
La pólvora es un producto que desde hace muchos años se encuentra presente en diferentes tipos de celebraciones, pero sobre todo en las festividades de fin de año, pese a que su uso está restringido en el país.
Debido al número de personas que resulta quemada año tras año por el mal uso que se le da a este peligroso producto, el Gobierno nacional prepara un decreto con el que se busca incrementar las sanciones para quienes vendan y usen pólvora en el país.
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El texto en proceso pretende modificar el Decreto 1066 de 2015, el cual prohibirá la venta y la manipulación de pólvora, artículos pirotécnicos, fuegos artificiales, globos aerostáticos de pirotecnia.
Un informe publicado por Red+ presenta el decreto con el que se busca reglamentar el uso, fabricación, transporte, manipulación, comercialización, almacenamiento, compra y venta de pólvora y todos sus derivados, en todo el territorio nacional.
En el texto se le adicionará al artículo 2 de este Decreto lo siguiente: “La reglamentación, el uso, la fabricación, manipulación, transporte, almacenamiento, comercialización, compra y venta de pólvora y productos pirotécnicos, fuegos artificiales o globos aerostáticos de pirotecnia, así como las materias primas controladas utilizadas para la elaboración de estos, las sanciones, los criterios y condiciones técnicas para la evaluación y mitigación de los riesgos que se derivan de tales actividades”.
En el documento también se mencionan los ámbitos de aplicación, los cuales rigen tanto para las personas como para las empresas que sean nacionales o extranjeras que funcionen en el país.
En cuanto a los menores de edad el decreto especifica que habrá una protección especial para niños, niñas y adolescentes. Para esta población queda completamente prohibida la venta y la manipulación de pólvora y todos sus derivados. En este aparte también se incluye a las personas que estén en estado de alicoramiento o bajo el efecto de sustancias psicoactivas y prohibidas.

Otra de las medidas que se tomarán es para aquellas personas a quienes sean sorprendidas con este tipo de elementos los cuales serán incautados y luego estos individuos serán puestos a disposición de las respectivas autoridades.
Así mismo, estará prohibida la producción total de los artículos que contengan fósforo blanco.
Sin embargo, se establecen unos requisitos para que las autoridades territoriales deberán exigir para poder autorizar el uso de la pólvora y que será expedida por los diferentes alcaldes municipales o distritales. “De conformidad con los dispuesto en la leyes 670 de 2001, 1801 de 2016 y la 2224 de 2022″.
Para aquellas personas que estén interesadas en hacer uso de pólvora y sus derivados, tendrán que esperar la respectiva autorización en un plazo no mayor a 10 días hábiles y también deberán cumplir con los siguientes requisitos:
- Ser mayor de edad, con conocimientos técnicos y con experiencia en el manejo de pólvora o cualquiera de sus derivados.
- La solicitud debe tener clara la información de las zonas, fechas y horarios en los que se hará uso de estos artículos.
- En el caso de espectáculos o demostraciones públicas con artículos pirotécnicos de categoría tres, los lugares deberán contar con las condiciones establecidas y estar autorizados por las autoridades pertinentes.
- Así mismo, las condiciones de seguridad humana y medidas de protección contra incendios para aquellos sitios en los que se produzca, almacene o distribuyan artículos con pólvora.
- Se tendrán requerimientos especiales en los casos en que el uso del material pirotécnico en algún medio de transporte.
Las sanciones para quienes incumplan con estas medidas van desde 1 a 200 Salarios Mínimos Mensuales Legales Vigentes, es decir que serían hasta de $232.000.000.
El documento está a la espera de la firma del ministro del Interior, el ministro de Justicia, el ministro de Defensa, el ministro de Salud y el presidente Gustavo Petro.
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