
Según datos entregados por el Departamento Administrativo Nacional de Estadística (Dane) en el informe de ‘Nacimientos de lo corrido del 2023′ en Colombia se registra que 169.305 personas han nacido con corte al mes de agosto de los cuales 87.021 son hombres, lo que equivale al (51,4%) y 82.267 mujeres que representan él (48,6%).
El informe también destaca que la mayoría de las mujeres que tuvieron bebés durante el mismo periodo estaban entre los 20 a 29 años. Mientras que 15 bebés fueron dados a luz por mujeres que estaban entre los 50 y 54 años en el país.
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Actualmente, las mujeres en Colombia tienen el derecho a acceder a una licencia que dura cerca de 18 semanas –4 meses en promedio–, esto con el objetivo de que el recién nacido cuente con la compañía de su núcleo más cercano y a su vez tenga los cuidados necesarios durante su proceso de crecimiento.
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Sobre la licencia de paternidad es necesario entender que este es un derecho que se le otorga al padre biológico o la figura que haya adoptado al menor y que se esté afiliado a una Entidad Promotora de Salud (EPS), que esté cotizando, para que puedan cuidar y compartir tiempo con su hijo.
Respecto al pago de esta, Juan David Moreno Gómez, gerente de Moreno Bedoya & Asociados S.A.S., comentó en entrevista para Infobae Colombia ‘’(…) lo debe realizar el empleador, quien posteriormente deberá adelantar los trámites pertinentes ante la EPS en que se encuentra afiliado el trabajador, para que le reconozca el pago de la misma’'.
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Durante el tiempo que el padre esté con el bebé deberá recibir la remuneración habitual de sus funciones, conforme a la Ley 1822 de 2017, en esta norma también sostiene que en caso de que el padre no tenga un salario fijo se tomará en cuenta el promedio que devengue según el último año laborado.
En esta línea, Luis Fernando Olivera Arévalo conversó con Infobae Colombia para relatar su experiencia luego de tener a su primera hija el 14 de febrero del 2023, él se desempeña como director de contabilidad en Morango S.A.S., y para la fecha contó con 14 días de licencia.
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Según Olivera la compañía le ha brindado todas las facilidades durante el proceso y no tuvo inconvenientes con el pago de su salario mensual.
Pero en caso de que la EPS no quiera reconocer la licencia de paternidad, cuál sería el paso a paso a seguir:
- Verificar la razón por la cual la EPS se niega hacer el reconocimiento.
- Si no existe una justa causa que impida el pago de la licencia, se puede acudir a la superintendencia de salud.
- Conforme a la revisión que haga la Superintendencia de Salud se podrá adelantar las acciones si existe razón.
Tenga en cuenta que gracias a la reforma Laboral que se aprobó en julio 2023 los padres pueden acceder a una licencia de dos semanas, pero este tiempo aumentará progresivamente hasta alcanzar las doce semanas en el 2025. Lo que quiere decir que para el 2023 la licencia se ampliará a cinco semanas y en el 2024 aumentará a ocho semanas intransferibles.
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¿Qué pasa si el padre no está interesado en tomar la licencia?

No está obligado a hacerlo, porque la licencia es un derecho que se concede para cuidar y compartir tiempo con su hijo recién nacido o adoptado, pero no es una obligación. Si el padre decide no tomar la licencia de paternidad, puede continuar trabajando normalmente y no está sujeto a ninguna sanción por no hacer uso del beneficio.
Si, por el contrario, quiere acceder al beneficio y no se le permite por parte del empleador acceder al derecho, el padre podrá acudir ante el Ministerio de Trabajo y presentar la respectiva denuncia. Si la negativa se da por parte de la EPS, debe acudir a la Superintendencia de Salud, para lo que es necesario estar acompañado de un profesional del derecho para recibir la mejor orientación jurídica.
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Tiempo de la licencia en Colombia frente a otras naciones

