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Corte Suprema puso fin al debate sobre el posible traslado de Salvatore Mancuso: determinó de quién es la competencia

La Sala Penal del alto tribunal resolvió el conflicto que surgió entre los tribunales de Bogotá y Barranquilla para decidir la solicitud de traslado a Montería presentada por el ex jefe paramilitar

Mancuso subrayó la importancia de involucrar a figuras políticas como Uribe en el proceso de paz en Colombia - crédito Colprensa
Salvatore Mancuso pidió trasladarse de Bogotá a Montería por razones de salud - crédito Colprensa
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Después de más de un mes de debate judicial, la Corte Suprema de Justicia puso fin a la controversia sobre quién tiene la competencia para resolver el recurso de apelación presentado por la defensa de Salvatore Mancuso, que solicitó su traslado de Bogotá a Montería, Córdoba, por motivos de salud.

Desde su regreso a Colombia el 27 de febrero de 2023, luego de cumplir una condena de 17 años en Estados Unidos por crímenes cometidos al frente de las Autodefensas Unidas de Colombia (AUC), Mancuso ha permanecido en la capital del país. No obstante, recientemente expresó su intención de mudarse a Montería, donde, según su defensa, podría recibir atención médica más adecuada y estar más cerca de su núcleo familiar.

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Esta solicitud generó un choque de competencias entre distintas instancias judiciales, especialmente entre las Salas de Justicia y Paz de Bogotá y el Tribunal Superior de Barranquilla, pues ambas han emitido fallos dentro del proceso transicional en contra del exparamilitar.

El debate judicial por la competencia

El pedido de cambio de domicilio fue inicialmente negado por la jueza Luz Marina Zamora, encargada del seguimiento a las penas impuestas en el marco de la Ley de Justicia y Paz, mediante una decisión tomada el 27 de enero. La togada justificó su negativa en la necesidad de proteger los derechos de las víctimas, recordando que ya existía una orden previa que le impedía a Mancuso regresar a las regiones donde operaron los bloques paramilitares que comandó.

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Paramilitares de las AUC, con quienes habría cooperado el general (r) Correa Zambrano - crédico Consejo Regional de Indígenas del Cauca
La solicitud buscaba que el alto tribunal autorizara a Mancuso mudarse a una región en donde las AUC cometieron graves delitos en medio del conflicto armado - crédico Consejo Regional de Indígenas del Cauca

Sin embargo, la defensa del ex jefe paramilitar interpuso un recurso de apelación, insistiendo en que el Tribunal de Barranquilla debía encargarse del trámite. Según argumentaron, “allí se han proferido las dos últimas sentencias contra su cliente” y los magistrados de esa sala tienen un conocimiento más profundo del caso.

En el documento presentado ante la Corte se lee: “La solicitud del cambio de domicilio se encontraba justificada y fundamentada, en el conocimiento con el que en este momento cuenta la Sala de Justicia y Paz del Tribunal Superior de Barranquilla, en tanto adelanta juicios contra su representado con ocasión a los crímenes que cometió con la estructura paramilitar que comandó en la costa del país”.

El caso fue llevado entonces a la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, que debía definir qué sala tenía la competencia para resolver el recurso de apelación: Bogotá o Barranquilla.

La decisión de la Corte Suprema

La jueza Polanía fue absuelta por buscar claridad cronológica en un caso que involucró derechos fundamentales - crédito Colprensa
El debate se centró en cuál tribunal debía decidir: la Sala de Justicia y Paz de Bogotá o la del Tribunal Superior de Barranquilla - crédito Colprensa

El alto tribunal resolvió finalmente el conflicto de competencias en un fallo de 11 páginas que tuvo como ponente al magistrado Hugo Quintero. En este, la Corte Suprema señaló que, aunque el Juzgado Penal de Ejecución de Sentencias para las Salas de Justicia y Paz tiene competencia nacional, está adscrito al Tribunal Superior de Bogotá, lo que implica que su superior funcional es la Sala de Justicia y Paz de la capital.

“La autoridad a la que corresponde desatar el recurso de apelación que el extremo defensivo interpuso contra el auto del 27 de enero hogaño es la Sala de Justicia y Paz del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, pues, al ser este el superior funcional del a quo, le compete ejercer como juez de segunda instancia y resolver las impugnaciones que en contra de sus providencias se interpongan”, subrayó el fallo de la Corte.

Además, recordó que aunque tanto en Bogotá como en Barranquilla se han dictado sentencias contra Mancuso, la primera fue emitida en la capital del país el 31 de octubre de 2014. Por lo tanto, según los principios que rigen el sistema judicial, corresponde a la Sala de Bogotá asumir competencia, al haber sido la primera en el tiempo en emitir un fallo en el marco de la Ley de Justicia y Paz.

La Corte Suprema resolvió que la competencia corresponde a la Sala de Justicia y Paz del Tribunal de Bogotá - crédito Corte Suprema de Justicia
La Corte Suprema resolvió que la competencia corresponde a la Sala de Justicia y Paz del Tribunal de Bogotá - crédito Corte Suprema de Justicia

¿Podrá Mancuso regresar al Caribe?

Con este fallo, la Corte Suprema le devuelve el caso a la Sala de Justicia y Paz de Bogotá, la cual deberá pronunciarse nuevamente y a fondo sobre la viabilidad del traslado de Mancuso a Montería. Por ahora, sigue vigente la orden que le impide regresar a zonas en las que ejerció control paramilitar, como medida para garantizar los derechos y la seguridad de las víctimas.

Mancuso acumula cuatro sentencias dentro del sistema de Justicia y Paz: dos emitidas en 2014, una en 2022 y otra más reciente, del 7 de octubre de 2024. Aunque su defensa insiste en que su presencia en Montería no pone en riesgo el proceso ni los derechos de las víctimas, será ahora el Tribunal de Bogotá el que tenga la última palabra.

Mientras tanto, el ex comandante paramilitar continúa en Bogotá, a la espera de una decisión definitiva sobre su solicitud de cambio de domicilio.

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