
La propuesta de modificar el artículo 8 de la ley 1828 de 2017 recibió el respaldo en la Comisión Primera del Senado, con el propósito de fomentar la transparencia y facilitar el intercambio comunicativo entre el Congreso y la población. Este proyecto busca instaurar una mentalidad de responsabilidad y transparencia, donde los representantes legislativos rindan cuentas ante los ciudadanos a quienes representan.
Según el proyecto, los congresistas estarán obligados a informar, explicar y dar a conocer todas sus actividades y decisiones en el Congreso, así como sus iniciativas y labores representativas. La representante Catherine Juvinao, por el Partido Alianza Verde, que es coautora de la iniciativa, destacó que este proyecto constituye un avance en materia de transparencia y refuerza el concepto de “parlamento abierto”.
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Juvinao expresó que el proyecto “fija estándares para que los congresistas tengamos que rendir un informe de rendición de cuentas unificado, estandarizado, sobre nuestro trabajo legislativo y sobre nuestro control político y sobre nuestra gestión ante la ciudadanía y las entidades del gobierno nacional”.
El proyecto también incluye la obligación para los congresistas de informar a la ciudadanía sobre las gestiones que realizan en diferentes entidades del Estado, así como reportar los viajes que realizan y quién los financia. Según Juvinao, esta medida busca garantizar que las actividades de los congresistas estén al alcance del conocimiento público, especialmente en lo que respecta a sus interacciones con el Gobierno nacional y otras instituciones estatales.
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En este sentido, la representante enfatizó que esta obligación de rendir cuentas sobre las gestiones ante el Gobierno nacional es una función que los congresistas tienen, pero que no estaba claramente estipulada en la Constitución del 1991. Sin embargo, la Corte Constitucional en 1994 determinó que esta era una de las funciones de los congresistas, lo que señala la importancia de este proyecto para formalizar y hacer transparentes estas acciones.
De igual manera, el senador David Luna, del Partido Cambio Radical, señaló que con esta iniciativa “el ciudadano se convierte no solo en tomador de decisión, sino en algo más importante, todavía, quien determina parte de la agenda pública”
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Por otro lado, el senador del Partido Comunes Julián Gallo planteó algunas críticas al proyecto al señalar que un informe de este tipo puede mostrar una parte formal del trabajo parlamentario, pero no necesariamente reflejar la calidad o la esencia del mismo.
Galló indicó que el proyecto podría no contemplar algunas realidades de la sociedad actual, lo que generó debate sobre si esta ley sería suficiente para garantizar la responsabilidad de los congresistas frente a la ciudadanía.
“Un informe de estos muestra una parte formal del trabajo parlamentario, pero no necesariamente refleja ni la calidad, ni la esencia de lo que es el trabajo parlamentario. Es un buen proyecto, pero no contempla realidades de la sociedad de hoy en día”, dijo el senador.
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A pesar de estas críticas, el proyecto logró avanzar en la Comisión Primera del Senado y ahora deberá someterse a su último debate en la plenaria del Senado antes del 20 de junio. De no ser así, el proyecto podría hundirse, lo que pondría en riesgo los avances en materia de transparencia y rendición de cuentas en el ámbito legislativo.
Detalles de la ley de rendición de cuentas
La nueva legislación establece una serie de procedimientos para garantizar la rendición de cuentas por parte de los congresistas. En primer lugar, se mantendrá el requisito de presentar un informe de gestión anual ante la Secretaría de la Cámara, como ya contempla la ley actual. Sin embargo, se introducirán algunos ajustes significativos:
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- Presentación digital y accesible: El informe se entregará de manera digital y en un formato de datos abiertos, asegurando que sea accesible para todos los ciudadanos interesados.
- Plazos claros y estrictos: El informe deberá presentarse dentro de los 10 días hábiles siguientes a la finalización de cada legislatura y será publicado por las respectivas secretarías en los siguientes cinco días hábiles.
- Diálogo público obligatorio: Además de la presentación del informe, los congresistas estarán obligados a convocar y organizar, dentro de los siguientes 30 días calendario a la fecha de publicación del informe, un espacio de diálogo público. Esto puede ser en forma de audiencias públicas, encuentros territoriales o mesas de trabajo, tanto presenciales como virtuales.
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