En el más reciente informe de la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económico (Ocde), el país se ubica como una de las naciones que brinda menos tiempo para los padres con sus hijos recién nacidos y se ubicaría por debajo de la tendencia.
Colombia hace parte del listado de países con menos semanas de licencia de paternidad junto a: Letonia, Costa Rica, Austria, Dinamarca, Polonia, Reino Unido, Italia, República Checa y Suiza.
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El promedio de la Ocde es de 10 semanas, pero existen naciones que incluso superan este margen como Corea del Sur que ofrece (54 semanas), Japón que da (52 semanas) e incluso Francia con (31 semanas).
Mirada económica de la licencia

En el último reporte del Grupo de Análisis del Mercado Laboral de la subgerencia de política monetaria del Banco de la República se alertó que la reforma Laboral (que incorpora la licencia de paternidad) tendría un costo significativo para las Entidades Promotoras de Salud (EPS) en el país.
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Según la entidad, el costo de una licencia que llega a 12 semanas alcanzaría en el escenario más elevado económicamente los $6,42 billones y en su contraparte el menor valor estaría alrededor de los $4,44 billones.
Uno de los expertos del reporte Leonardo Bonilla, hijo del ministro de Hacienda Ricardo Bonilla González, mencionó al respecto: ‘’(…) para el 2025 el sobrecosto se calcularía como los nacimientos multiplicados por la probabilidad de participación masculina en el mercado laboral (0,76) multiplicado por la probabilidad de estar ocupado (0,92) y tener un empleo formal (0,46)´´.
Tipos de licencias

Licencia de paternidad compartida
Es otra de las opciones a las que puede optar un padre de familia para distribuir las últimas seis semanas con las que cuenta la madre para que el tiempo sea más equitativo.
En el portal web de la Nueva EPS se informa a quienes estén interesados en acceder a la licencia que deben tener en cuenta:
- Empezará a regir desde la fecha del parto. Excepto en los casos en los que el médico determine que la madre debe tomar entre una o dos semanas de licencia previas a la fecha probable del parto o por decisión de la madre.
- La licencia es remunerada con base en el salario de quien disfrute del beneficio por el período correspondiente. Su pago está a cargo del respectivo empleador o EPS acorde con la normatividad vigente.
Requisitos para cumplir
- Presentar el registro civil de nacimiento ante la Entidad Promotora de Salud dentro de los 30 días siguientes a la fecha de nacimiento del menor.
- Debe existir un acuerdo previo entre los padres sobre la distribución de las semanas de licencia (por lo que estos deben realizar un escrito firmado donde se sustente la distribución que se acordó) y presentarla ante los empleadores en un tiempo que no supere los 30 días del recién nacido.
- En el certificado se debe sustentar: estado de embarazo de la mujer o constancia del nacimiento del menor, indicación el día probable del parto o la fecha del nacimiento del menor e indicación del día desde el cual empezarían las licencias del padre y la madre.

Licencia parental flexible de tiempo parcial
La madre y el padre pueden cambiar un periodo de su (licencia de maternidad o de paternidad) por un período de trabajo de medio tiempo que equivalga al doble del período de tiempo seleccionado:
Los padres podrán usar esta figura antes de la semana dos de su licencia de paternidad, las madres a no antes de la semana trece 13 de su licencia de maternidad.
El tiempo parcial se contará a partir de la fecha del parto. Los periodos seleccionados para la licencia parental flexible no podrán interrumpirse, deberán ser continuos, excepto en los casos en que medie acuerdo entre el empleador y el trabajador.
La licencia parental flexible de tiempo parcial será remunerada con base en el salario por el período correspondiente. El pago de la misma estará a cargo del respectivo empleador o EPS. El pago del salario regirá acorde con la normatividad vigente.
La licencia parental flexible de tiempo parcial también podrá ser utilizada por madres o padres que también hagan uso de la licencia parental compartida.
Requisitos para ser beneficiario
- Presentar el registro civil de nacimiento a la EPS en los 30 días siguientes a la fecha de nacimiento del menor.
- Debe existir mutuo acuerdo entre los padres sobre la distribución de las semanas de licencia. Ambos padres deben realizar un documento firmado y presentarlo ante sus empleadores en un término de treinta 30 días contados a partir del nacimiento del menor.
- Certificado médico donde se informe: estado de embarazo de la mujer o constancia del nacimiento del menor; indicación del día probable del parto o la fecha del nacimiento del menor y sugerencia del día desde el cual empezarían las licencias de cada uno.
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