
La sala de reconocimiento de la Jurisdicción Especial de Paz (JEP) remitió los expedientes de los generales (r) Jaime Lasprilla (excomandante del Ejército), Miguel Pérez Guarnizo, William Pérez Laiseca y Marcos Evangelista Pinto a la Unidad de Investigación y Acusación (UIA), también conocida como la Fiscalía de la JEP.
Esta decisión se tomó luego de que los oficiales no aceptaran la imputación del tribunal de justicia transicional por las ejecuciones extrajudiciales, también conocidas como ‘falsos positivos’, registradas en el departamento del Huila, en el marco del Caso 03.
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El tribunal considera que los generales son los máximos responsables de esos crímenes al ser los comandantes de la Novena Brigada, y Pinto del Batallón Magdalena, durante el periodo en el que más se registraron ejecuciones extrajudiciales en el departamento.
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“... Se coligió que la actuación de los tres excomandantes fue esencial para que los miembros de las unidades priorizadas percibieran que desde la comandancia de la Novena Brigada se fomentaba y permitía la ejecución de operaciones ilegales y su encubrimiento”, determinó la magistratura.

De tal manera que la UIA deberá activar la ruta adversarial para que los excomandantes sean llamados a juicio. De ser vencidos, podrían enfrentar una pena de hasta 20 años de cárcel. Sus expedientes serán examinados para que la Fiscalía de la JEP determine si presenta escritos de acusación y llamamientos a juicio.
El expediente se refiere a 200 asesinatos, 32 desapariciones forzadas y ocho tentativas de homicidio que presuntamente fueron cometidas por integrantes del Batallón de Infantería No. 26 ‘Cacique Pigoanza’, el Batallón de Infantería No. 27 ‘Magdalena’, la Agrupación de Fuerzas Especiales Urbanas No. 11 y la IX Brigada del Ejército Nacional.
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La JEP indica en el expediente que “192 de las 264 muertes reportadas por esas unidades militares, entre 2005 y 2008, fueron en realidad homicidios cometidos contra personas fuera de combate”, pues las pruebas documentales y testimoniales demuestran que nunca ocurrieron esos combates.

Para la Sala, los entonces comandantes sabían perfectamente de las irregularidades en la presentación de las bajas en combate. Además, dieron órdenes para que se alteraran las acciones y se presentaran a civiles que no habían participado de la confrontación armada como integrantes de grupos subversivos en el Huila.
“Desde el mando que ocuparon fueron permisivos, laxos en los controles y no ejercieron sus competencias de prevención, investigación y sanción. Esto facilitó la difusión, permanencia y encubrimiento de los crímenes. Sus omisiones contribuyeron a la consolidación de los tres patrones macrocriminales documentados en el Subcaso Huila, una de las seis zonas priorizadas en la investigación”, se lee además en el expediente.
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También se advierte que los comandantes del Ejército dieron órdenes para que se estigmatice a la población civil “mediante un señalamientos arbitrarios de pertenecer un grupo armado. La preparación, ejecución y encubrimiento evidencian un alto nivel de planificación”.
“Se buscaba lograr la percepción de ‘debilitamiento del enemigo’ y se alegaba debilidad institucional para la judicialización de los supuestos colaboradores de los grupos armados”. Las víctimas solían ser personas de bajos recursos, con problemas de drogadicción o habitantes de calle. “Estas acciones se basaban en actividades de inteligencia que contradecían los procedimientos de la doctrina militar”, añade el documento de la JEP.
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Los oficiales sabían que las personas retenidas y dadas de baja no pertenecían a la guerrilla de las Farc y aun así las presentaron en los informes oficiales como guerrilleros abatidos en combate. “La Sala de Reconocimiento de la Verdad logró esclarecer la ocurrencia de conductas criminales perpetradas en la región hace varios años y sobre los que la Justicia Penal Militar no logró avances significativos, pese a las denuncias que hubo en su momento”, dice el alto tribunal.
El objetivo de presentar estos falsos resultados operacionales era obtener ascensos, reconocimientos e inclusive periodos de vacaciones.
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