
Con la llegada de 2024, los trabajadores en Colombia se encontraron con la tarea de estructurar sus aspectos financieros personales, por lo que muchos dedican especial atención a la planificación y ahorro de sus cesantías.
Según lo establecido en la Ley 50 de 1990 en Colombia, cada 31 de diciembre se lleva a cabo la liquidación de las cesantías, una parte esencial de las prestaciones sociales que incluyen primas, aportes a salud y pensión, vacaciones, entre otras, para aquellos trabajadores que cuentan con un contrato laboral a término fijo o indefinido.
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Es importante destacar que este proceso se realiza anualmente como un derecho laboral fundamental.
La normativa también establece que el empleador tiene la responsabilidad de cancelar al trabajador los intereses legales, fijados en un 12% anual o proporcionales por fracción, de acuerdo con las normas vigentes sobre el régimen tradicional de cesantías. Estos intereses deben ser consignados antes del 31 de enero del año siguiente a la liquidación del período laborado.
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Cabe destacar que las cesantías representan un mes de salario por cada año trabajado y generan intereses adicionales. Incluso aquellos empleados que no hayan completado el tiempo establecido recibirán una cantidad proporcional al período laborado. Este fondo funciona como un ahorro en situaciones específicas, como desempleo, adquisición de vivienda o para fines educativos.
En cuanto a la consignación por parte del empleador al fondo de cesantías, la mencionada ley establece un plazo entre el 1 de enero y el 14 de febrero de 2024. El incumplimiento de este plazo resulta en una sanción, donde el empleador deberá pagar un día de salario por cada día de retardo.
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Esta es la clave para conocer la cantidad que puede ahorrar con las cesantías
La fórmula para calcular las cesantías se basa en el salario mensual multiplicado por los días trabajados, dividido por 360 (días en el año). De manera similar, los intereses de cesantías se calculan con la fórmula: cesantías multiplicadas por 0,12, multiplicado por los días trabajados y dividido por 360.
Como ejemplo, un salario mínimo para 2024, más el subsidio de transporte, totalizado en $1′462.000. Si un trabajador devengara este salario durante todo el año, sus cesantías sería la misa cantidad de ese salario mensual (1′462.000 X 360 / 360 = 1′462.000).
Los intereses generados por estas cesantías ascenderían a $175.440 (1.462.000 X 0,12 X 360 / 360 = 175.440).

En el caso de un trabajador que haya percibido un salario mínimo durante 2023, con un valor de $1′300.000, sus cesantías serían de $1′300.000 (1′300.000 X 360 / 360 = 1′300.000). Los intereses correspondientes a estas cesantías serían de $156.000 (1′300.000 X 0,12 X 360 / 360 = 156.000).
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Este cálculo demuestra cómo las cesantías pueden representar un significativo ahorro para los trabajadores a lo largo del año, que puede proporcionar una red de seguridad financiera en momentos críticos. Es fundamental que tanto empleadores como empleados estén al tanto de estas disposiciones legales para garantizar el cumplimiento de sus derechos y obligaciones en el ámbito laboral.
En Colombia, el retiro de las cesantías por parte de aquellos que han quedado cesantes, es decir, han perdido su empleo, se realiza mediante una solicitud formal enviada por el empleador al fondo de cesantías. Este proceso permite a los individuos acceder a la totalidad del dinero acumulado en dicho fondo.
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Así puede retirar las cesantías
En el proceso de retiro de cesantías en Colombia, los trabajadores tienen la posibilidad de hacer retiros parciales o totales, se pueden destinar estos fondos a la adquisición o mejora de su vivienda, al pago del impuesto predial o para abonar a un crédito hipotecario.
Para llevar a cabo este procedimiento, se establecen requisitos específicos. Entre ellos se encuentran la presentación del documento de identificación junto con una fotocopia de esta ampliada al 150%. En caso de adquirir una vivienda nueva, se requiere la promesa de compraventa, firmada por ambas partes y autenticada en Notaría.

Si la vivienda es de segunda mano, se exige el certificado de libertad y tradición de la propiedad. Además, en situaciones que apliquen, se debe contar con una carta de aprobación del crédito y una carta de autorización de retiro parcial, suscrita por el empleador.
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En términos de cuánto puede retirarse, no existe un porcentaje fijo establecido. Los trabajadores tienen la libertad de efectuar retiros parciales o totales del saldo acumulado en sus cesantías.
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