
El lunes 20 de enero de 2025, el presidente Gustavo Petro declaró el estado de conmoción interior en Colombia, con el propósito de afrontar la crisis de orden público que vive el Catatumbo, en Norte de Santander, derivado de los enfrentamientos entre el Ejército de Liberación Nacional (ELN) y el Estado Mayor Central (EMC) de las disidencias de las Farc.
“Habla de los otros pero se refiere a sí mismo. Han perdido la inteligencia. La revolución solo se puede hacer con el pueblo y sin violencia. Es la paz la bandera revolucionaria porque es la bandera de la vida. Se declara el estado de conmoción interior y el estado se emergencia económica. Espero del poder judicial su apoyo. El copamiento militar siempre se desarrollará con la transformación económica de las regiones bajo violencia”, indicó el jefe de Estado a través de su cuenta de X.
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Por estos hechos, el presidente Gustavo Petro citó a su equipo para un consejo de ministros en la Casa de Nariño, que se llevará a cabo este martes 21 de enero de 2025.
De acuerdo con El Colombiano, en este consejo de ministros, el presidente Gustavo Petro firmaría los primeros decretos para solucionar la situación de violencia que afronta el Catatumbo, que ha dejado más de cien muertos y miles de familias desplazadas, de acuerdo con versiones extraoficiales.
El mandatario acogió esta medida contemplada en el artículo 213 de la Constitución Política de 1991, que consiste en una medida excepcional diseñada para estabilizar la seguridad del Estado en momentos de grave perturbación del orden público, así como facultades para expedir decretos con fuerza de ley y suspender las leyes que, a juicio del Gobierno, sean incompatibles para el país.
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“En caso de grave perturbación del orden público que atente de manera inminente contra la estabilidad institucional, la seguridad del Estado, o la convivencia ciudadana, y que no pueda ser conjurada mediante el uso de las atribuciones ordinarias de las autoridades de Policía”, se lee en la Constitución.

No obstante, el Gobierno nacional tendrá que presentar un informe ante el Congreso de la República para avalar la decisión. Así las cosas, el legislativo deben reunirse en tres días, tiempo establecido por la ley, para estudiar la conmoción interior.
El tiempo máximo para esta declaración esté vigente es de 90 días; no obstante, el primer mandatario puede prorrogarla dos veces más por períodos iguales, siempre que la segunda extensión sea aprobada por el legislativo. De hecho, el Congreso de la República se podrá reunir “por derecho propio”, para recibir un informe con las razones que motivaron a esta decisión.
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El artículo 39 de la ley 137 de 1994 de la Constitución detalla que “si dentro de los tres días siguientes a la declaratoria del Estado de Conmoción Interior, el Congreso no se halla reunido, lo hará por derecho propio y el Gobierno le rendirá inmediatamente un informe sobre las razones que determinaron la declaración”.
En entrevista con La FM de RCN Radio, Diego González, secretario general del Senado de la República, detalló que la reunión de tres días es para conocer a mayor detalle las razones que motivaron al Gobierno a declarar la conomición interior en el Catatumbo.
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“Lo ideal es que el Congreso se reúna dentro de los tres días siguientes, porque el objetivo de esa reunión es que el Gobierno Nacional explique claramente cuáles fueron las razones que fundamentaron la decisión de decretar esa conmoción interior. Y eso pues lo que hace es que de manera oportuna pueda el Congreso y así el país conocer las razones específicas”, indicó González.
José Ignacio López, presidente del centro de estudios económicos Anif, explicó a El Colombiano que la decisión del presidente Gustavo Petro añade incertidumbre a la economía en Colombia.
“El Gobierno colombiano cuenta con las herramientas para enfrentar la preocupante crisis de seguridad del país y debe navegar el contexto de volatilidad externa”, manifestó López.
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