
La senadora María Fernanda Cabal presentó una denuncia formal ante la Sala de Instrucción Penal de la Corte Suprema de Justicia contra tres integrantes de la Comisión de Investigación y Acusación de la Cámara de Representantes.
En el documento, fechado en mayo de 2025, se acusa a los congresistas Alirio Uribe Muñoz, Gloria Arizabaleta Corral y Wilmer Ramiro Carrillo Mendoza de incurrir en el delito de prevaricato por omisión, tipificado en el artículo 414 del Código Penal colombiano.
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Según el texto, la congresista sostiene que los mencionados representantes “han omitido actuar de manera diligente y oportuna, retardando de forma injustificada el avance de este proceso”, refiriéndose al expediente con radicado No. 5914 que investiga una supuesta violación de topes de campaña presidencial. El proceso se encuentra en la Comisión de Investigación y Acusación, órgano constitucional encargado de indagar a funcionarios aforados, como el presidente de la República.
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“La inacción de los Representantes referidos no puede considerarse como una simple negligencia o carga de trabajo, sino más bien como una omisión dolosa del cumplimiento del deber funcional. Máxime cuando dicha omisión se produce frente a procesos que comprometen la institucionalidad de la República, así como el principio de transparencia”, señala Cabal en su denuncia.

Petición de apertura formal de investigación
La senadora del Centro Democrático solicitó que se abra una investigación formal contra los tres representantes a la Cámara, pues según denunció, en su condición de servidores públicos con funciones judiciales constitucionales, habrían incumplido sus deberes legales.
“El servidor público que omita, retarde, rehúse o deniegue un acto propio de sus funciones incurrirá en prisión de 32 a 90 meses, multa de 13.33 a 75 salarios mínimos legales mensuales vigentes e inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas por 80 meses”, reza el artículo 414 citado en la denuncia.
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Cabal invocó además el artículo 178 de la Constitución, que faculta a la Cámara de Representantes a acusar al presidente ante el Senado cuando existan causas constitucionales, y subraya que la Comisión tiene el deber funcional de actuar con seriedad frente a investigaciones de esta naturaleza.

Avances paralelos en el Consejo Nacional Electoral
La denuncia se registra en un contexto en el que el Consejo Nacional Electoral (CNE) informó, mediante un auto emitido el 6 de mayo de 2025, que la investigación administrativa por presunta vulneración al régimen de financiación de las campañas presidenciales de 2022 entró en su etapa final. En este auto se dio traslado a los sujetos procesales para que presenten sus alegatos de conclusión dentro de un plazo de 15 días hábiles.
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Sin embargo, la investigación del CNE ya había sido suspendida de manera provisional. La medida, adoptada en el Auto 554 de 2025 con ponencia del magistrado Vladimir Fernández Andrade, fue el resultado de una tutela interpuesta por el jefe de Estado, quien argumentó que está siendo investigado por una autoridad incompetente.
El alto tribunal tomó la decisión con una votación estrecha de 5 a 4, aclarando que la suspensión solo aplica “en lo referente al Presidente de la República, Gustavo Francisco Petro Urrego”, mientras se resuelve la tutela. Esta resolución modifica parcialmente lo definido por el Consejo de Estado en agosto de 2024, que había establecido la competencia del CNE en este tipo de investigaciones.
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Los magistrados Juan Carlos Cortés, Cristina Pardo, Miguel Polo Rosero, Vladimir Fernández y Diana Fajardo votaron a favor de la suspensión, mientras que Natalia Ángel Cabo, Paola Andrea Meneses, Jorge Enrique Ibáñez y José Fernando Reyes expresaron su desacuerdo mediante salvamentos de voto.
Con la reciente denuncia a los congresistas de la Comisión de Investigación y Acusación; la Corte Suprema de Justicia, en su calidad de órgano competente para investigar a los congresistas, deberá evaluar si existen méritos suficientes para abrir una investigación formal. En caso afirmativo, podría marcarse un nuevo precedente sobre las responsabilidades de los integrantes de la Comisión de Acusaciones frente a casos de alta sensibilidad institucional.
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