Contratos que superan los $45.000 millones fueron firmados en Cali un día antes de la vigencia de la Ley de Garantías

Una organización de la ciudad divulgó que el 28 de junio la alcaldía firmó un total de 41 convenios interadministrativos

Panorámica La Ermita y Bulevard del Río en Cali.
En lo corrido de 2023, la Alcaldía de Cali ha firmado un total de 152 convenios interadministrativos. Foto: Alcaldía de Cali
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A partir del 29 de junio de 2023 entró en vigencia la Ley 996 de 2005 o Ley de Garantías electorales, con la que se paraliza cualquier tipo de contracción desde las entidades públicas, esto con el fin de promover el ejercicio equitativo y transparente de la democracia.

Ahora algunas organizaciones publican las contrataciones que hicieron algunas entidades antes de esta fecha, como Mi Cali Contrata Bien, que divulgó que el 28 de junio la alcaldía de esa ciudad firmó un total de 41 convenios interadministrativos por más de 45.000 millones de pesos.

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“La Alcaldía de Cali firmó convenios interadministrativos por un total de $45 mil millones. Dentro del top tres de organismos que realizaron contrataciones se encuentran: Educación, con tres contratos por $15.361 millones con el Icetex y Emcali; Cultura, con 4 contratos por $7.083 millones firmados con Corfecali y el Fondo Mixto de Cultura y las Artes; así mismo se destaca la Secretaría de Salud, ya que firmó 11 con las redes de salud de Cali y el Hospital Geriatrico y Ancianato San Miguel por $3.115 millones”, informó Mi Cali Contrata Bien.

Mi Cali Contrata Bien denuncia que un día antes de entrar en vigencia la Ley de Garantías, la Alcaldía de Cali firmó 41 convenios interadministrativos.
Mi Cali Contrata Bien denuncia que un día antes de entrar en vigencia la Ley de Garantías, la Alcaldía de Cali firmó 41 convenios interadministrativos.

Del mismo modo, como lo señala esta organización, la alcaldía que preside Jorge Iván Ospina firmó en lo corrido de 2023 un total de 152 convenios interadministrativos, lo que quiere decir, que tan solo los celebrados el pasado 28 de junio representaron el 35% de esta cifra.

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Lo que determina la Ley

Según señala la norma, bajo esta ley se prohíbe a los gobernadores, alcaldes, secretarios, gerentes y directores de entidades estatales del orden municipal, departamental y distrital celebrar convenios interadministrativos para ejecutar recursos públicos durante los cuatro meses anteriores a cualquier elección.

También está prohibido participar o promover reuniones de carácter proselitista. También destinar recursos públicos de las entidades a su cargo o de las que participen como miembros de sus juntas directivas, para reuniones de carácter proselitista.

Tampoco los funcionarios podrán inaugurar obras públicas donde participen candidatos o sus voceros. Así mismo, dar inicio a programas sociales donde participen candidatos o sus voceros.

La norma establece que no se pueden utilizar bienes muebles o inmuebles de carácter público para actividades proselitistas. De igual manera, facilitar el alojamiento o transporte de electores de candidatos a cargos de elección popular o por mediación de sus voceros.

Por último, tampoco se podrá modificar la nómina, excepto en faltas definitivas como muerte, renuncia irrevocable o la aplicación de normas de carrera administrativa.

Al mismo tiempo, la ley de garantías prohíbe a los empleados públicos.

1. Frente a subalternos: no puede acosarlos, presionarlos o determinarlos, en cualquier forma, para que respalden alguna causa, campaña o controversia política.

2. Frente a propaganda electoral: no puede difundirla, ni publicarla en ningún medio: televisión, radio, imprenta pública.

3. Frente a quienes dentro de la entidad a su cargo participan en su misma causa o campaña política: no puede favorecerlos con promociones, bonificaciones, o ascensos indebidos.

4. Frente a los ciudadanos o comunidades: no puede ofrecerles beneficios directos, particulares, inmediatos e indebidos, mediante obras o actuaciones administrativas, con el fin de influir en su intención del voto.

5. Frente a funcionarios de carrera: no puede despedirlos aduciendo razones de “buen servicio”.

La Ley de Garantías finalizará una vez concluida la jornada electoral, prevista para el 29 de octubre de 2023, cuando termina el periodo constitucional para el que fueron elegidos, el pasado 27 de octubre de 2019, gobernadores, alcaldes, diputados departamentales, concejales de ciudades y municipios, y ediles de las Juntas Administradoras Locales (JAL).

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