
La Sala Plena de la Corte Constitucional determinó que el Club El Nogal no es responsable por el atentado terrorista perpetrado en sus instalaciones el 7 de febrero de 2003 por las extintas Fuerzas Revolucionarias de las Farc (Farc-EP). Estudió una tutela interpuesta por la defensa del club y decidió tumbar un fallo anterior proferido por el Tribunal Superior de Bogotá (2014) con el que se condenó civilmente al club y otro, proferido por la Corte Suprema de Justicia (2020), con el que quedó ratificada esta decisión.
Se alegaba que el establecimiento fue responsable de manera solidaria con las Farc por la protección que aparentemente no brindó a los invitados y a los socios, incumpliendo con normativas corporativas. Sin embargo, la Corte se fue en contra de esta premisa.
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“En este caso particular, no era posible determinar una obligación de resultado del deber de protección establecido en cabeza del Gerente del Club, mucho menos al tratarse de una entidad de carácter privado a la que no puede aplicársele un estándar más alto que al mismo Estado que tiene a su cargo cumplir funciones de seguridad nacional y seguridad ciudadana o seguridad humana”, se lee en la síntesis de la sentencia.
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Las dos providencias anteriores condenaron al club a pagar cerca de 900 millones de pesos a la familia de una de las víctimas del atentado terrorista, que dejó un saldo de 36 muertos y más de 200 heridos. Los allegados de Gustavo Forero Rubio, una de las personas que fue asesinada por las antiguas Farc, exigieron la indemnización al considerar que hubo falta de “diligencia” en cuanto a las garantías de seguridad debería haber brindado el club.
Pues, según el fallo de la Corte Suprema de Justicia (2020), conocido por Semana, aunque se trató de acciones perpetradas por un grupo armado, en 2002, Bogotá sufrió seis atentados con explosivos, por lo que ningún establecimiento podía estar exento de una tragedia de tal magnitud. Es por eso se estaba exigiendo a El Nogal velar por la seguridad de quienes frecuentaban las instalaciones.
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Y, aunque el club para entonces contaba con un vasto esquema de seguridad, que incluía perros de vigilancia que habían sido entrenados en materia de antiexplosivos, el día del atentado no estaban en el lugar. Por eso, se ordenó resarcir los daños morales ocasionados a la familia de la víctima.
Ahora, esos argumentos, junto con la decisión tomada por la Corte Suprema de Justicia, quedaron sin efecto alguno por orden de la Corte Constitucional. “La Sala Plena concluyó que con tales providencias se habían configurado los defectos fácticos, sustantivo y por desconocimiento del precedente”, detalla la síntesis de la sentencia.
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En ese sentido, ordenó a la autoridad judicial proferir una nueva decisión de reemplazo de la anteriormente proferida, basada en las consideraciones del nuevo fallo.
¿Cómo fue el atentado al Club El Nogal?

El acto terrorista que afectó a cientos de familias y que hasta ahora tenía en vilo al Club El Nogal ocurrió en horas de la noche del 7 de febrero de 2003, cuando las extintas Farc detonaron un carro bomba que estaba en el parqueadero del establecimiento, usando 200 kilos de explosivos.
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La persona que ingresó el carro que detonó fue identificada como Oswaldo Arellán, que murió en el atentado junto con un familiar llamado Jhon Fredy Arellán, que era un instructor de squash.
Dos familiares suyos, Hermínsul y Fernando Arellán, fueron condenados a 40 años de prisión por el acto terrorista, al comprobar que estuvieron detrás de su estructuración. Sin embargo, después se acogieron a la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP). Ambos actuaron bajo las órdenes del exjefe de la columna Móvil Teófilo Forero de las Farc, Darío Velásquez, alias El Paisa.
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