
Con la llegada de junio, un grupo de trabajadores en Colombia podría recibir un beneficio económico adicional que va más allá de lo estipulado por la ley: una doble prima. El ingreso extra, conocido como prima extralegal, se suma a la prima de servicios obligatorios que deben recibir todos los empleados formales, representando un alivio financiero significativo para muchas familias.
Dicha prima adicional no está contemplada en el marco legal, pero es otorgada de manera voluntaria por algunas empresas como parte de las políticas internas o convenios colectivos.
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La prima de servicios, establecida en el Artículo 306 del Código Sustantivo del Trabajo, es un derecho laboral que deben recibir todos los trabajadores con contrato formal. El pago equivale a 30 días de salario por cada año trabajado y se divide en dos entregas: la primera debe hacerse antes del 30 de junio y la segunda, antes del 20 de diciembre. El ingreso no es un bono ni un reconocimiento especial, sino una obligación legal que busca compensar a los empleados por la contribución al éxito de la empresa.

El beneficio se aplica a todos los trabajadores dependientes, es decir:
- Aquellos que tienen un contrato laboral vigente, ya sea a término fijo o indefinido.
- Empleados que trabajan por días o por horas, siempre que exista una relación laboral formal.
- Empleadas domésticas.
- Conductores particulares contratados por familias.
- Mayordomos y cuidadores de fincas.
- En estos casos, el pago de la prima se hace de manera proporcional al tiempo trabajado.
Sin embargo, no todos los trabajadores tienen derecho a esta prestación. Quedan excluidos:
- Aquellos que trabajan como independientes o freelance.
- Los que tienen contratos por prestación de servicios.
- Estudiantes con contrato de aprendizaje.
- Trabajadores que reciben un salario integral, ya que este último ya incluye las prestaciones legales.
- Empleados temporales sin un vínculo laboral formal tampoco pueden acceder a este beneficio.
En cuanto a la prima extralegal, el pago adicional es una decisión voluntaria de las empresas y no está regulado por la ley. La abogada especializada en derecho laboral Natalia Álzate explicó a La FM que estas primas son incentivos que buscan reconocer el compromiso de los empleados o mejorar el clima laboral.

Aunque no son obligatorias, muchas organizaciones del sector privado las ofrecen como parte de sus políticas de bienestar o en cumplimiento de acuerdos colectivos con sindicatos.
El impacto de recibir una doble prima en junio puede ser muy importantes para los trabajadores que tienen acceso a este beneficio. El ingreso adicional puede destinarse a cubrir deudas, invertir en proyectos personales, planificar vacaciones o generar un ahorro para el futuro. No obstante, expertos financieros recomiendan a los empleados revisar sus contratos y consultar con el área de recursos humanos para confirmar si tienen derecho a esta compensación adicional.
Cómo se calcula el pago de la prima
Para calcular este beneficio, el Ministerio de Trabajo sugiere la siguiente fórmula: salario + auxilio de transporte × días trabajados / 360. Por ejemplo, si un trabajador laboró los 180 días del semestre, el cálculo sería: 1.423.500 + 200.000 × 180 / 360, lo que da como resultado $812.875.

El pago de la prima debe hacerse antes del 30 de junio para la primera cuota y antes del 20 de diciembre para la segunda. En caso de incumplimiento, los empleadores podrían enfrentar sanciones que van desde uno hasta 5.000 salarios mínimos legales mensuales vigentes ($7.117.500.000), además de una posible indemnización por la demora en el pago.
En caso de que un empleador no cumpla con el pago de la prima, los trabajadores pueden buscar soluciones legales. Según el Ministerio de Justicia, los afectados pueden llegar a un acuerdo con el empleador o presentar una queja ante la Inspección de Trabajo. Si no se logra una resolución favorable, es posible interponer una demanda ante un juez laboral, en especial, si el monto en disputa no supera los 20 salarios mínimos mensuales ($28.470.000), lo que permite presentar el caso sin necesidad de abogado ante un juez de pequeñas causas.
También se puede acudir a entidades como la Casa de Justicia, la Defensoría del Pueblo o la Personería Municipal para buscar apoyo en la resolución del conflicto.
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