Sandra Ramírez acusó al Consejo de Estado de “bloquear” al Gobierno con la suspensión de la consulta popular: “Arbitraria”

La medida cautelar fue adoptada porque el decreto presidencial fue expedido sin el concepto previo favorable del Senado, como exige la Constitución y las leyes estatutarias

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La congresista afirmó que el Gobierno no teme a la democracia ni a que los ciudadanos decidan sobre sus derechos y condiciones de vida mediante una consulta popular - crédito @SandraComunes/X

El ambiente político en Colombia se sacude tras la decisión del Consejo de Estado de suspender provisionalmente el Decreto 0639 de 2025, mediante el cual el presidente de la República convocaba a una consulta popular nacional.

Esta determinación, tomada bajo el trámite de urgencia, generó inmediatas reacciones, entre ellas las declaraciones contundentes de la senadora Sandra Ramírez, del Partido Comunes, que responsabilizó al alto tribunal de obstaculizar las iniciativas del Gobierno.

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En un video publicado en su cuenta de X, Ramírez arremetió contra la decisión judicial y sostuvo: “¿Qué esperábamos? ¿Que el Consejo de Estado apoyara la Consulta Popular del Gobierno del Cambio a quienes evidentemente le hacen oposición? Saben que su decisión es arbitraria, no tienen la competencia, pero es evidente que esta ruptura institucional le gusta a ciertos sectores”.

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Con estas palabras, la congresista puso en entredicho la legitimidad de la medida adoptada por la Sección Quinta del Consejo de Estado y dejó entrever que, a su juicio, existe un trasfondo político en el fallo.

Cabe recordar que el auto firmado por el magistrado ponente Pedro Pablo Vanegas Gil, resolvió suspender provisionalmente los efectos jurídicos del Decreto 0639 de 2025. La decisión fue adoptada bajo el artículo 234 del Código de procedimiento administrativo y de lo contencioso administrativo, que permite medidas cautelares de urgencia cuando existe peligro inminente o se pretende evitar un perjuicio irremediable.

El Senado había dado un concepto desfavorable a la solicitud presidencial el 14 de mayo de 2025, decisión que fue notificada al presidente el 29 de mayo de ese año. “El acto acusado desconoció el requisito del concepto favorable del Senado, por lo que se advierte, al menos en esta etapa inicial del proceso, la infracción de las disposiciones constitucionales y legales que rigen la materia”, expone el auto del Consejo de Estado. Sin embargo, el decreto fue expedido sin el aval del Legislativo.

Además, el tribunal advirtió que la excepción de inconstitucionalidad invocada por el presidente para inaplicar la decisión del Senado no cumplió con los requisitos, pues no se evidenció una contradicción manifiesta entre el acto legislativo y la Constitución que justificara dicha medida.

El cuestionamiento de Ramírez sobre la competencia del alto tribunal

Ramírez también cuestionó la competencia del Consejo de Estado para frenar un mecanismo de participación ciudadana como la consulta popular. Según expresó: “No tienen la competencia para frenar un mecanismo de participación ciudadana, pero lo hacen, y lo hacen sabiendo que con eso celebran a algunos sectores que le temen a la voz del pueblo”. En su intervención, señaló que este tipo de decisiones fortalecen a grupos que rechazan el ejercicio democrático y que prefieren mantener el statu quo.

La senadora hizo énfasis en que el Gobierno y su partido no temen a la democracia ni a la voluntad de los ciudadanos. “Nosotros, en cambio, no le tememos a la democracia, no le tememos a escuchar al pueblo, ni a que la gente del común decida sobre sus derechos por un trabajo digno que mejore su calidad de vida”, agregó.

Ramírez expresó que el fallo del Consejo de Estado responde a intereses de sectores opositores al Gobierno - crédito @SandraComunes/X
Ramírez expresó que el fallo del Consejo de Estado responde a intereses de sectores opositores al Gobierno - crédito @SandraComunes/X

Finalmente, Ramírez responsabilizó a quienes se oponen a las transformaciones que propone el Gobierno de estar detrás de lo que considera una ruptura institucional. “Así que, si hay una ruptura institucional, ¿cómo que ellos mismos la están provocando? Que quede claro quiénes la están empujando, los que le temen al cambio y se aferran a ese viejo poder que defiende. La justicia debe ser garante de derechos, no instrumento del miedo. Que eso quede bien claro”, concluyó la senadora, al tiempo que advirtió que continuarán defendiendo los espacios de participación y el derecho de los colombianos a decidir sobre temas trascendentales para la nación.

Los alcances de la decisión judicial

La suspensión provisional ordenada por el Consejo de Estado detiene los preparativos de la consulta, que estaba programada para el 7 de agosto de 2025, y frena las actividades institucionales previstas en el decreto, como la organización de campañas pedagógicas y la logística electoral a cargo de la Registraduría Nacional del Estado Civil. La sala consideró que continuar con estas acciones, en las condiciones actuales, podría generar un uso indebido de recursos públicos y vulnerar el ordenamiento constitucional.

El tribunal advirtió, además, que ya cursa otro proceso en el que se determinará la legalidad de la decisión del Senado de dar concepto desfavorable, lo que significa que las supuestas irregularidades del trámite parlamentario deberán ser probadas ante la jurisdicción contenciosa antes de que el Ejecutivo pueda invocarlas como justificación para desconocer ese acto.

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