
El ocho de marzo, la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) ordenó la suspensión inmediata de los “acuerdos anticompetitivos” en los procesos de contratación de los carros blindados de la Unidad Nacional de Protección. También ordenó cuatro medidas cautelares a todos los proponentes que participaron en los procesos de selección para el arrendamiento de los vehículos blindados que adelantó la UNP entre 2017 y 2023.
En un comunicado, la SIC ordenó, además de suspender los acuerdos, abstenerse de realizar el apagado remoto y retirar de funcionamiento los vehículos vinculados a la prestación del servicio a la UNP “si no existe una justificación objetiva, razonable y documentada que esté relacionada directamente con la seguridad de las personas protegidas”.
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Además de suspender “cualquier conducta encaminada a coordinar ilegalmente su comportamiento para participar y ejecutar procesos de contratación que adelanta la UNP para la prestación del servicio de arrendamiento de vehículos blindados”. La última medida cautelar es “abstenerse de usar mecanismos de coerción orientados a mantener la conducta ilegal que puedan afectar la debida prestación del Programa de Prevención y Protección a cargo de la UNP”.
La decisión de la SIC recae sobre las empresas Neostar Seguridad de Colombia Ltda., G M W Security Rent a Car Ltda., Blinsecurity de Colombia Ltda., Vehículos Blindados de Colombia Limitada, Alliance Security Rent Car Ltda., M.I. Blindajes Ltda., Vector Ltda. Alquiler de Vehículos Blindados, Nacional Rent Car Ltda. y Arrendadora de Vehículos Blindados (Armati Ltda).
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Esto se da en respuesta a una denuncia que formuló la UNP en contra de las empresas proponentes en los contratos de arrendamientos de vehículos blindados. Con esta decisión, la SIC busca que no se ponga en riesgo la vida e integridad de las personas que se encuentren en situaciones de riesgo extraordinario o extremo.
Las razones de la SIC

La decisión de la SIC se tomó luego de evaluar el material probatorio sobre los procesos de selección de la UNP, entre 2017 y 2023, lo que llevó a concluir que los proponentes “ejecutaron dos comportamientos que podrían ser ilegales”.
Según la SIC, el primer comportamiento presuntamente ilegal es que las empresas habría “repartido sistemáticamente las 90 zonas en las que fueron divididas los procesos de selección”, logrando presentarse como únicos proponentes para así quedarse con los contratos sin “enfrentar competencia”, lo que impidió que la UNP “pudiera obtener mejores condiciones de contratación”.
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Esto se soportó en cuatro hallazgos, como que las empresas que participaron en estos procesos “desarrollaron sistemáticamente un comportamiento inexplicable”, pues en más del 93% de las zonas adjudicadas no existió competencia entre ellas. También que, en seis de las 90 zonas, cuando una de las empresas se postuló con otra, la SIC no encontró evidencia de competencia efectiva entre los proponentes y que “las empresas habrían adoptado medidas para corregir estas situaciones” para quedar como únicas proponentes.
El otro hallazgo es que las empresas llegaron a acuerdos ilegales para superar las medidas que adoptó la UNP para promover la concurrencia de proponentes. El último hallazgo tiene que ver con que se “habría identificado un sistema de repartición por turnos”, con los que las empresas se fueron rotando para quedarse con los contratos.
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La segunda conducta presuntamente ilegal en la que habrían incurrido las compañías que prestaron el servicio de arrendamiento de los vehículos blindados a la UNP es que estas habrían “desarrollado vías de hecho con el propósito de forzar a los miembros del acuerdo a mantenerse en la ejecución de la conducta ilegal”, como la desactivación de manera remota de los vehículos, poniendo en riesgo la vida de las personas protegidas en situación de riesgo extraordinario o extremo.

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