
El actuar de la Policía ya está siendo investigado por la Procuraduría, pues su presunta omisión habría desencadenado la fuga de Timothy Alan Livingston, el estadounidense encontrado el 29 de marzo en el hotel Gotham, de Medellín, con dos menores de edad.
Según reportes que se conocieron por la Fiscalía días después de los hechos, en el hotel se encontraron cinco condones, al parecer usados, drogas y dos menores de edad en ropa interior junto al hombre, pero este último no fue detenido por falta de “pruebas suficientes” de flagrancia del delito. Aunque el hombre estaba en otra habitación, la presencia de las menores y las circunstancias sugieren la comisión de un delito.
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Este caso no solo ha puesto de manifiesto el problema de de explotación sexual infantil en la capital de Antioquia, donde al menos tres menores son víctimas diariamente, según datos de la Personería de Medellín conocidos por La Silla Vacía, sino que también deja ver profundos errores en la forma en la que el Estado atiende a las víctimas de este delito.
Los delitos sexuales son considerados como “delitos a puerta cerrada” por la Corte Suprema de Justicia, ya que generalmente ocurren en ámbitos privados. Mariana Botero, abogada penalista de la Universidad del Rosario, señaló a Infobae Colombia que no se puede aplicar el mismo estándar de flagrancia a un delito como el hurto, a la vista de todos, que a la explotación sexual de menores, pues se debe evaluar con un enfoque de género.
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Los argumentos de la Policía sobre la ausencia de “flagrancia”

Según dijeron a la Fiscalía los uniformados del operativo, a pesar de que las menores estaban en traje de baño, como el hombre se encontraba en otro cuarto eso sugería que “no habría sido efectuado un abuso esa tarde”.
En este caso específico, aunque no se encontró al sujeto participando en actos de penetración anal, vaginal u oral, la presencia de condones y otras circunstancias indicaba la posibilidad de un acto sexual. Esto adquiere importancia legal dado que, según el Código Penal, los menores de 14 años no pueden dar consentimiento para relaciones sexuales. Por lo tanto, aunque no se produjera un acceso carnal, era factible acusar al hombre por abuso sexual a menores de 14 años, dado que las víctimas tenían 12 y 13 años.
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Pero aún sin utilizar el enfoque de género, Botero sugiere que la flagrancia en el caso de Livingston era clara. El artículo 301 del Código de Procedimiento Penal indica que la flagrancia se puede entender de varias formas. En una de ellas, “la persona es sorprendida con objetos, instrumentos o huellas en los que aparezca que acaba de cometer el delito o ha participado en él”.
“Con esto no cabe, ni siquiera a debate, que hubo flagrancia. No es una cuestión de perspectiva de género. Para aquellos jueces y policías que piensan que es solo un capricho feminista, a pesar de que es su deber legal y constitucional, incluso ignorando esta perspectiva, en la situación en la que encontraron a Livingston se constituye una fragancia”.
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La omisión de la Policía en la entrega de pruebas

Según una orden emitida el 26 de agosto de 2022 por la Escuela Judicial Rodrigo Lara Bonilla, se debe brindar formación en enfoque de género tanto a los miembros de la rama judicial como a la policía. Esto facilitara una evaluación de pruebas más adaptable.
En este escenario, las pruebas eran tan contundentes que, según la experta, justificaban no solo la autorización del arresto, sino también la petición de medidas cautelares y la presentación de cargos. “Incluso, si no se procedía con la detención preventiva, podrían haber solicitado que se le impidiera salir del país: todo esto constituye una obstrucción a la justicia”, afirmó.
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Según el reporte inicial de las autoridades, en un principio la Policía no mencionó la presencia de condones en la habitación. De ser cierto, estaría en contravención de lo establecido en la sentencia del Campo Algodonero, emitida en 2008, que insta a todos los Estados parte del Sistema Interamericano de Derechos Humanos, incluyendo a Colombia, a aplicar la debida diligencia.
La “debida diligencia” obliga a considerar todos los elementos presentes en la escena al iniciar las acciones urgentes después de un delito relacionado con la violencia de género. “No se trata simplemente de un error; la pérdida de pruebas constituye una falla en el proceso”, concluyó Botero.
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A pesar de que la Procuraduría anunció una investigación disciplinaria contra los ocho policías involucrados en el operativo, y aunque se haya emitido una circular azul de la Interpol para localizar a Timothy Alan Livingston, el individuo sigue en libertad y enfrenta otras dos investigaciones similares en Estados Unidos, según la información proporcionada por la Fiscalía.
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