
Sergio Andrés Duarte Muñoz, conocido como alias ‘Checho’ miembro de la estructura Jorge Briceño Suárez de las disidencias de las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (Farc), fue condenado a más de 17 años de prisión luego de ser declarado culpable por estar relacionado en el asesinato de un firmante del Acuerdo de Paz.
La víctima del hecho Duban Arley Galindez Navia, era un reincorporado que hizo parte del acuerdo firmado en el 2016 con la extinta guerrilla de las Farc y el Gobierno de Juan Manuel Santos en La Habana, Cuba.
Datos del Consejo Nacional de Reincorporación indican que en lo corrido del año (2023), 15 firmantes de paz han sido asesinados por cuenta de grupos armados ilegales, principalmente en Cauca, Guaviare y Meta.
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Detalles del delito
Según la información recopilada de la Fiscalía, los hechos se registraron el 2 de enero del 2021 en el barrio Antioquia, en la ciudad de Cartagena del Chairá, en el departamento del Caquetá. Conforme al material probatorio de la Unidad Especial de Investigación (UEI) el guerrillero participó en el crimen de Galindez Navia, cuando salía de un establecimiento comercial.
Alias Checo fue condenado por los delitos de: homicidios agravados, fabricación, tráfico, porte o tenencia de armas de fuego, accesorios, partes o municiones y concierto para delinquir agravado. A su vez, el hombre deberá pagar una multa de 1.350 salarios mínimos legales mensuales vigentes.
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Corte Constitucional citó audiencia para la protección de los firmantes del Acuerdo de Paz
La Corte Constitucional informó que realizará una audiencia de seguimiento al cumplimiento de las órdenes impartidas en la Sentencia SU-020 de 2022, la cual declaró el estado de cosas inconstitucional en materia de garantías de seguridad para la población firmante del Acuerdo Final de Paz.
Para el tribunal es preocupante la ausencia de respuesta de la Unidad Nacional de Protección frente a los requerimientos de información efectuados por la Corte, así como los hallazgos al interior de la entidad sobre situaciones que obstaculizan el debido funcionamiento de los programas de protección para la población firmante.
En la decisión de la Corte Constitucional se consideró que la función de proteger vidas humanas sometidas a un riesgo extraordinario, extremo o inminente no puede depender a la realización de trámites o procedimientos excesivos para asegurar el cumplimiento de contratos suscritos con particulares, ni puede suspenderse por razones de orden administrativo o contractual.
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Riesgos de los firmantes de paz: atentados, homicidios y desplazamientos forzados
Hasta la fecha, 355 exguerrilleros de las Farc, que dejaron las armas en 2016, han sido asesinados en Colombia.
Para la magistrada Cristina Pardo Schlesinger es muy importante hacer un seguimiento estricto al cumplimiento de las órdenes dirigidas a la UNP para proteger la vida de los firmantes del Acuerdo Final de Paz.
“Estas órdenes se traducen en la materialización efectiva de las medidas idóneas de protección colectivas e individuales, desde una perspectiva de seguridad humana. Para lo cual las entidades deben atender el principio de presunción del riesgo de la población firmante del Acuerdo y aplicar estrategias y planes de priorización –con base en criterios técnicos y humanitarios– para los lugares y las personas especialmente afectadas”, puntualizó la magistrada.
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Igualmente, exhortó a la UNP a cumplir las órdenes dictadas en dicha sentencia, así como aquellas proferidas por la Jurisdicción Especial para la Paz para proteger la vida de los firmantes.
Hay que destacar que a la audiencia fueron convocados el ministro del Interior, el director de la UNP, el subdirector Especializado de Seguridad y Protección de la UNP, la directora de la Unidad para la Implementación del Acuerdo Final de Paz, la procuradora delegada para el Seguimiento al Acuerdo Final de Paz.
También participarán los delegados o delegadas de los firmantes de dicho Acuerdo ante la Comisión de Seguimiento Impulso y Verificación de la Implementación del Acuerdo Final de Paz (CSIVI) y ante el Consejo Nacional de Reincorporación (CNR).
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Excombatientes solicitaron que sus seguros exequiales sean reactivados
Desde el Componente Comunes del Consejo Nacional de Reincorporación (CNR) denunciaron que la situación de violencia que viven se agrava ahora que ya no están cobijados por los servicios exequibles de los que son beneficiarios como reincorporados.
“Hacemos un llamado para que los seguros exequiales que funcionaron hasta el 5 de julio sean reactivados. Desafortunadamente, seguimos en la lógica de asesinatos de los firmantes, en los últimos dos asesinatos que tuvimos en Tolima y en el Puerto Rico, Caquetá, ya no se tuvo acceso al seguro”, señaló en Twitter Laura Vega, delegada del Componente Comunes CNR.
De acuerdo con la delegada, la falta de servicios exequiales representa una dificultad más que los familiares de las víctimas deberán asumir, pues el vencimiento de estos implica que tengan que costear ellos mismos los gastos funerarios que requieran para sus seres queridos.
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En la petición, publicada en Twitter por el Componente Comunes del CNR, se hizo un llamado urgente a la Agencia para la Reincorporación y la Normalización (ARN), a la Agencia para la Reincorporación y la Normalización, a la Misión de Verificación de la ONU en Colombia y a los países garantes del Acuerdo de Paz.
De acuerdo con el Auto SAR AI 067 de 2021 emitido por la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), la ARN es la responsable de adelantar actuaciones específicas a favor de las familias de excombatientes asesinados.

En esa medida, por orden de la JEP debe cumplir con las siguientes responsabilidades:
- Garantizar el pago del seguro de vida por la muerte de los excombatientes a sus beneficiarios
- Efectuar el pago de los gastos funerarios de los excombatientes
También quedó bajo su responsabilidad garantizar el ingreso básico a los hijos e hijas de reincorporados asesinados. Esto, “hasta tanto se hayan implementado efectivamente acciones de acompañamiento de las familias de los reincorporados que hayan tenido que abandonar los ETCR y de los excombatientes que hayan sido asesinados”, puntualizó la JEP en su decisión.
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Las órdenes de la Jurisdicción surgieron ante la realidad de desprotección de los firmantes. Pues, según indicó la ARN a la JEP, cuando un reincorporado fallece, el ingreso básico del que se beneficiaba se suspende inmediatamente y no puede ser transferido a ningún familiar. De ahí la medida que garantiza el pago de ese subsidio a los hijos e hijas de los firmantes asesinados.
Además, de eso, “no garantiza el pago de las pólizas respecto de los combatientes asesinados, por lo cual es claro que estas personas quedan en una situación de desprotección”, se lee en el Auto de la JEP.
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