
En el país se vive un clima de tensión entre los conductores de plataformas de movilidad y las autoridades, debido a un comunicado reciente de la Superintendencia de Transporte, que ordenó a las autoridades locales implementar más medidas estrictas para regular el servicio de transporte por aplicaciones.
La entidad recordó que la Ley 336 de 1996 y la Ley 769 de 2002 establecen que solo las personas autorizadas pueden prestar servicios de transporte y que los vehículos involucrados en infracciones deben ser inmovilizados.
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Paralelamente, en Bogotá, la Comisión del Plan de Desarrollo del Concejo aprobó en primer debate el Proyecto de Acuerdo 607 de 2024 , presentado por el concejal y ex candidato presidencial Juan Daniel Oviedo.
Este proyecto busca promover buenas prácticas en la aplicación de comparendos por la infracción D12, que se impone por emplear un vehículo para un servicio distinto al que está autorizado, según el Código Nacional de Tránsito.
Para que esta normativa entre en vigor, solo falta un debate en la plenaria del Concejo. Según Conduapps_co , una organización que agrupa a más de cien mil conductores en todo el país, la aprobación del proyecto es esencial debido al incremento del 76,6 % en la imposición de comparandos por la infracción D12 entre 2020 y 2023.
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Así mismo, Conduapps_co acusó a la compensación D12 de ser utilizado de manera abusiva para perseguir injustificadamente la actividad de los conductores de aplicaciones de movilidad, afectando a las familias que dependen de estos ingresos.
“La aprobación de este Proyecto de Acuerdo es fundamental pues entre 2020 y 2023 la imposición de comparendos por la infracción D12 aumentó 76,6 %, lo que indica un uso abusivo del mecanismo para perseguir de manera injustificada esta forma de generar ingresos y afectar a todas las familias que dependen de ellos”, se indicó desde el gremio.
Así mismo, Samai Camacho, presidente de Conduapps_co, celebró la decisión del cabildo al aprobar en primer debate el proyecto de acuerdo con el que se busca regular las buenas prácticas en la imposición de comparendos por la infracción D12.
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En un comunicado emitido por Conduapps_co afirmaron que: “Esta decisión del Concejo de Bogotá representa un paso significativo para quienes hacemos parte de la economía popular en la era digital. La propuesta busca eliminar el abuso que ejerce el Estado contra nuestra actividad, vulnerando nuestros derechos y arrebatando a los ciudadanos la posibilidad de elegir libremente en qué movilizarse”.
Por su parte, el concejal Juan Daniel Oviedo declaró en su cuenta de X sobre la importancia de actualizar el marco legal del servicio público de transporte individual de pasajeros para incluir la nueva realidad tecnológica.

Sin embargo, en contraste con los esfuerzos por regular y proteger a los conductores de aplicaciones en Colombia, recientemente la Superintendencia de Transporte emitió una circular exhortando a las autoridades a perseguir con multas considerables a los conductores y, en algunos casos, la inmovilización de sus vehículos.
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Mientras tanto, en otros países de la región, los tribunales han tomado decisiones que marcan precedentes. Por ejemplo, la Corte Constitucional de Ecuador prohibió recientemente sanciones contra innovaciones tecnológicas no reguladas, exigiendo detener cualquier persecución o abuso contra quienes generan ingresos mediante plataformas.

Entre tanto, el senador David Luna también se pronunció a través de sus redes sociales sobre la importancia de que sea respetada la libre elección para movilizarse. “Señora Ministra de Transporte, los ciudadanos tenemos derecho a elegir en qué y cómo movilizarnos. El gobierno no puede dedicarse a coartar las libertades individuales. Pare la persecución en contra de los conductores que trabajan con tecnología y que llevan comida a sus hogares”, indicó el congresista de Cambio Radical.
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Este panorama evidencia que Colombia permanece rezagada en términos legales comparada con otros países de América Latina, lo que demuestra la incapacidad del Estado para garantizar la libertad de los usuarios y la libertad empresarial.
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