
Como una victoria para los colombianos calificó el Gobierno nacional el fallo que anuló, en primera instancia, la demanda interpuesta por la empresa Central Comercializadora de Internet SAS, por el registro del dominio de internet de Colombia (.co).
A través de un comunicado, el Gobierno celebró la decisión del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, que estudió la denuncia de la compañía multinacional, en la que sostuvieron que la Nación cometió errores en la aplicación de la metodología de evaluación de la oferta económica en el proceso de selección, lo que, para ellos, se les impidió la adjudicación de dicho contrato.
“El Tribunal Administrativo de Cundinamarca consideró que no se configuró ninguna causal de nulidad respecto del acto de adjudicación y que la evaluación de la oferta económica fue de conformidad con los pliegos de condiciones establecidos, por lo que negó la totalidad de las pretensiones de la demanda y condenó en costas a la sociedad demandante por $2.360.466.152”, señaló el Gobierno en un comunicado.
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La investigación del caso inició en octubre del 2020, cuando la empresa Central Comercializadora de Internet SAS demandó al Ministerio de las Tecnologías, Información y Comunicaciones (TIC), considerando que la licitación presentaba vicios como falsa motivación, infracción de las normas en que debería fundarse, expedición irregular, y/o violación al derecho de audiencia y defensa.
“Mintic vulneró el principio de selección objetiva, pues adjudicó el contrato a un proponente distinto de aquel que tenía mejor derecho, con omisión de los parámetros que establecen las normas citadas en las PRETENSIONES PRIMERA y SEGUNDA y en los pliegos de condiciones”, indicó la sociedad en la demanda.

Sin embargo, el Tribunal desestimó la demanda de dicha empresa, al mencionar que “el proceso de selección de licitación pública se ajustó a derecho toda vez que se realizó la evaluación de la oferta económica en audiencia de adjudicación, se otorgaron los puntajes conforme a lo previsto en el pliego de condiciones, por lo que los cargos de violación no se probaron”.
A su vez, la sentencia menciona que en 2001, el Consejo de Estado aclaró que el dominio .co “se le asignó al país, esto es, a la comunidad colombiana. Por tanto, los intereses individuales de quienes requieran o pretendan registrar un nombre de dominio en Colombia, solo podrán ser satisfechos si la sociedad o comunidad colombiana dispone, como país, de ese valioso recurso que es el dominio en Internet”.

Colombia con uno de los mejores dominios digitales del mundo
Por otra parte, el Ministerio de las TIC informó que desde octubre de 2020 a la fecha, el dominio .co generó ingresos por 507.000 millones de pesos al país, es el segundo dominio más importante de América Latina y el número 19 en todo el mundo.
“Que las empresas, los emprendedores y las personas confíen no solo en tener una página web, sino que esta sea un dominio .co, es muy importante para nosotros porque sigue posicionándonos en el mundo digital, además de generar ingresos que se ven representados en proyectos de conectividad y transformación digital para mejorar la vida de los colombianos”, expresó Mauricio Lizcano, ministro de las TIC en una rueda de prensa.
Así mismo, el jefe de la cartera de tecnología resaltó que el país aumentó un 17,5 por ciento con este modelo de operación, pasando de 2.661.204 en 2020 a 3.127.078 dominios registrados en la actualidad.

“Estas cifras posicionan al .co como el segundo dominio más importante de América Latina y el número 19 en todo el mundo (...) se ha convertido en una opción favorable en porque representa una opción corta y sonora que puede ser relacionada con palabras clave en la economía mundial como “corporation”, “commerce” o “company”, agregó el ministro.
Finalmente, el ministro Lizcano recordó que “el dominio .co es la extensión de dominio de nivel superior en Internet asignado a Colombia para la identificación de páginas web, y quienes quieran adquirirlo, se debe ingresar a la página web https://www.cointernet.com.co/registra y seguir los pasos correspondientes”.
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