Ramiro Suárez Corzo ya salió de La Picota: fue trasladado a la IPS Salud Esencial

El procedimiento se registró en cumplimiento de una orden de un juez de Bogotá, luego de las recomendaciones que emitió Medicina Legal en un informe médico del 18 de diciembre

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Ramiro Suárez Corzo JEP
Luego de que Medicina Legal recomendara que el exalcalde de Cúcuta no podía seguir privado de su libertad en un centro carcelario, un juez de Bogotá ordenó su traslado - crédito Colprensa

El exalcalde y homicida Ramiro Suárez Corzo fue trasladado de la cárcel La Picota, el 4 de enero de 2024, a la IPS Salud Esencial, luego de que el juez 15 de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Bogotá diera esta orden acatando las recomendaciones del Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses, emitida el 18 de diciembre de 2023 y conocida el 3 de enero.

De acuerdo con información de Blu Radio, el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario trasladó a Suárez Corzo sobre las 2:05 p. m. del 4 de enero, también se suupo que el condenado por homicidio estará “bajo la estricta vigilancia del Inpec”.

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¿Por qué se ordenó el traslado de Suárez Corzo?

La decisión del juez 15 de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad se tomó motivada por un informe de Medicina Legal del 18 de diciembre de 2023, luego de un examen médico al exalcalde de Cúcuta.

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Así anunció el Inpec el traslado de Suárez Corzo: “en cumplimiento a lo dispuesto por el Juzgado Quince de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad, dará cumplimiento a la medida de prisión intrahospitalaria al privado de la libertad Ramiro Suárez Corzo solicitada por el Juez. El INPEC efectuará el traslado de Ramiro Suárez Corzo a un centro asistencial en la ciudad de Bogotá de acuerdo a la historia clínica determinada por el médico tratante que definirá la atención que requiere el penado por estar a cargo del sistema contributivo de salud”.

Decisión de la juez de ordenar traslado instrahospitalario a Ramiro Suárez Corzo - crédito redes sociales
Decisión de la juez de ordenar traslado instrahospitalario a Ramiro Suárez Corzo - crédito redes sociales

En el documento, que conoció W Radio, Medicina Legal determinó que el estado de salud de Suárez Corso es grave y no puede seguir privado de su libertad, pues tiene incapacidad para movilizarse y no puede ni vestirse, bañarse, ir al baño o caminar por su propia cuenta.

También se advierte en el informe, que el exalcalde, condenado a 27 años de prisión por el asesinato del excontralor departamental Alfredo Enrique Flórez el 6 de octubre de 2003, requiere de asistencia de una persona especializada, tratamiento integral de primer nivel y acceso a urgencias en caso de alguna descompensación, pues tiene siete enfermedades graves.

Los padecimientos que aquejan a Suárez Corzo son: miosistis por cuerpos de inclusión; dependencia severa para realizar sus actividades básicas de la vida diaria (Barthel en 35 puntos); síndrome doloroso crónico; hipertensión arterial sistémica controlada; diabetes mellitus tipo I controlada; dislipidemia mixta; trastorno de inicio, y mantenimiento del sueño.

A tenor del informe publicado por W Radio, Medicina Legal hizo tres recomendaciones sobre qué hacer con Suárez Corzo:

  • Garantizar de forma continua los medicamentos ordenados por los médicos tratantes, así como las condiciones de dieta prescrita por Nutrición y Dietética.
  • Requiere valoración, manejo y seguimiento médico especializado por MEDICINA INTERNA, NEUROLOGIA, FISIATRIA cumpliendo a cabalidad a lo ordenado por estas especialidades: laboratorios, paraclínicos, estudios de imágenes, formulación de medicamentos, dietas, terapias, interconsultas, etc., así como los controles médicos con la periodicidad que ellos determinen.
  • De igual manera, manejo integral por su servicio de salud asignado de primer nivel de atención y tener acceso al servicio de Urgencias en caso de descompensación de su enfermedad o su condición clínica lo amerite.

La conclusión de Medicina Legal fue que Ramiro Suárez Corzo “en sus actuales condiciones “permiten fundamentar un estado de salud grave por enfermedad e incompatible con la vida en reclusión formal”.

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