
La Agencia Nacional de Seguridad Vial de Colombia emitió una advertencia crucial a los organismos de tránsito locales sobre la necesidad de renovar los permisos de operación de las cámaras de fotodetección antes de que finalice el año. Según la Ansv, cerca de 150 de esas cámaras podrían quedar fuera de servicio si no se gestionan a tiempo las renovaciones necesarias.
Las cámaras, conocidas popularmente como fotomultas, son herramientas tecnológicas utilizadas para controlar infracciones como el exceso de velocidad, la revisión técnico-mecánica, y el cumplimiento del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (Soat), entre otras.
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Sin embargo, su implementación es objeto de debate en el país, ya que mientras algunos las consideran efectivas para reducir infracciones y accidentes, otros las ven como un negocio lucrativo para los organismos de tránsito.
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El decreto ley 2106 de 2019 estableció que las autorizaciones para la instalación de esos sistemas tienen una vigencia de cinco años. Las cámaras instaladas antes de este decreto no requieren renovación, pero las instaladas posteriormente sí deben cumplir con este plazo.
La Dirección de Infraestructura y Vehículos de la ANSV ha señalado que a partir de diciembre de 2024 comenzarán a vencer algunas autorizaciones, afectando a 146 sistemas de detección de infracciones.
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La circular emitida por la Ansv en agosto detalló que los organismos de tránsito deben presentar sus solicitudes de renovación entre el 18 de agosto de 2024 y el 5 de enero de 2025. Dicho plazo busca evitar un colapso en el sistema y asegurar que las cámaras continúen operando sin interrupciones.
Dónde se encuentran las 150 cámaras
Es importante señalar que, la mayoría de las cámaras que requieren renovación se encuentran en Bogotá, con 83 sistemas, seguidas por otras regiones como Santa Marta, Fundación, Aguachica, Montería, Palmira, Sabaneta y Bello.
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La Ansv enfatizó la importancia de adoptar medidas de contingencia para gestionar adecuadamente el vencimiento y posterior trámite de las autorizaciones, conforme a lo dispuesto en el decreto ley 2106 de 2019. La falta de renovación podría llevar a que las cámaras sean apagadas, lo que afectaría la capacidad de los organismos de tránsito para controlar las infracciones en las vías.
Igualmente, la Circular No. 040, emitida el 14 de agosto de 2024, estableció las regulaciones para la instalación y operación de sistemas tecnológicos destinados a la detección de infracciones de tránsito, en cumplimiento con la normativa vigente.
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Ese documento destaca la importancia de seguir un cronograma específico para la presentación de solicitudes de autorización o renovación de estos sistemas. Los organismos de tránsito deben cumplir con los plazos establecidos para evitar retrasos en el procesamiento de las solicitudes, lo que es crucial para mantener la eficiencia en la gestión de autorizaciones.
La entidad nacional tiene la responsabilidad de coordinar y ejecutar políticas de seguridad vial en el país. Dentro de sus funciones, la Dirección de Infraestructura y Vehículos evalúa las tecnologías para la detección de infracciones, asegurando su correcta implementación y uso.
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El documento también hace referencia a las bases legales que sustentan estas regulaciones, mencionando el artículo 2 de la Ley 1843 de 2017 y su modificación en 2019, que regulan la instalación y operación de los sistemas de detección de infracciones. Además, la Resolución 20203040011245 de 2020 establece los criterios técnicos y el marco para que la agencia emita las autorizaciones necesarias.
Las autorizaciones otorgadas inicialmente tienen una vigencia de cinco años y deben renovarse conforme a las disposiciones de las resoluciones mencionadas. La circular enfatiza la importancia de un proceso coordinado y planificado para manejar adecuadamente las renovaciones antes de su vencimiento en diciembre de 2024.
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