
Omar Ricardo Díazgranados Velázquez, exgobernador del departamento de Magdalena, fue hallado culpable por el delito de contrato sin cumplimiento de requisitos legales y peculado por apropiación agravado.
De acuerdo con la Sala Especial de Primera Instancia de la Corte Suprema de Justicia, el exfuncionario fue responsable en la celebración de contratos irregulares para servicios en los colegios del departamento, durante el periodo comprendido entre agosto de 2009 y abril de 2010.
PUBLICIDAD
Ahora puede seguirnos en nuestro WhatsApp Channel y en Facebook.
En consecuencia, Díazgranados Velázquez recibió una condena de 10 años y siete meses de prisión por los delitos de concierto para delinquir, agravado y lavado de activos. Cabe recordar que, durante su estancia en la gobernación del departamento del Magdalena, estableció acuerdos con el lider de la controvertida captadora DMG, David Murcia Guzmán, para adjudicar contratos públicos a empresas vinculadas con este grupo económico.
PUBLICIDAD
Asimismo, recibió millonarias cantidades de dinero para mover sus influencias y otorgar beneficios a los empresarios vinculados a los contratos de servicios de administración y limpieza en instituciones educativas.
Según el ente investigador, la licitación estaba llena de controversias debido a múltiples irregularidades e inconsistencias identificadas, que incluyen una planeación deficiente y presupuestos asignados sin justificación.
PUBLICIDAD
Entre las anomalías registradas figura el establecimiento no fundamentado de un plazo de seis meses para ejecutar las actividades y la contratación de 872 trabajadores en jornadas de 12 horas diarias, excediendo el máximo de 10 horas estipulado por la normativa de aquel entonces. Además, se destacan falencias en la estimación de riesgos y en las limitaciones puestas a la participación de candidatos con experiencia en el sector privado.

La revisión de los procedimientos reveló que los estudios preliminares presentaron incongruencias, tales como la omisión del mantenimiento de colegios y la redacción de un pliego de condiciones confuso que restringió la competencia en la licitación.
PUBLICIDAD
Aún cuando la empresa ganadora del contrato no fue adecuadamente evaluada y algunos requisitos del pliego se omitieron, la adjudicación se realizó. Esta serie de acciones se extendió a una modificación contractual posterior que incrementó tanto el periodo de ejecución en dos meses y veinte días como el presupuesto de $6.980 millones a $10.328 millones, sin la debida justificación.
Con esas pruebas, el alto tribunal, además de sancionar la condena que podrá cumplir desde su domicilio, impuso una multa de 12.931 salarios mínimos legales mensuales vigentes. Igualmente, lo inhabilitó para aspirar y ejercer cargos públicos por la próxima década.
PUBLICIDAD
En la sentencia, la Corte Suprema estableció la gravedad del uso de su posición de poder para favorecer operaciones de la captadora al mando de David Murcia Guzmán, en específico, el lavado de activos por medio de la red multinacional destinada a ocultar y redistribuir utilidades provenientes de actividades ilícitas.
Consejo de Estado desestimó una demanda de las víctimas de DMG

Sumado a la condena de Diázgranados se reveló que el Consejo de Estado rechazó una demanda presentada por inversores de DMG Grupo Holding. En la querella, los demandantes aspiraban a una compensación de la Nación por las pérdidas económicas que sufrieron debido a la captadora ilegal de dinero.
PUBLICIDAD
La denuncia se sustenta en el incumplimiento de las autoridades en sus deberes de inspección y vigilancia. A su juicio, esta presunta negligencia consolidó una confianza legítima en la supuesta legalidad de las operaciones de DMG para captar fondos del público.
“Esa falta de gestión oportuna por parte del Estado condujo a la concreción de una confianza legítima alrededor de la autorización legal que tenía DMG para captar dineros del público”.
PUBLICIDAD

Sin embargo, los argumentos de la demanda fueron desestimados por el Consejo de Estado, señalando que no eran atribuibles las responsabilidades ni a la Nación - Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, ni a la Nación - Fiscalía General de la Nación, dado que estas entidades no tienen competencias específicas en la inspección y vigilancia del sistema financiero.
PUBLICIDAD
PUBLICIDAD
Más Noticias
Abelardo de la Espriella sigue recibiendo felicitaciones del exterior tras preconteo electoral: primera ministra de Italia y El Salvador enviaron sus mensajes
El candidato de Defensores de la Patria obtuvo 12.959.542 votos, según el preconteo electoral de la Registraduría, y superó a Iván Cepeda, quien alcanzó 12.708.712 sufragios

Segunda vuelta presidencial 2026: video captó grupo de personas frente a la casa de Gustavo Petro en Chía tras la victoria de Abelardo de la Espriella
La congestión se presentó en ambos sentidos, a la altura del sector Tres Esquinas, por una concentración en el Conjunto Residencial Santa Ana Chía II, donde el jefe de Estado tiene su vivienda

Jorge Cárdenas desató diversas reacciones con una teoría sobre las mesas de votación y una posible maniobra irregular en la segunda vuelta electoral
En su publicación, el intérprete expuso una hipótesis aritmética sobre el alcance de anular 33.000 puestos de votación y cómo eso podría cambiar la diferencia lograda por Abelardo de la Espriella



