
La Procuraduría General de la Nación le solicitó a la Corte Constitucional tumbar el artículo que permitió que la Fuerza Aérea Colombiana cambiara su nombre a Fuerza Aeroespacial Colombiana (FAC), el pasado mes de julio.
A través de un oficio firmado por la procuradora General de la Nación, Margarita Cabello, el Ministerio Público elevó la solicitud a la alta corte señalando que dicha norma debería ser impugnada, debido a que se modificó la Constitución Política colombiana, sin llevar a cabo el trámite pertinente.
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El diario El Tiempo informó que ha tenido conocimiento de una demanda de inconstitucionalidad presentada por tres ciudadanos contra el artículo 5 de la Ley 2302, a través del cual se modificó el nombre de la FAC. En dicha demanda se argumenta que se desconoció el principio de supremacía, es decir, que se alteró una denominación establecida en el artículo 217 de la Constitución Política, sin utilizar, según ellos, el procedimiento que debió ser un acto legislativo para modificar la Carta Magna colombiana.
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Lo anterior toma como base lo establecido en los artículos 216 y 217 de la Constitución Política en los que dice: “La Fuerza Pública estará compuesta exclusivamente por las Fuerzas Militares y la Policía Nacional y “la Nación contará con Fuerzas Militares permanentes conformadas por el Ejército, la Armada y la Fuerza Aérea”.

En el documento, los demandantes destacaron que aunque el Congreso efectivamente tiene el poder de hacer cambios a la Constitución Política, existen unos lineamientos legales que debe cumplir.
Bajo ese punto, la procuradora General de la Nación aseguró que “la demanda está llamada a prosperar, dado que mediante la normal legal demandada el Congreso modificó tácitamente una disposición constitucional sin adelantar el procedimiento especial de reforma”.
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El concepto, que de acuerdo con el diario El Tiempo fue remitido al despacho del magistrado Jorge Enrique Ibáñez, deberá ser analizado para así establecer una decisión.
El citado medio consultó a la hoy Fuerza Aeroespacial Colombiana (FAC) respecto a la demanda con la que buscaría tumbar su cambio de nombre. La institución sostuvo que la modificación no se hizo en contra de la Constitución Política de Colombia.
“Siendo claro que la Ley 2302 de 2023 no modificó la Constitución política en ninguno de sus apartes, pues el querer, según los debates surtido en Senado y Cámara, es de unificar y armonizar la denominación que se dé a la FAC, sin que tal situación constituya una contrariedad a la Constitución Política”, aseveró la FAC, comandada por el general Luis Carlos Córdoba.
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Estudiantes y profesores de la Clínica Jurídica de la Escuela de Derecho y Ciencias Políticas de la Universidad Pontificia Bolivariana (UPB Medellín) por su parte enviaron un concepto al magistrado Ibáñez, en el que tildan de “incoherente” la medida a través de la cual el Congreso modificó el nombre de la entonces Fuerza Aérea Colombiana (FAC).
“Resulta incoherente pretender modificar una denominación consagrada por el constituyente primario a través de ley ordinaria. Lo anterior, toda vez que la fuerza vinculante de la Constitución radica en la rigidez de la misma, esto es, un mayor grado de resistencia frente al cambio normativo”, se lee en el documento conocido por el diario bogotano.
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Por ahora, será el magistrado Ibañez el encargado de definir si la demanda es viable o no. Entre tanto, desde la Clínica Jurídica de la UPB Medellín, sostuvieron a El Tiempo que el cambio de nombre de la institución aérea puede esperar hasta que no se realice de la manera adecuada.
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