Anularon la elección del diputado Alberto Mario Gutiérrez en el Magdalena por doble militancia política

El Tribunal Administrativo determinó que Gutiérrez apoyó a cuatro candidatos ajenos a la coalición que lo avaló para el periodo 2024-2027

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El Tribunal Administrativo del Magdalena declaró la nulidad de la elección de Alberto Mario Gutiérrez Uribe como diputado del departamento para el periodo 2024-2027, presuntamente por incurrir en doble militancia - crédito Tribunal Administrativo del Magdalena y Redes sociales
El Tribunal Administrativo del Magdalena declaró la nulidad de la elección de Alberto Mario Gutiérrez Uribe como diputado del departamento para el periodo 2024-2027, presuntamente por incurrir en doble militancia - crédito Tribunal Administrativo del Magdalena y Redes sociales

El Tribunal Administrativo del Magdalena anuló la elección de Alberto Mario Gutiérrez Uribe como diputado para el periodo 2024-2027 tras determinar que incurrió en doble militancia política.

Según el fallo, Gutiérrez Uribe, avalado por la coalición ‘Magdalena Grande’, apoyó las campañas de al menos cuatro candidatos que no pertenecían a esta alianza, conformada por el Partido Demócrata Colombiano, el Centro Democrático y Colombia Justa y Libre.

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De acuerdo con los documentos judiciales citados, la demanda fue presentada por José Jorge Polo Vásquez y Dávinson Pedrozo Guerra, quienes argumentaron que el diputado había violado el artículo 2 de la Ley 1475 de 2011, que regula los actos de doble militancia.

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El Tribunal registró que el diputado Alberto Mario Gutiérrez Uribe, por medio de su abogado, se opuso a las pretensiones de la demanda, argumentando que estas no cuentan con respaldo legal ni probatorio y que las certificaciones presentadas desvirtúan la información aportada por los demandantes - crédito Tribunal Administrativo del Magdalena
El Tribunal registró que el diputado Alberto Mario Gutiérrez Uribe, por medio de su abogado, se opuso a las pretensiones de la demanda, argumentando que estas no cuentan con respaldo legal ni probatorio y que las certificaciones presentadas desvirtúan la información aportada por los demandantes - crédito Tribunal Administrativo del Magdalena

Para sustentar la demanda, los denunciantes aportaron pruebas como testimonios, fotografías y videos en los que se evidenciaba la supuesta participación de Gutiérrez Uribe en eventos de apoyo a candidatos ajenos a su coalición, entre ellos, Luz Helena Andrade, Héctor Fabio Zuleta Rovira, Carlos Pinedo Cuello y Luis Arturo de la Ossa Angulo.

En su defensa, Gutiérrez Uribe, a través de su apoderado judicial, negó todas las acusaciones y cuestionó la validez de las pruebas presentadas.

Alegó que “las certificaciones aportadas en la contestación evidencian que la información anexada por los demandantes carece de veracidad”, e indicó que varios de los videos proporcionados fueron eliminados, afectando la cadena de custodia de las evidencias.

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Además, calificó las pruebas como incompletas y afirmó que no existían fundamentos concluyentes para demostrar las acusaciones de doble militancia.

La acción fue presentada por José Jorge Polo Vásquez y Dávinson Pedrozo Guerra, quienes argumentaron que existió doble militancia por apoyo, según lo establecido en el artículo 2 de la Ley 1475 de 2011 - crédito Redes sociales
La acción fue presentada por José Jorge Polo Vásquez y Dávinson Pedrozo Guerra, quienes argumentaron que existió doble militancia por apoyo, según lo establecido en el artículo 2 de la Ley 1475 de 2011 - crédito Redes sociales

Pese a estos argumentos, el análisis llevado a cabo por la Sala del Tribunal determinó que los testimonios presentados eran suficientes para acreditar la participación activa de Gutiérrez Uribe en actos de apoyo político a candidatos rivales.

Según el fallo, “los actos aquí reseñados no pueden interpretarse como gestos protocolarios o de cortesía política, sino que representan apoyos concretos y efectivos, con potencial persuasivo sobre el electorado”. La Sala destacó que las declaraciones contenían detalles precisos sobre tiempo, modo y lugar, lo que elevaba su grado de credibilidad.

El Tribunal también consideró que, aunque las piezas audiovisuales habían sido eliminadas posteriormente, el conjunto de testimonios y otras evidencias reforzaba las acusaciones.

Un perito encargado del caso identificó eventos donde Gutiérrez Uribe aparecía junto a candidatos de otras agrupaciones políticas, lo que fue considerado como una señal clara de respaldo político.

Las conclusiones del Tribunal sostuvieron que “la conducta atribuida a Gutiérrez Uribe excede el marco de la tolerancia política al representar un respaldo efectivo, público y reiterado a campañas rivales”.

Con base en estas consideraciones, el Tribunal falló a favor de anular la elección de Alberto Mario Gutiérrez Uribe. En ese sentido, se ordenó que su credencial como diputado del Magdalena sea revocada y que la curul vacante sea asignada a la persona que legalmente corresponda.

Según el fallo, “Declárese la nulidad de la elección del señor Alberto Mario Gutiérrez Uribe como diputado del departamento del Magdalena, para el periodo 2024-2027, contenida en el formulario E-26 ASA del 26 de noviembre de 2023”.

El Tribunal registró que el diputado Alberto Mario Gutiérrez Uribe, por medio de su abogado, se opuso a las pretensiones de la demanda, argumentando que estas no cuentan con respaldo legal ni probatorio y que las certificaciones presentadas desvirtúan la información aportada por los demandantes - crédito Tribunal Administrativo del Magdalena
El Tribunal Administrativo del Magdalena ubicado en la ciudad de Santa Marta - crédito Tribunal Administrativo del Magdalena

Este caso pone de relieve el marco legal colombiano en relación con la lealtad partidista y la doble militancia, un tema que ha generado múltiples controversias en el ámbito electoral del país.

Según lo establecido en la Ley 1475 de 2011, los candidatos respaldados por una coalición deben mantener fidelidad a los lineamientos de su agrupación política. Cualquier acto que implique apoyo a campañas externas puede interpretarse como una violación de esta normativa, tal como concluyó el Tribunal en este proceso.

La decisión del Tribunal representa un precedente para futuros casos, reforzando las limitaciones legales respecto a la vinculación política de los candidatos una vez inscritos bajo una coalición. Mientras tanto, el futuro político de Alberto Mario Gutiérrez Uribe permanece incierto tras la decisión judicial que anula su más reciente elección.

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