
Colombia es uno de los países donde algunos de sus habitantes han adoptado el mal hábito de conservar en cautiverio loros, entre otras especies de aves, como mascotas.
Estos animales, de forma recurrente, permanecen en estrechas jaulas que no son aptas para desarrollar su naturaleza, lo que los llevan a deformidades y estrés; unos casos más extremos que otros.
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De hecho, a finales de mayo se conoció la lamentable historia de un loro frentiamarillo, que estuvo durante 32 sobreviviendo al interior de una jaula en el Valle de Aburra, área metropolitana de Medellín, lo que le dejó graves secuelas en su pico y alas.

Lo que muchos no saben es que el loro, al ser considerado una especie de ave silvestre, no pueden ser raptados, cazados o mantenidos en cautiverio, pues la ley colombiana exige sanciones para quienes cometan este tipo de acciones.
Los loros, por sus colores llamativos y la capacidad de imitar sonidos, suelen ser víctimas del cautiverio doméstico, situación que no solo incumple la ley sino que afecta el equilibrio de los ecosistemas.
Estas aves desempeñan funciones ecológicas relevantes, como la dispersión de semillas y el control de insectos. Al formar parte de la fauna silvestre del país, su presencia en los hogares constituye una infracción que puede acarrear sanciones económicas y legales, según lo establecido por el Ministerio de Justicia.
La Ley 1801 de 2016, conocida como el Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana, contempla medidas correctivas contra los que tengan fauna protegida como mascotas.
Esta norma considera la tenencia como una conducta que atenta contra la fauna silvestre e impone multas y decomisos, con el objetivo de desalentar la posesión y proteger especies en riesgo.
El procedimiento en caso de denuncia es claro. Si un ciudadano tiene conocimiento de alguien que mantiene un loro u otro animal silvestre en cautiverio, puede presentar una queja ante las autoridades.
Tras la denuncia, los policías son responsables de verificar la existencia de la conducta y reunir pruebas como informes, testimonios o inspecciones. Cuando se comprueba la infracción, la autoridad aborda al implicado para informarle sobre la situación y escuchar su defensa.
Si la falta se confirma, se impone una multa general tipo 3 que asciende a $393.440 y el decomiso inmediato del animal.
El infractor tiene derecho a apelar la decisión. La medida se remite al inspector de Policía en un plazo máximo de 24 horas y este cuenta con tres días para decidir si confirma o revoca la sanción.
Las autoridades recuerdan que los animales silvestres no son aptos para ambientes domésticos, aun cuando hayan nacido en cautiverio. Sus necesidades conductuales, sociales y fisiológicas no pueden ser cubiertas fuera de su entorno natural, lo que genera sufrimiento y deterioro físico y mental. La naturaleza es su hábitat legítimo y la ley respalda su protección.
Detalles del rescate de la lora del Valle de Aburrá
Una lora frentiamarilla (Amazona ochrocephala) rescatada en el Valle de Aburrá, Colombia, pasó 32 años en cautiverio, según informó el Área Metropolitana (Amva).

El ave fue entregada de manera voluntaria al Centro de Atención, Valoración y Rehabilitación (Cavr), operado en conjunto con la Universidad CES.
Al llegar al centro, la lora presentaba un estado de salud crítico. Los veterinarios indicaron que el encierro prolongado y una dieta inadecuada causaron la deformación total de su pico por falta de desgaste natural, junto con un crecimiento excesivo de las uñas, inflamaciones y abscesos en las patas.
Además, el ave mostraba plumaje grasoso, zonas sin plumas y escamas en la piel. El Amva señaló que el daño, además de ser físico, afectó su bienestar, ya que permaneció décadas sin la posibilidad de realizar comportamientos propios de su especie.
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