
El subintendente Efraín Casallas y el patrullero Adolfo Frías fueron condenados a un año de prisión por permitir el ingreso irregular de mujeres a un centro de detención en Girardot, en el departamento de Cundinamarca, según informó la Justicia Penal Militar. Los hechos ocurrieron el 27 de marzo, cuando los policías, encargados de la custodia de 51 reclusos de alta peligrosidad, permitieron el acceso de varias mujeres fuera del horario de visitas.
La Fiscalía Policial y Militar detalló que, a las 11:05 p. m., las luces del Centro de Traslado por Protección (CTP) se apagaron, momento en el que el patrullero Frías ingresó con una mujer, quien fue escoltada hasta una celda por el patrullero Sabogal. Una hora después, la mujer salió del recinto, nuevamente escoltada por Frías. Este patrón se repitió el 2 de abril, cuando los mismos policías permitieron el ingreso de otra mujer a las instalaciones, mientras custodiaban a 57 reclusos.
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“A las 23:05 apagan la luz del CTP, Centro de Traslado por Protección municipal, usted patrullero Frías sale por la puerta principal e ingresa al CTP con una mujer a las 23:06, pasa por la guardia donde se encontraba usted subintendente Casallas prestando su servicio de comandante de guardia, usted patrullero Sabogal quien se encontraba en la celda de abajo abre la reja y permite el ingreso de la femenina que estaba siendo escoltada por el patrullero Frías, usted patrullero Sabogal deja la reja abierta. Pasada una hora aproximada siendo las 00:19 usted patrullero Frías baja a la celda a escoltar la salida de la femenina, cuando esta mujer estaba pasando por la guardia apagan las luces y esta femenina sale de las instalaciones del CTP a las 00:19:23 del 28 de marzo del 2024″, relató el ente acusador.
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La Fiscalía Policial y Militar agregó que: “Así mismo, el día 2 de abril estando ustedes tres prestando servicio de cuarto primer turno en el CTP en las facciones anteriormente referidas custodiando esta vez a 57 PPL (privado de la libertad) de alta peligrosidad, usted subintendente Casallas como comandante de guardia, usted patrullero Frías como responsable de la celda de arriba y usted Patrullero Sabogal como responsable de la celda de abajo”.
La autoridad judicial se dirigió a los señalados diciendo: “Ustedes tres eran garantes de la seguridad, vigilancia y protección de las instalaciones del CPT. Debían cumplir las órdenes impartidas por sus superiores para cumplir un servicio adecuado a las políticas y lineamientos institucionales. Al incumplir lo ordenado crearon un riesgo jurídicamente relevante para el bien jurídicamente tutelado de la disciplina y a su vez el cumplimiento de la misión constitucional de la Policía Nacional”.
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El ente acusador subrayó que los policías tenían la responsabilidad de garantizar la seguridad y vigilancia del CTP, y al incumplir con sus deberes, crearon un riesgo significativo para la disciplina y la misión constitucional de la Policía Nacional. Las indagaciones llevadas a cabo por la Policía Judicial permitieron que la Fiscal 2419 Penal Militar y Policial solicitara la imputación de cargos y medidas privativas de libertad contra los implicados.

Por su parte, el juez 1702 de Control de Garantías acogió la solicitud de la Fiscalía, y posteriormente, se realizó un preacuerdo con los imputados. El juzgado 1306 de Conocimiento dictó la sentencia condenatoria de doce meses de prisión en el Establecimiento Penitenciario y Carcelario para miembros de la Policía Nacional de Facatativá, por el delito de desobediencia en concurso heterogéneo y sucesivo.
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Estos eventos resaltan la importancia de la disciplina y el cumplimiento de las órdenes dentro de las instituciones de seguridad, y las consecuencias legales que enfrentan quienes incumplen con sus deberes. La condena de los policías evidencia el compromiso de las autoridades judiciales de mantener la integridad y el orden en los centros de detención.
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