
El país celebró el anuncio de la captura de Harold Andrés Echeverry, un exmilitar de 40 años, que confesó haber asesinado y desmembrado a una adolescente de 15 años, dentro de un taller de carros en Cali, la noche del 7 de diciembre.
Echeverry, sorprendido en una motocicleta cuando intentaba huir de las autoridades, deberá responder por el feminicidio de Michel Dayana González.
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Desde la Fiscalía General de la Nación emitieron en un comunicado a la opinión pública indicando que el feminicida, que contaba con antecedentes por acceso carnal violento con menor de 14 años, es culpable de los cargos de feminicidio agravado y hurto calificado y agravado:
La sentencia por el delito de feminicidio agravado podría oscilar entre 41 y 50 años, con la posibilidad de ascender hasta 60 años de prisión en caso de antecedentes penales, como en este suceso donde Echeverry posee un proceso judicial abierto por violación en contra de una menor de edad.

Pese a que Echeverry confesó el asesinato y desmembramiento de Michel Dayana se presume que recibirá la mayor condena, de acuerdo con lo indicado en distintos medios por Francisco Bernate, director del Colegio de Abogados Penalistas de Colombia, la pena del agresor sexual podría llegar hasta los 56 años de prisión.
Un punto clave para el futuro de Echeverry sería la decisión de la justicia nacional de no cobijar con reducción de penas o algún otro tipo de beneficio judicial para el confeso feminicida.
De acuerdo con la fuente contactada por el quipo de Infobae Colombia, el abogada penalista, Alejandro Carranza, la normativa colombiana establece fuertes restricciones en la concesión de beneficios judiciales o administrativos a condenados por delitos sexuales. Desde 2014, con la promulgación de la Ley 1709, y su posterior actualización mediante la Ley 1776 en 2016 y la Ley 1944 en 2018, se dictamina que no se otorgarán beneficios como la suspensión condicional de la ejecución de la pena o la prisión domiciliaria a quienes incurran en estas infracciones.
El marco legal colombiano, mediante sucesivas reformas a la Ley inicial, ratifica su postura inflexible respecto a ciertos crímenes. Esta posición responde a un esfuerzo por proteger la integridad sexual y la formación sexual, evitando que los responsables de delitos dolosos en estas áreas puedan acceder a medidas que les permitan eludir el cumplimiento efectivo de sus penas en establecimientos carcelarios.
Vale resaltar el Proyecto de Ley 329 promovido por miembros de Cambio Radical, que fue aprobado de manera unánime en la plenaria del Congreso. Esta ley elimina por completo cualquier beneficio de casa por cárcel o reducción de penas para aquellos responsables de cometer feminicidio.
Las desviaciones del asesino violador

El feminicida que mató y desmembró a la adolescente de 15 años ya tenía antecedentes con la justicia, Echeverry posee un caso por abuso sexual abierto aunque de acuerdo con el diario El Tiempo el proceso permanece como privado en el juzgado 15 civil de Cali.
De igual forma ha sobresalido las redes sociales del agresor sexual. La cuenta de Instagram del exmilitar mostraba una obsesión con imágenes religiosas y seguía a numerosos perfiles de mujeres y niñas muy pequeñas, lo que algunos internautas interpretan como señal de su psicopatía

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