
En la Comisión VII de la Cámara de Representantes, pasó en primer debate el proyecto de reforma laboral impulsado por el gobierno del presidente Gustavo Petro. Uno de los puntos más importantes del texto tiene que ver con cambios en los recargos nocturnos, dominicales, festivos y horas nocturnas en domingos y festivos. Los empleadores tendrían que pagar más por horas laborales en estos casos.
En el contexto legislativo, esta aprobación tiene una connotación especial, ya que el próximo 20 de julio concluye la actual Legislatura.
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La ministra Gloria Inés Ramírez, presente en el debate, se pronunció en el recinto parlamentario, donde hizo énfasis en los cambios buscados desde el Ejecutivo y su impacto en el mercado laboral colombiano.

“El Gobierno del Cambio, el presidente Gustavo Petro, sí tiene una gran estrategia para el empleo. Y esa estrategia está contenida en el Plan Nacional de Desarrollo. Nosotros no creemos que los empleos se generen destruyendo los derechos de los trabajadores y las trabajadoras. Por esa razón, en nuestra convicción de que el empleo es una política integral de gobierno, tenemos los artículos claros que no solamente dan las metas de empleo, sino también de cómo lo vamos a generar: con la reindustrialización, con el desarrollo del campo como motor de desarrollo, y desde luego con el reconocimiento de la economía popular”, señaló.
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Uno de los objetivos del Gobierno con esta reforma es fortalecer la figura de la contratación a término indefinido, reforzando la estabilidad laboral en todos los sectores de la economía.
Cambios en horario de jornada nocturna
La jornada quedó establecida como las actividades laborales realizadas entre las 6:00 de la mañana y las 7:00 de la noche.

El trabajo nocturno es el que se realiza entre las 7:00 de la noche y las 6:00 de la mañana del día siguiente. Esto significa que las horas nocturnas no se limitarían únicamente al trabajo realizado desde las 10:00 de la noche.
“Hoy aprobamos temas tan importantes como el contrato agropecuario y el jornal agropecuario. Esto va a dar la posibilidad para que más de un millón quinientos mil trabajadores del campo puedan entrar al proceso de formalización. De igual manera, aprobamos un artículo sobre el trabajo del cuidado, fundamentalmente para las mujeres campesinas, lo que permite que más de 600 mil trabajadoras del campo puedan también allegarse al proceso de formalización con garantías”, agregó la funcionaria.
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Triunfo político parcial para el Pacto Histórico

Luis Fernando Velasco, ministro del Interior, se refirió a la voluntad política de los congresistas que, con sus votos, habilitaron la luz verde que este proyecto necesitaba para volver al ruedo de las discusiones en el parlamento colombiano.
“Celebro que las mayorías en la Comisión Séptima acompañen la Reforma Laboral con la que garantizaremos un trabajo justo y equitativo, que tiene como pilar el respeto de los derechos laborales, la igualdad de oportunidades y la no discriminación. Los colombianos merecen que se cumpla con el respeto a sus derechos y garantías laborales”, expresó Velasco.
Reducción progresiva de la jornada laboral
Además, se suma la entrada en vigor de la jornada máxima legal de 42 horas semanales, respetando la reducción progresiva que ya se aplicaba. También se implementa la regulación de jornada flexible y la jornada semanal de 36 horas por turnos sucesivos.
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Para los contratos de trabajo a término fijo o por obra, se requerirá una formalización escrita que especifique la necesidad y su conexión con la duración establecida. Si no cumplen estas condiciones, se entenderán como contratos a término indefinido desde el inicio de la relación laboral.
Nuevos parámetros para despidos
La reforma introduce nuevas reglas para el procedimiento de despido, incrementando la indemnización por despido sin justa causa en contratos a término fijo e indefinido. En los contratos a término fijo, la indemnización equivaldrá al valor de los salarios correspondientes al tiempo restante del contrato o su prórroga, no siendo nunca inferior a 45 días de salario.
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Se habla de la obligación del empleado de dar un preaviso de 30 días al empleador antes de renunciar. Para los despidos sin justa causa en contratos a término indefinido, la indemnización será de 45 días de salario si el trabajador no supera el año de servicio. Si el trabajador lleva entre uno y cinco años, se le pagarán 20 días adicionales por cada año de servicio, además de los 45 días básicos. Para quienes tengan entre cinco y diez años de servicio, se sumarán 30 días adicionales por cada año de servicio sobre los 45 días básicos.
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