
La Cámara de Representantes aprobó la Ley de Sometimiento con 95 votos a favor y 10 en contra, durante la noche del martes 3 de noviembre. La corporación respaldó el mismo articulado que había aprobado el Senado, por lo que el proyecto presentado por el Gobierno de Abelardo de la Espriella terminó su trámite en el Congreso sin necesidad de una comisión de conciliación.
La iniciativa establece un mecanismo para que integrantes de organizaciones armadas ilegales y estructuras criminales se sometan a la justicia ordinaria a cambio de beneficios penales, bajo condiciones relacionadas con la entrega de armas y bienes, el suministro de información y la colaboración con las autoridades.
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La aprobación se produjo después de más de 12 horas de discusión y a pocas horas del vencimiento de la vigencia de la Ley 418 de 1997, previsto para este miércoles 4 de noviembre. Por esta razón, el Gobierno buscaba completar el trámite legislativo y llevar el texto a sanción presidencial antes de esa fecha.
¿Cuáles son las rebajas de penas de la Ley de Sometimiento?
Uno de los principales componentes del proyecto es el tratamiento penal diferenciado según la posición que ocupe cada integrante dentro de la organización criminal.
El articulado contempla reducciones de hasta el 50% de las penas para los integrantes de base y de hasta el 30% para los cabecillas. En el caso de quienes ejerzan funciones de mando, se estableció una condena mínima de diez años de prisión.
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El acceso a estos porcentajes depende del cumplimiento de los compromisos exigidos por la ley. Entre ellos están la entrega de armas y bienes, así como la información sobre las estructuras criminales, sus redes y economías ilegales.
El ministro de Justicia, Iván Cancino, explicó que las rebajas estarán condicionadas a los aportes de quienes se sometan. Mencionó, entre otros aspectos, la entrega de información sobre personas desaparecidas y secuestradas.

¿Quiénes no podrán acceder a los beneficios?
Durante el trámite en el Senado se incorporaron restricciones para impedir que determinados responsables de delitos reciban el tratamiento penal diferenciado.
Una de ellas establece que quienes hayan sido condenados por reclutamiento de menores o sean responsables de vincular a niños, niñas y adolescentes a estructuras criminales quedarán excluidos de los beneficios.
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El representante a la Cámara y ponente del proyecto, Daniel Briceño, destacó esta disposición después de la aprobación. “Aquí ningún reclutador de menores tendrá ninguno de los beneficios que trae esta ley”, afirmó.
También se endurecieron los requisitos para acceder al tratamiento penal en delitos relacionados con lavado de activos y testaferrato. Entre las condiciones incorporadas quedó la exigencia de haber cumplido al menos seis años de pena.
Por otra parte, el articulado determinó que la reclusión de los beneficiarios estará a cargo del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC).
La ley no suspende órdenes de captura ni extradiciones
Otra de las condiciones defendidas por el Gobierno es que el sometimiento no implica suspender las órdenes de captura ni los procesos de extradición.
Cancino reiteró que las personas que se acojan al mecanismo deberán entregar la totalidad de sus bienes, sin recibir dinero a cambio. También advirtió que el incumplimiento de los compromisos supondrá la pérdida de los beneficios y el regreso a la justicia ordinaria.
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“No hay suspensión de órdenes de captura, no hay suspensión de extradiciones, cero devolución, protección a los menores, penas fuertes para los reclutadores, tienen que entregar todos los bienes y se les devuelve cero peso”, manifestó el ministro.
El representante Daniel Briceño señaló que el proyecto elimina los gestores de paz y las mesas de negociación como parte del nuevo esquema. Según el congresista, estas disposiciones marcan una diferencia frente a la política de paz total del anterior Gobierno.

La vigencia será de cuatro años y se eliminó el artículo 25
El Congreso también modificó aspectos relacionados con la duración de la iniciativa y los recursos destinados a su implementación.
Según explicó Cancino, la vigencia de la ley pasó de diez a cuatro años, frente al periodo contemplado inicialmente. Además, se estableció un límite de seis años para la libertad condicional.
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Otro de los cambios fue la eliminación del artículo 25, que contenía disposiciones relacionadas con gastos reservados y recursos del Fondo Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana (Fonsecon).
Asimismo, se incorporaron medidas para evitar que los municipios y departamentos tuvieran que asumir nuevas cargas económicas derivadas de la aplicación del mecanismo.
¿Cómo fue el trámite de la Ley de Sometimiento en el Congreso?
El proyecto, identificado como 296 de 2026 en el Senado y 433 de 2026 en la Cámara, fue radicado el 13 de octubre con mensaje de urgencia por el entonces ministro del Interior, Rodrigo Lara, y el ministro de Justicia, Iván Cancino.
En el Senado, el debate comenzó el viernes 30 de octubre. Durante la discusión se negó la ponencia de archivo presentada por el Pacto Histórico y se aprobó el informe positivo.
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En la Cámara, la discusión comenzó el lunes 2 de noviembre. La primera aprobación de la ponencia positiva fue cuestionada por congresistas que señalaron que el documento no había sido sustentado antes de la votación. Ante los reclamos, la representante Catherine Juvinao solicitó reabrirla, petición que fue aceptada por la Mesa Directiva.
La plenaria también estuvo marcada por recusaciones contra representantes de distintas bancadas. La Comisión de Ética declaró improcedentes las solicitudes, lo que permitió continuar con el debate.
Posteriormente, las dos corporaciones avanzaron en la votación del articulado. Tras la eliminación del artículo 25 en el Senado, la Cámara ajustó su texto para adoptar la misma decisión y evitar diferencias entre las versiones.
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Finalmente, el Senado aprobó el proyecto con 57 votos a favor y 24 en contra, mientras que la Cámara lo respaldó con 95 votos positivos y 10 negativos.
¿Qué sigue para la Ley de Sometimiento?
Con la aprobación del mismo texto en ambas cámaras, la iniciativa quedó lista para la sanción presidencial.
El Gobierno esperaba completar ese procedimiento este miércoles 4 de noviembre, antes del vencimiento de la vigencia de la Ley 418 de 1997.
Gaceta del Congreso con la que se oficializa la aprobación del trámite en Senado
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