
El jueves ocho de febrero, la Corte Suprema de Justicia condenó al exrepresentante a la Cámara por el “Partido Cambio Radical” Alonso Acosta Osio a 15 años y nueve meses de cárcel por el caso conocido como parapolítica.
De acuerdo con el alto tribunal, se hallaron las pruebas suficientes para determinar en primera instancia que, entre 2005 y 2006, el excongresista promovió y financió a las Autodefensas Unidas de Colombia, con el propósito de lograr la reelección para 2006-2010.
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El condenado adelantó una campaña política con el respaldo de las AUC y participó en la votación de la Ley de Justicia y Paz en el Congreso, para que de esta forma le fueran entregados dineros de empresas del Estado al grupo armado.
“Este pacto permitió al enjuiciado adelantar actos de proselitismo y alcanzar la curul propuesta, y al grupo paramilitar mantenerse vigente en la vida pública, social y económica del Atlántico”, añadió el comunicado de la Corte Suprema.

El máximo tribunal agregó que las negociaciones con el grupo paramilitar Bloque Norte, Frente José Pablo Díaz, se llevaron a cabo por medio de reuniones, en donde Acosta se comprometió a buscar el fortalecimiento político de las AUC y, a cambio, el congresista recibía los votos y el apoyo de los habitantes de los territorios en los que hacía presencia el grupo armado al margen de la ley. Esto sirvió para que Acosta Osio cumpliera su cometido y fuera reelegido.
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“Asistió a varias reuniones con los miembros de esa organización criminal en las que se pactó que la estructura delincuencial ponía a disposición del procesado su poder para apoyarlo en sus pretensiones electorales y éste a cambio, financió y legitimó de manera efectiva las metas del grupo paramilitar”, complementó la sentencia.
Según lo indagado por el alto tribunal, Acosta logró lucrarse y aportar en la financiación del grupo criminal a través del negocio económico proveniente del Matadero Municipal de Sabanagrande (Atlántico), del cual también se benefició Julio Cesar Polanía, reconocido empresario barranquillero que fue ultimado a tiros en noviembre de 2020 por sicarios.
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Adicionalmente, en la sentencia se lee que Acosta habría participado en la estrategia de cooptación burocrática y económica de entidades gubernamentales como Caprecom, EPS finalmente intervenida y liquidada en 2015, y el Hospital Materno Infantil del municipio de Soledad (Atlántico).
Por ello, el excongresista fue condenado por los delitos de concierto para delinquir agravado y deberá pagar una multa de 15.000 salarios mínimos legales mensuales vigentes, además, quedó inhabilitado para ejercer cargos públicos durante el mismo periodo de tiempo que dura la condena.
La Corte Suprema consideró que Alonso Acosta era consciente del actuar delictivo de los paramilitares: “Sabía la naturaleza y el accionar del grupo criminal al cual se vinculó, financió y promovió, es decir, conocía la infracción penal y quiso su realización; además, antijurídico por la lesión y puesta en peligro al bien jurídico de la seguridad pública y el deterioro a los principios democráticos de la administración pública afectada por las estrategias criminales de financiación de los grupos paramilitares”.
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En 2018, las autoridades hondureñas detuvieron a Acosta, el cual se encontraba en el país con circular azul de la Interpol, relacionada con un proceso judicial en Colombia. Tras su arresto, fue ingresado en la Penitenciaría Nacional, ubicada en cercanías de Tegucigalpa.
Posteriormente, la justicia colombiana ordenó su extradición a Colombia; sin embargo, en 2019 la Corte de ese país negó la solicitud, dado que entre los países no existe un tratado de extradición. Esto llevó a que la justicia hondureña ordenara la libertad de Acosta. Ante la nueva sentencia, la Corte colombiano ordenó nuevamente emitir orden de arresto.
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Lea la sentencia completa aquí:
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