Consejo de Estado rechazó petición para apartar a Luz Adriana Camargo de la Fiscalía General por orde de captura emitida en Guatemala

La magistrada ponente rechazó, además, una prueba testimonial clave y advirtió que la falta de respuesta de la Presidencia podría acarrear sanciones

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Luz Adriana Camargo, fiscal general de la Nación, enfrenta una demanda que busca anular su elección tras una orden de captura emitida por Guatemala, sin efectos legales en Colombia - crédito Luisa González/Reuters
Luz Adriana Camargo, fiscal general de la Nación, enfrenta una demanda que busca anular su elección tras una orden de captura emitida por Guatemala, sin efectos legales en Colombia - crédito Luisa González/Reuters

El Consejo de Estado rechazó las solicitudes que buscaban tumbar a Luz Adriana Camargo del cargo de fiscal general, basándose en la orden de captura emitida por Guatemala.

Esta orden está relacionada con investigaciones por presuntos delitos vinculados al caso Odebrecht, en un contexto de conflictos políticos en Guatemala durante la labor de una comisión anticorrupción internacional.

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Entre las peticiones rechazadas estuvieron la suspensión provisional de la funcionaria y la insistencia en escuchar el testimonio de una exintegrante de la terna para la Fiscalía.

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El alto tribunal consideró que ninguna de estas solicitudes cumplía con los requisitos procesales exigidos por la ley.

En un auto fechado recientemente, la magistrada ponente Gloria María Gómez Montoya resolvió, en primer lugar, rechazar la suspensión provisional y la prueba testimonial, y en segundo lugar, negar el control de legalidad propuesto por la demandante, conforme a lo expuesto en la parte motiva de la decisión.

El tribunal también requirió a la Presidencia de la República que, en un plazo de tres días contados desde la notificación de la providencia, entregue el expediente administrativo completo relacionado con la elección de Camargo, junto con todos sus soportes, peticiones y demás documentos.

Esta entrega debe venir acompañada de una certificación que acredite que no existen más documentos en el expediente.

El mismo requerimiento fue extendido a la Corte Suprema de Justicia y al presidente de la República, en virtud del parágrafo del artículo 175 de la Ley 1437 de 2011.

Una vez incorporada esta documentación, se correrá traslado a las partes por tres días para que realicen las consideraciones que estimen pertinentes.

Posteriormente, y una vez ejecutoriada esta decisión, se abrirá automáticamente el periodo de alegatos de conclusión por escrito, conforme al artículo 181 de la Ley 1437.

La demanda busca anular la elección de Camargo, argumentando que existe una orden internacional de captura en su contra, emitida en Guatemala, por presuntos delitos relacionados con el caso Odebrecht: asociación ilícita, tráfico de influencias, obstrucción a la justicia y colusión.

Sin embargo, el Consejo de Estado reiteró que la solicitud de medidas cautelares debe hacerse al momento de presentar la demanda o, en todo caso, antes de su admisión y dentro del término de caducidad.

La orden de captura, según estableció el tribunal, no tiene efecto legal en Colombia, y Camargo está protegida por inmunidad internacional, conforme a los acuerdos de la ONU.

El abogado de Camargo, Rodrigo Durán, argumentó además que la solicitud de su destitución es “inviable jurídicamente” y recordó que tanto los gobiernos de Colombia como de Guatemala han desestimado las actuaciones del ente acusador guatemalteco.

Por otro lado, la defensa de Camargo también cuestionó la actuación del abogado Samuel Ortiz, otro de los demandantes, por haber replicado un memorial de otro proceso, y pidió que se oficie a las autoridades competentes para que se investigue una posible falta disciplinaria.

¿Qué pasó en Guatemala que hizo que Luz Adriana Camargo recibiera una orden de captura?

El caso en Guatemala tiene sus raíces en el trabajo de la Comisión Internacional contra la Impunidad en Guatemala (Cicig) liderada por el exministro de Defensa Iván Velásquez entre 2014 y 2017, periodo en el cual Camargo fue su principal colaboradora.

El Consejo de Estado reiteró que la orden de captura contra Luz Adriana Camargo no tiene efecto legal en Colombia y que la funcionaria goza de inmunidad internacional - crédito Luisa Gonzalez/Reuters
El Consejo de Estado reiteró que la orden de captura contra Luz Adriana Camargo no tiene efecto legal en Colombia y que la funcionaria goza de inmunidad internacional - crédito Luisa Gonzalez/Reuters

Durante ese tiempo, la Cicig desmanteló importantes redes de corrupción, incluyendo la del expresidente Otto Pérez Molina.

Sin embargo, en 2017, el entonces presidente Jimmy Morales declaró persona non grata a Velásquez y ordenó su salida del país.

En 2023, la Fiscalía guatemalteca abrió una investigación contra Velásquez y Camargo por presuntas irregularidades relacionadas con Odebrecht, situación que según The New York Times fue interpretada como una ofensiva contra funcionarios anticorrupción.

Además, el fiscal encargado del caso fue señalado por Estados Unidos por obstruir investigaciones.

El Consejo de Estado concluyó que la orden de captura emitida en Guatemala no tiene efectos legales en Colombia, y reconoció la inmunidad de Camargo amparada por acuerdos internacionales de la ONU.

El abogado Rodrigo Durán, representante legal de Camargo, defendió la funcionaria señalando que la solicitud para destituirla era “inviable jurídicamente” y que ambos gobiernos, el de Guatemala y Colombia, rechazaron las actuaciones de la Fiscalía guatemalteca.

El caso Odebrecht, que desató escándalos de corrupción en América Latina, es el eje de las acusaciones que motivaron la orden de captura contra Camargo en Guatemala - crédito Jesús Avilés/Infobae Colombia
El caso Odebrecht, que desató escándalos de corrupción en América Latina, es el eje de las acusaciones que motivaron la orden de captura contra Camargo en Guatemala - crédito Jesús Avilés/Infobae Colombia

Finalmente, la defensa de Camargo cuestionó la conducta del abogado Samuel Ortiz, uno de los demandantes, quien presentó solicitudes basadas en documentos de otro proceso judicial, y solicitó que se oficie a las autoridades para investigar una posible falta disciplinaria.

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