
A pocos días de su entrada en vigencia (1 de julio), la reforma pensional aprobada en 2024 por el Congreso y sancionada por el presidente Gustavo Petro fue suspendida por la Corte Constitucional.
El alto tribunal encontró un vicio de procedimiento en el trámite legislativo: la Cámara de Representantes adoptó el texto del Senado sin realizar el debate reglamentario correspondiente, violando así los principios del debido proceso legislativo.
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Por unanimidad, la Corte decidió devolver la Ley 2381 al Congreso, que ahora tendrá un plazo de 30 días hábiles para corregir el trámite.
Esto significa que el nuevo sistema pensional no podrá implementarse en la fecha prevista, el 1 de julio de 2025, lo que deja en el limbo una de las principales apuestas del Gobierno Petro en materia social.
Sin embargo, no todo el contenido de la reforma queda anulado o suspendido. Uno de los puntos que sí sigue vigente —y que ha generado gran interés público— es la llamada “ventana pensional”, un mecanismo que permite el traslado entre regímenes pensionales bajo ciertos requisitos.
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¿Qué pasará con los que se pasaron a Colpensiones?
Desde que fue habilitada, cerca de 85.000 personas han migrado de los fondos privados a Colpensiones.

Según Andrés Velasco, presidente de Asofondos, estos traslados están jurídicamente protegidos. “Muy probablemente todas las personas que se trasladaron utilizando la ventana de oportunidad van a quedar trasladadas”, dijo en entrevista con La FM.
Velasco explicó que la Corte ha sido consistente en su jurisprudencia al proteger actos realizados bajo la legalidad vigente al momento de su ejecución, por lo que no habría razones para revertir estos cambios.
La “ventana pensional” fue regulada por el artículo 76 de la reforma y establece que hombres con al menos 900 semanas cotizadas y mujeres con 750 semanas pueden cambiar de régimen incluso si están a menos de 10 años de cumplir la edad de pensión.
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Este artículo también exige que los afiliados reciban la doble asesoría obligatoria antes de tomar la decisión, lo que refuerza la validez del proceso.
Además, esta posibilidad seguirá disponible durante dos años, incluso mientras se subsana el error legislativo, salvo que una nueva decisión judicial diga lo contrario.

Expertos en derecho laboral han coincidido en que este componente de la ley se mantiene vigente mientras la Corte no se pronuncie de fondo sobre su constitucionalidad.
La elección de administradoras Accai sigue en pie, pero beneficios como el pilar solidario quedan suspendido
Otro artículo que no se ve afectado por la suspensión es el parágrafo del artículo 12, que establece la creación de las Administradoras del Componente Complementario de Ahorro Individual (Accai).
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Desde el 16 de enero de 2025, los colombianos que ganan más de 2,3 salarios mínimos —unos 2.990.000 pesos mensuales— deben escoger una Accai para administrar los aportes que excedan ese umbral.
Este cambio ya está en marcha y afecta a cerca de 1,5 millones de personas afiliadas a Colpensiones. Aquellos que no elijan una administradora en el plazo de seis meses serán asignados aleatoriamente por el sistema.
El Gobierno ha insistido en que las decisiones ya tomadas en este frente seguirán siendo válidas, a pesar de la suspensión general de la ley.
No obstante, otras disposiciones clave de la reforma quedan congeladas.

El llamado pilar solidario, que proponía una renta básica para adultos mayores sin pensión, la reducción de semanas cotizadas por hijos y los beneficios de pensión anticipada son algunas de las medidas que no podrán entrar en vigencia hasta que el Congreso complete el trámite legislativo y la Corte Constitucional emita un fallo definitivo.
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El investigador Kevin Hartmann, del Instituto de Derecho Social de la Universidad KU Leuven, expresó su preocupación por la inseguridad jurídica derivada de esta suspensión.
“Cuatro semanas más o menos pueden ser determinantes para saber quién accede al régimen de transición. Esta incertidumbre no es menor”, advirtió, al subrayar que la fecha de entrada en vigencia es un factor clave en la aplicación del nuevo modelo.
El Gobierno, por su parte, busca acelerar el trámite para evitar un vacío legal y mayores complicaciones administrativas.
El ministro del Interior, Armando Benedetti, confirmó que se convocarán sesiones extraordinarias en la Cámara de Representantes para completar el debate y lograr la aprobación definitiva del proyecto.
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Las sesiones ordinarias concluyen el 20 de junio, lo que impone un margen de acción muy ajustado.
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