
El presidente de la República, Gustavo Petro Urrego, firmó un decreto que delega funciones presidenciales al ministro del Interior, Armando Benedetti, entre el 10 y el 17 de mayo de 2025, por su viaje oficial a China.
Allí asistió a la Reunión Ministerial del Foro Celac y cumplirá con otras actividades diplomáticas. Sin embargo, luego de hacerse pública esta información, el propio mandatario la desmintió.
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El documento oficial, no obstante, quedó registrado como sustento de la decisión.
Como consecuencia, se interpuso una denuncia penal contra Angie Rodríguez, directora del Departamento Administrativo de la Presidencia (Dapre), por presuntos delitos de falsedad ideológica, material en documento público y fraude procesal.
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La denunciante, Estefanía Orozco Torres, argumenta que Rodríguez omitió verificar la legalidad del procedimiento y facilitó la expedición del decreto.
La periodista Darcy Quinn, de la emisora La FM, informó sobre el caso y compartió el documento.
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“Denuncia penal contra Angie Rodríguez, directora del Departamento Administrativo de la Presidencia (Dapre) y demás personas que resulten involucradas, por presunta comisión de los delitos de fraude procesal, falsedad ideológica y/o material en documento público, entre otros”, se lee en el documento compartido por la periodista.
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Según el documento de la denuncia penal, diversas fuentes periodísticas, tanto nacionales como internacionales, han documentado que el presidente Gustavo Petro fue “engañado” al momento de firmar el Decreto 0499, ya que creyó que se trataba de una designación habitual. Esta afirmación forma parte de los hechos que sustentan la acusación contra la directora del Dapre, Angie Rodríguez.
Y es que, el presidente Petro desmintió que Benedetti fuera su designado y se expidió el Decreto 0506 de 2025, corrigiendo la designación y nombrando en su lugar a Guillermo Alfonso Jaramillo.
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En el texto también explicaron que “para legitimar la designación de Benedetti, se habría incluido una certificación ideológicamente falsa que lo acreditaba como miembro del movimiento político del presidente, requisito esencial conforme a normas internas y jurisprudencia constitucional. El Sr. Benedetti indica que él considera que hace parte del partido Colombia Humana desde el primer momento, pero que ignora si existe registro de lo anterior”.
En el documento también se afirma que Angie Rodríguez, en su calidad de directora del Dapre, tenía la obligación legal de verificar la autenticidad de los documentos, la voluntad presidencial y la legalidad del procedimiento. Sin embargo, según la denuncia, habría permitido o facilitado la expedición de un decreto basado en información falsa o inducida en error.
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El apartado de Hechos de la denuncia concluye diciendo: “La gravedad institucional de lo sucedido fue reconocida por varios medios de comunicación y expertos en derecho constitucional, quienes han advertido posibles responsabilidades penales por falsedad en documento público, abuso de función pública o fraude”.
La denuncia recuerda que el delito de falsedad ideológica en documento público, contemplado en el artículo 286 del Código Penal Colombiano, se configura cuando un servidor público “extiende un documento público que pueda servir de prueba, consignando una falsedad o callando total o parcialmente la verdad”. Este comportamiento, precisa el texto, debe ser doloso, es decir, cometido con “conocimiento y voluntad de infringir la norma penal”.
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El documente advierte sobre el impacto institucional del episodio y se plantea que “la solicitud se fundamenta en la necesidad de proteger la transparencia y la legitimidad de los actos presidenciales”, ante hechos que “involucran la posible falsificación ideológica de un documento público y el compromiso de la voluntad del Presidente”. Según el documento, esta situación “afecta directamente la confianza en las instituciones del Estado y la fe pública”.
La denunciante concluyó su escrito solicitando que “se adelante la investigación penal correspondiente y se tomen las medidas necesarias para esclarecer los hechos, proteger la legalidad de los actos administrativos presidenciales y determinar si hubo dolo por parte de la funcionaria denunciada”. Esta petición busca establecer eventuales responsabilidades penales en torno a la expedición del Decreto 0499 de 2025.
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