
En diciembre de 2024, el excomandante de las extintas Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (Farc-EP) Rodrigo Londoño Echeverri cuestionó a la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) por el cumplimiento de los acuerdos pactados en 2016 con el Estado colombiano, de cara a la situación penal de los exguerrilleros. De acuerdo con el presidente del Partido Comunes, una de sus quejas recae en la falta de otorgamiento de amnistías.
De 5.065 amnistías solicitadas por los excombatientes comparecientes que se acogieron al Acuerdo Final de Paz, solo 827 habían sido avaladas por la JEP para entonces. Además, todavía no se había emitido ninguna sentencia ni ninguna renuncia a la persecución penal en contra de los exguerrilleros.
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En medio de las críticas a la JEP por la aparente falta de avance en los procesos judiciales y de investigación, la Sala de Amnistía o Indulto (SAI) el tribunal de paz informó sobre nuevas decisiones que tomó sobre los casos específicos de cuatro comparecientes. Por medio de un comunicado emitido el 16 de enero de 2025, reveló que concedió la amnistía de iure a excombatientes que estuvieron involucrados en acciones delictivas que tuvieron lugar en el Paro Nacional Agrario de 2013.
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Los delitos que cometieron fueron de carácter político o conexos, pero, anteriormente, habían sido condenados por el delito de fabricación, tráfico y porte de armas, municiones de uso privativo de las fuerzas armadas o explosivos.

De acuerdo con el tribunal de paz, el 22 de agosto de 2013, los cuatro comparecientes fueron detenidos por agentes de la Policía Nacional cuando se dirigían hacia Campoalegre (Huila) para participar en el Paro Nacional Agrario. En sus maletas encontraron sustancias de aluminio, azufre y clorato de potasio. Asimismo, hallaron pancartas alusivas al paro y al movimiento campesino.
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La justicia ordinaria los condenó por el porte de estos elementos, ya que existía la potencialidad de que fueran explosivos al momento de combinarse.
“La decisión tomada por la SAI resaltó que el conflicto armado interno pudo ser una causa directa o indirecta de excesos cometidos durante la protesta social de 2013 o de hechos que derivaron en disturbios públicos. Además, la decisión señaló como un factor asociado el interés de la extinta guerrilla por tener presencia en las movilizaciones sociales”, precisó la JEP en el comunicado.
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¿Qué implica la amnistía y cómo se mantiene?
Así las cosas, a los cuatro exguerrilleros quedaron libres de toda responsabilidad por los delitos políticos cometidos. Este beneficio, otorgado en procesos de paz, tiene un régimen de condicionalidad, por lo que los comparecientes deben contribuir a la verdad de los hechos de violencia, a la reparación de las víctimas del conflicto y garantizar la no repetición.
Solo cumpliendo con dichos requerimientos, el beneficio de amnistía se mantendrá. Asimismo, deberán acatar otras instrucciones:
- Informar sobre su cambio de residencia, si así lo hicieren
- No salir del país sin autorización
- No volver a las armas y no reincidir en delitos dolosos
- Participar en programas de reparación a víctimas
- Comparecer ante la JEP o la Búsqueda de las Personas dadas por Desaparecida (Ubpd) cuando sea requerido.
- Comparecer ante la JEP para adelantar procesos judiciales.

Es importante anotar que la amnistía en cuestión no aplica para casos en los que hayan incurrido en crímenes de guerra o de lesa humanidad.
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Según el tribunal de paz, en efecto, hasta el momento han sido concedidas 827 amnistías por delitos políticos y, además, se han comunicado decretos de amnistía a más de 9.600 comparecientes. Esto, al determinar que los firmantes de paz cumplieron con los requisitos para acceder al beneficio.
“La JEP está comprometida con brindar seguridad jurídica a todos los comparecientes bajo su jurisdicción, entre ellos quienes permanecen comprometidos con el Acuerdo Final de Paz”, añadió.
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