimiento sostenido de los aportes a las cesantías.
La Superintendencia Financiera de Colombia (SFC) reportó que entre el 1 de enero y el 14 de febrero de 2025, los aportes superaron los $16,10 billones, una cifra que resalta la necesidad de garantizar que los trabajadores puedan disponer de estos fondos cuando en realidad los necesitan.
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