Si no tiene Soat al día no podrá realizar la revisión técnico mecánica: esta es la nueva normativa del Ministerio de Transporte

La circular del Ministerio de Transporte obliga a los Centros de Diagnóstico Automotor (CDA) a verificar que los vehículos cumplan con este seguro obligatorio antes de ser evaluados

Según cifras del Registro Único Nacional de Tránsito (RUNT), el 57% de los vehículos en Colombia no cumplieron con la revisión técnico-mecánica en 2024 - crédito CDA
Centros de Diagnóstico Automotor verificarán el SOAT en línea antes de realizar la revisión - crédito CDA
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Una reciente circular emitida por la Dirección de Tránsito y Transporte establece que los Centros de Diagnóstico Automotor (CDA) en el país deberán verificar que los vehículos cuenten con el Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (Soat), vigente antes de realizar la revisión técnico mecánica.

Esta medida busca combatir la evasión de este seguro obligatorio, que de acuerdo con cifras del Registro Único Nacional de Tránsito (Runt) alcanzó un preocupante 48% en septiembre de 2024.

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La normativa, oficializada mediante una circular externa del 24 de diciembre de 2024, establece que los CDA no solo deben exigir el Soat como requisito indispensable, sino también reportar a las autoridades de tránsito cualquier caso en el que un vehículo no cuente con este seguro al día. Esto permitirá que se impongan las sanciones correspondientes, que incluyen multas económicas significativas.

De acuerdo con la circular, los Centros de Diagnóstico tienen la obligación de verificar en línea la vigencia del Soat de cada vehículo que se presenta para la revisión tecnomecánica.

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En caso de que el seguro no esté vigente, el centro deberá notificar de inmediato al organismo de tránsito correspondiente, ya sea el que figura en el Runt o el de la jurisdicción del CDA. Esto permitirá que se emita una orden de comparación contra el propietario del vehículo.

Los CDA están sujetos a constantes revisiones por parte de las autoridades - crédito @Supertransporte / X
Nueva normativa busca reducir la evasión del SOAT, que alcanzó el 48 % según el Runt - crédito @Supertransporte/X

“En caso de que el vehículo no cuente con el Soat vigente y correctamente expedido, deberá reportarse inmediatamente al organismo de tránsito respectivo para que proceda a la imposición de la respectiva orden del comparendo”, dice el documento firmado por el director de Tránsito y Transporte, Luis Alejandro Zambrano Ruiz.

La sanción para quienes no cuenten con el Soat vigente asciende a 30 salarios mínimos diarios legales vigentes (Smdv). Además, si el vehículo tampoco tiene la revisión tecnomecánica al día, el conductor deberá asumir una multa adicional de 15 Smdv. Estos buscan fortalecer la seguridad vial y garantizar que los vehículos en circulación cumplan con los requisitos legales.

La implementación de esta normativa generó controversia. La seccional de Fenalco Bogotá Cundinamarca expresó su inconformidad, argumentando que la medida representa una sobrecarga de responsabilidades para los CDA.

Juan Esteban Orrego, director del gremio, señaló que esta exigencia convierte a los centros en una especie de autoridad policial, cuando su función principal debería limitarse a evaluar las condiciones técnicas, mecánicas y de emisiones contaminantes de los vehículos.

Orrego también advirtió que esta normativa podría tener un efecto contraproducente, ya que algunos propietarios de vehículos podrían optar por evadir la revisión tecnomecánica para evitar ser sancionados por no contar con el Soat. Esto, según el director, podría agravar los problemas de seguridad vial y ambiental, dado que la evasión de la revisión tecnomecánica ya supera el 50 %, según cifras del Runt.

Multas de Tránsito Bogotá-Colombia
Se programarán campañas pedagógicas para sensibilizar sobre la importancia de cumplir con los reglamentos - crédito Colprensa

“La exigencia también podría incrementar la evasión de la revisión técnico mecánica y de emisiones contaminantes, la cual alcanza niveles alarmantes, superiores al 50 por ciento según cifras del Runt”, dijo Juan Esteban Orrego.

La circular también establece que la Agencia Nacional de Seguridad Vial (Ansv) y la Concesión Runt 2.0 deberán realizar ajustes en sus sistemas de información en un plazo de tres meses. Estos cambios permitirán que los CDA consulten en tiempo real la vigencia del Soat y reporten de manera automatizada las órdenes de comparar. Este proceso busca agilizar la implementación de la normativa y garantizar su cumplimiento.

Esta situación subraya la importancia de que los conductores planifiquen con anticipación la renovación de sus documentos y el mantenimiento de sus vehículos para evitar sanciones.

La nueva normativa representa un esfuerzo significativo por parte del Ministerio de Transporte y las autoridades de tránsito para mejorar la seguridad vial en Colombia. Sin embargo, también plantea desafíos tanto para los conductores como para los CDA, quienes deberán adaptarse a estas nuevas exigencias.

Con una tasa de evasión del Soat cercana al 50%, según el Runt, y una alta proporción de vehículos que no cumplen con la revisión tecnomecánica, estas buscan garantizar que los vehículos en circulación cumplan con los estándares mínimos de seguridad y protección. Sin embargo, su éxito dependerá en gran medida de la capacidad de las autoridades y los centros de diagnóstico para implementar y hacer cumplir estas regulaciones de manera efectiva.

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