
Durante el desarrollo del Congreso Nacional de Cafeteros número 92, la ministra de Agricultura, Jhenifer Mojica, se manifestó en relación con el Decreto 2016 de 2023, que regula el funcionamiento de las plantas de beneficio animal, específicamente en la categoría de autoconsumo. En sus declaraciones, la ministra afirmó que este decreto, al permitir la reapertura de mataderos municipales, generará “mejores condiciones de higiene y calidad para que los colombianos coman mejor”.
Mojica reiteró que este marco normativo posibilitará el acceso a todas las regiones del país a carne de calidad, con condiciones sanitarias óptimas. Además, permitirá la reducción de los precios del producto y contribuirá a disminuir el hurto de ganado. La ministra expresó:
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“Esta reglamentación mejorará el abastecimiento de proteínas de origen animal en las poblaciones, pues permitirá el aprovechamiento óptimo de los animales. Además, se reducirán los costos de transporte debido a que no se requerirá la movilización de animales en pie y carne en canal entre los municipios. Esto abaratará el precio de los productos cárnicos en las poblaciones”.
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En el contexto presentado por el Ministerio de Agricultura, se destacó que, según las cifras del INVIMA, de los 1.062 municipios con vocación ganadera bovina, solo 168 cuentan con plantas de beneficio, lo que representa un 15%. Por ende, con el nuevo decreto, se busca garantizar que la carne se consuma en condiciones sanitarias e inocuas.
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Asimismo, se enfatizó que las plantas de beneficio de categoría autoconsumo, bajo el Decreto, deben obtener autorización del INVIMA y ajustarse al plan de racionalización para abastecer carne y productos cárnicos comestibles al municipio en el que se ubiquen.
Así, el presidente Petro revivió los mataderos municipales vía decreto
En la tarde del 28 de noviembre de 2023, desde la Casa de Nariño dieron a conocer que el presidente Gustavo Petro expidió un decreto bajo el cual se pretende revivir los mataderos de carne municipales para habitual producción de carne.
El proyecto, llamado Plantas de beneficio animal categoría autoconsumo, abarca además las condiciones de autorización, así como de funcionamiento. De igual forma, la medida tendría como objetivo bajar los precios de la carne en algunas regiones del país.
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En el decreto se define el proyecto en cuestión como una vía, que cuenta con autorización del Invima, “para abastecer de carne y productos cárnicos comestibles al respectivo municipio en el cual se encuentra ubicada, de conformidad con los lineamientos que para el efecto expida esa entidad”.
No obstante, desde el Gobierno nacional fueron enfáticos en los requerimientos que deben cumplir quienes deseen adherirse a la medida. El primero de ellos abarca que la planta de autoconsumo debe estar ubicada en “un municipio de categoría 58 o 68, de acuerdo con la Ley 617 de 2000 o aquella que la modifique o sustituya”.
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De igual forma, es necesario que en la población en la que se piense implementar el proyecto no estén autorizadas plantas de beneficio animal que hagan parte de la categoría nacional. Además, se debe hacer parte del Plan de Racionalización de Plantas de Beneficio Animal que figure en el respectivo departamento “o que figure como no acogido”.
En el documento se recalca en que al contar con la autorización para acogerse a la medida, los propietarios o tenedores de las plantas son los únicos responsables de mantener su establecimiento en las condiciones sanitarias determinadas “para el funcionamiento de la planta de beneficio categoría autoconsumo”.
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