El presidente de la Federación Nacional de Comerciantes (Fenalco), Jaime Alberto Cabal, advirtió cómo se podría ver afectado el bolsillo de los colombianos con el proyecto de ley —radicado por el Ministerio de Hacienda y el Ministerio de Agricultura el 8 de noviembre en el Congreso—, que busca modificar los límites de incremento del impuesto predial unificado (IPU) en Colombia, es decir, definir cuál es el tope para el aumento en el impuesto.
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El líder gremial también señaló que este impuesto, además de afectar el derecho a tener una vivienda digna, podría afectar a los pensionados y a las familias a las que sus viviendas nos les generan ingresos y los podría obligar a venderlas.
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Y señaló que, de darse los incrementos, según los topes que fija el proyecto de ley, este impuesto también afectará el desarrollo del comercio y advirtió que sería abrir “el camino para un impuesto confiscatorio que terminaría en expropiación”.
Ministro de Hacienda defendió el proyecto
El ministro de Hacienda, Ricardo Bonilla, defendió la iniciativa exponiendo las ventajas que tendría el definir los límites máximos para el incremento del predial, diciendo que es “un alivio a los contribuyentes cuando los municipios le liquiden el impuesto predial”. Esto, pues los municipios están haciendo la actualización de los avalúos catastrales y lo que se busca es limitar el incremento en el predial.
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También dijo que el proyecto tiene los avalúos más claros y permite que todos los concejos municipales y las alcaldías organicen el pago del impuesto predial una vez entre en vigencia el avalúo catastral.
¿Cómo son los incrementos, según el proyecto de ley?
El proyecto, que busca modificar el artículo 6 de la Ley 44 de 1990, advierte que los incrementos máximos del IPU, de convertirse en ley de la República, quedarán fijados así:
Hasta el 50% el monto liquidado por el mismo concepto el año inmediatamente anterior para los predios urbanos, tanto para uso habitacional y comercial, que tengan un avalúo catastral mayor o igual a 135 salarios mínimos mensuales legales vigentes (smmlv), es decir, unos $156.600.000; hasta un 100% para los predios urbanos con avalúo entre 135 y 250 smmlv, unos $290.000.000; hasta el 150% para los predios urbanos con avalúo entre 250 y 350 smmlv, unos $406.000.000; hasta el 200% para predios urbanos y rurales con avalúos entre 350 y 500 smmlv, unos $580.000.000. Finalmente, advierte un aumento máximo del 350% del IPU para predios que superen los $580.000.000.
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El presidente de Fenalco puso como ejemplo que, de aprobarse el proyecto de ley, una persona dueña de un inmueble avaluado en $400.000.000 pasará de pagar $1.900.000 de impuesto predial a $3.400.000 o que una persona con un predio de $200.000.000 pasará, de pagar $800.000 de impuesto a cancelar, más o menos, $1.200.000.
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