
En una nueva movida jurídica que podría reabrir el debate sobre el manejo fiscal del país, el ciudadano Pedro Nel Ospina Santamaría presentó ante el Consejo de Estado una demanda para solicitar la nulidad del acto mediante el cual el Consejo Nacional de Política Fiscal (Confis) activó la controvertida cláusula de escape de la regla fiscal.
La acción, sustentada en el numeral 1 del artículo 137 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (Ley 1437 de 2011), se encuentra dentro de las herramientas de control ciudadano frente a actos administrativos de carácter general. “La acción de nulidad simple se presenta con fundamento en el numeral 1 del artículo 137 de la Ley 1437 de 2011 - Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo en el cual se establece que es una acción de control pública, de la que puede disponer todo ciudadano para solicitar la nulidad de un acto administrativo de carácter general, por lo que se cumple con la legitimación en la causa por activa”, se lee en el documento radicado.
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Uno de los argumentos centrales de la demanda gira en torno a la falta de publicidad del acto cuestionado. Según se advierte, hasta la fecha no se ha publicado en el Diario Oficial el acta correspondiente a la decisión del Confis. En su sitio web oficial, la última acta disponible es la número 782, correspondiente a una sesión celebrada el 25 de febrero de 2025. Esta omisión, argumenta el demandante, afecta la transparencia del proceso y limita el acceso público a información clave sobre las decisiones que afectan el rumbo fiscal del país.
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A pesar de esa falta de divulgación formal, el demandante reconoce que en el Marco Fiscal de Mediano Plazo presentado por el Gobierno sí se hace mención a dicha decisión. Allí, en el llamado “capítulo 0”, se expone “la sustentación del acto administrativo acusado”, aunque sin el soporte documental publicado de manera oficial.
Más allá de los aspectos formales, la demanda entra de lleno en el fondo del asunto, la legalidad de utilizar la cláusula de escape en un contexto que, a juicio del accionante, no se ajusta a lo establecido por la legislación vigente. En el texto se advierte que la Ley 1473, que regula la regla fiscal, contempla dos caminos distintos, uno, que obliga al Gobierno a tomar medidas correctivas cuando se incumplen las metas fiscales; y otro, que prevé la activación de la cláusula de escape solo en situaciones extraordinarias que comprometan la estabilidad macroeconómica del país.
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Desde esta óptica, la acción judicial plantea que el Ejecutivo habría utilizado de manera indebida esta figura legal, aplicándola no ante un evento extraordinario real, sino como una estrategia para anticipar un incumplimiento previsto en sus proyecciones fiscales. “Y de otra, contempla la cláusula de escape, como una excepción para aquellos eventos extraordinarios o que comprometan la estabilidad macroeconómica del país”, señala el escrito, que también recuerda que la cláusula “no se consagró para evitar el incumplimiento de la regla fiscal ni para incrementar el endeudamiento del Gobierno”.

El corazón de la controversia, entonces, está en la interpretación y aplicación de esta herramienta: ¿fue usada como una medida preventiva legítima o como una salida política ante un panorama fiscal difícil? El demandante sostiene que, de acuerdo con la ley, en caso de no poder cumplir con la regla fiscal, el camino correcto sería explicarlo ante el Congreso y establecer nuevas metas y objetivos que permitan retomar el cumplimiento, como lo establece el artículo 13 de la misma ley.
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Además, se argumenta que el acto del Confis incurre en las causales de nulidad previstas por el artículo 137 del Cpaca, al haberse basado en una norma cuya aplicación estaría desvirtuada por los hechos concretos: “cuando la realidad es distinta”.

La demanda, en su conjunto, no busca reconfigurar el modelo fiscal colombiano, pero sí exige que se respete el marco normativo que lo regula. En este contexto, la petición es clara, que se declare la nulidad del acto mediante el cual el Confis, órgano adscrito al Ministerio de Hacienda y presidido por el titular de esa cartera, activó la cláusula de escape de la regla fiscal por tres años, alegando una situación fiscal que calificó como grave y amenazante para la estabilidad macroeconómica.
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Ahora el caso está en manos del Consejo de Estado, que deberá determinar si el procedimiento y el fondo de la decisión del Gobierno cumplen con los requisitos legales exigidos, o si, por el contrario, el uso de la cláusula de escape fue un atajo que eludió las obligaciones previstas en el régimen fiscal colombiano.
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