Joven murió por gas lacrimógeno durante una marcha y la Policía le echó la culpa: “Debió resguardarse en su casa”

La familia de Cristian Castillo aseguró que hay un intento de la Policía de exonerarse de responsabilidad por la muerte del joven durante el paro nacional de 2021

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Un miembro de la policía antidisturbios, antes conocido como Esmad, disparó un gas lacrimógeno a la cabeza de un joven que se manifestaba en el paro nacional de 2021 y eso causó su muerte - crédito James Fabian Díaz/Reuters
Un miembro de la policía antidisturbios, antes conocido como Esmad, disparó un gas lacrimógeno a la cabeza de un joven que se manifestaba en el paro nacional de 2021 y eso causó su muerte - crédito James Fabian Díaz/Reuters

La familia de Cristian Castillo de la Ossa, quien perdió la vida en 2021 durante el paro nacional en Bogotá, ha levantado una fuerte protesta contra la postura de la Policía Nacional. En un comunicado oficial, la institución culpó exclusivamente a Castillo por su propia muerte, argumentando que debió permanecer en su hogar para evitar ser lesionado.

Castillo, de 26 años en ese momento, falleció debido al impacto de un proyectil de gas lacrimógeno del antiguo Esmad (Undmo) en la cabeza, según las investigaciones. La familia afirma que existen pruebas que sugieren que se trató de un homicidio agravado, sin embargo, la Policía niega cualquier culpa de parte de los uniformados en el trágico suceso.

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Familia de joven que murió en protestas del paro nacional de 2021 demandó al Estado colombiano - crédito Miyer Juana/Europa Press
Familia de joven que murió en protestas del paro nacional de 2021 demandó al Estado colombiano - crédito Miyer Juana/Europa Press

El incidente ocurrió en la noche del 22 de junio de 2021, en medio de una manifestación en la localidad de Suba, al noroccidente de Bogotá. Castillo estaba manifestándose en la avenida Ciudad de Cali cuando recibió el impacto del gas lacrimógeno. El joven trabajaba en una ferretería con su padre y se dedicaba a reparar computadoras en su tiempo libre.

Según conoció El Espectador, la familia es representada por la organización defensora de derechos humanos dh Colombia y ha interpuesto una demanda contra el Estado, la Policía y el Ministerio de Defensa por privar a Castillo de su derecho a la vida.

Conmemoración a Cristian Castillo, asesinado por un proyectil del Esmad en las protestas del paro nacional de 2021 - crédito
Conmemoración a Cristian Castillo, asesinado por un proyectil del Esmad en las protestas del paro nacional de 2021 - crédito @ElCapucchino/X

La respuesta de la Policía, llegada al Juzgado 35 Administrativo del Circuito de Bogotá el pasado 16 de febrero, rechaza la totalidad de la demanda, alegando que no hubo violación de Derechos Humanos ni del Derecho Internacional Humanitario. No obstante, una de las restricciones es que el Esmad (ahora Undmo) es que este no puede disparar a la cabeza de ningún ciudadano.

Angie Jazbleidy Hernández Gamba, representante legal de la Policía en este caso, argumentó que se configura la causal de exoneración denominada “hecho exclusivo de la víctima”, afirmando que Castillo fue el responsable de su propia muerte por no estar en su casa.

El joven habría fallecido luego de que un policía del antiguo Esmad le disparara un gas lacrimógeno a la cabeza - crédito @PascaGuerrero/X

Estos es lo que dice textualmente la respuesta de la Policía: “Al respecto, cabe señalar que se configura la causal de exoneración denominada hecho exclusivo de la víctima (…) fue el mismo joven el causante de los hechos por los cuales ahora se pretende endilgar responsabilidad a la Policía. Lo anterior, en razón a que, si el hoy demandante (Castillo) hubiese actuado de manera responsable, debió resguardarse en su lugar de residencia con el fin de evitar que fuera lesionado. Pero ese actuar irresponsable fue el determinante para que saliera lesionado, sin que a la fecha se conozca quién lo lesionó, ya que no obra prueba que permita determinar responsabilidad alguna a miembros de la Policía”.

Pero esa respuesta no sería lo único inaudito en la forma en la que se ha llevado el caso. El Espectador conoció que los abogados de la familia respondieron a la Policía, cuestionando, por ejemplo, que la defensa de la entidad haya mencionado que los hechos ocurrieron el “16 de diciembre de 2019″, cuando en realidad la muerte ocurrió durante el paro nacional de 2021. Además, dh Colombia expresó a la juez que no debería “permitir la deshumanización, lo grotesco, lo grosero, pero sobre todo lo revictimizante que ha resultado la respuesta de la Policía”.

En 2021, una jueza ordenó no utilizar munición Venom en Popayán debido a irregularidades en su uso - crédito Sergio Acero/Colprensa
En 2021, una jueza ordenó no utilizar munición Venom en Popayán debido a irregularidades en su uso - crédito Sergio Acero/Colprensa

Las irregularidades sobre el actuar del antiguo Esmad

Según Amnistía Internacional, en cumplimiento con las normas internacionales y la Declaración Universal de Derechos Humanos, “es de la máxima importancia que la legislación nacional proporcione un marco claro dentro del cual los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley estén autorizados a recurrir al uso de la fuerza y de armas de fuego. El marco debe respetar los cuatro principios clave: legalidad, necesidad, proporcionalidad y rendición de cuentas”.

No obstante, varios casos apuntan a que en las diferentes protestas que se han dado en Colombia desde 2018 el escuadrón encargado de la Policía para evitar alteraciones al orden público en manifestaciones no ha actuado como tal. No solo sería el caso de Cristian Castillo, sino también el asesinato de Dilan Cruz en 2019.

Dilan Cruz
Familiares, amigos y manifestantes realizan un acto conmemorativo del año del homicidio de Dilan Cruz - crédito Sergio Acero/Colprensa

Sobre este último, Forensic Architecture, un colectivo del Reino Unido encargado de investigación multidisciplinaria, llevó a cabo un nuevo análisis científico para reconstruir los acontecimientos relacionados con la muerte de Dilan: se descubrió que su muerte había sido premeditada. Eso desconoce la legalidad y necesidad, pilares claves en el uso de armas.

También, cabe mencionar que en diciembre de 2023, cinco miembros del antiguo Esmad enfrentaron cargos por el uso indebido de munición Venom en Popayán. Uno de los efectivos del escuadrón ni siquiera tenía autorización para emplear el lanzador múltiple eléctrico y se le acusa de haberlo utilizado de forma indiscriminada contra manifestantes.

El 13 de mayo de 2021, el entonces director de Human Rights Watch, José Miguel Vivanco, publicó este video en el que se ven a uniformados del Esmad usando la munición no letal Venom en medio de las manifestaciones del paro nacional en Popayán (Cauca) - crédito @VivancoJM/X

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