
La disputa prolongada entre el Distrito y CGR Doña Juana, el operador del relleno sanitario, continuará con un nuevo capítulo en el Consejo de Estado. La Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos (Uaesp) presentó formalmente una solicitud de anulación del fallo arbitral en el cual un tribunal de arbitraje ordenó a la administración local pagar 64.000 millones de pesos a la empresa privada debido a incumplimientos en los términos del contrato. La petición tiene como objetivo que los magistrados eximan a Bogotá de la obligación de indemnizar al operador.
Es importante destacar que, desde el inicio del proceso de arbitraje, CGR (operador del relleno Doña Juana desde 2010) argumentó que la tarifa estipulada en el contrato era insuficiente para llevar a cabo sus labores. Después de analizar las pruebas presentadas, los árbitros respaldaron su reclamo y señalaron que la Uaesp incumplió el contrato al establecer tarifas inadecuadas para el tratamiento de lixiviados, lo cual afectó el contrato y provocó la crisis económica del operador.
La relevancia del tratamiento de lixiviados se debe a la generación de líquidos durante el proceso de fermentación y descomposición de la materia orgánica, como consecuencia de la filtración de agua procedente de las lluvias que percolan entre los residuos y arrastran compuestos químicos, por lo que puede generar problemas graves de contaminación.
Es por esto que, el tribunal de arbitraje determinó que la Uaesp infringió la ley al no calcular correctamente el valor del riesgo de optimización de la planta de lixiviados y declaró inválidas las cláusulas que obligaban al contratista a construir dicha planta. También se encontró que la Uaesp incumplió un acuerdo en relación con la disposición de residuos mixtos (una mezcla de basura y escombros) y se le ordenó devolver el dinero por reparaciones realizadas en el relleno. En total, el fallo arbitral estableció el pago de aproximadamente 64.000 millones de pesos.
Después de la decisión, el distrito manifestó su desacuerdo y en la demanda presentada ante el Consejo de Estado, se centró en solicitar la anulación específica de los puntos relacionados con los pagos. Se argumentó que los árbitros no tenían competencia para pronunciarse sobre asuntos relacionados con las tarifas de servicios públicos, ya que eso corresponde a las comisiones de regulación.
Por otro lado, el distrito señaló que los asuntos considerados como cosa juzgada, en particular la optimización de la planta de lixiviados, eran obligaciones contractuales del operador y no debían ser objeto de pronunciamiento por parte de los árbitros.
De igual manera, mientras los magistrados evalúan la solicitud, el distrito le solicitó la suspensión de la aplicación del fallo arbitral para evitar que el operador cobre antes de que se tome una decisión por parte del Consejo de Estado.

Según indicó la administración local, la razón detrás de esta solicitud es prevenir posibles consecuencias financieras para el Distrito, ya que, de realizar el pago basado en decisiones arbitrales que posteriormente podrían ser anuladas; generaría dificultades en la recuperación de los fondos en caso de que las peticiones de anulación sean exitosas:
En caso de que el alto tribunal emita una decisión favorable, el distrito no solo recuperaría el control del relleno sanitario en 2025, sino que también estaría exento del pago multimillonario. Se espera que la resolución del Consejo de Estado se conozca hacia finales de este año.
¿Por qué se generó el fallo?
En 2010, CGR obtuvo un contrato por 229 mil millones de pesos para la administración, operación y mantenimiento integral del relleno sanitario Doña Juana, que incluía la disposición final de residuos sólidos y el tratamiento de lixiviados.
A pesar de haber presentado la oferta más económica, el consorcio asumió la responsabilidad de gestionar las 6.300 toneladas de basura que ingresan diariamente al relleno, según los términos del contrato, CGR estaría a cargo de la administración hasta el 2024, cuando se alcanzaría la capacidad máxima de operación.
En la demanda presentada se menciona que, “el Contrato de Concesión 344 de 2010 ha sido remunerado inadecuadamente desde el inicio de su ejecución el 16 de diciembre de 2010″. Con esta demanda, el consorcio busca demostrar ante el tribunal que:
- No encontraron la planta de tratamiento de lixiviados en las condiciones que decía la licitación. Es decir, que estaría peor de lo que pensaron.
- Que la plata del contrato no les alcanza para cubrir los gastos reales de la operación de la planta.
- Que la resolución de 2015 de la CRA (Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico), que cambió la reglamentación de la disposición de residuos sólidos, implicó nuevas exigencias para el operador y, por lo tanto, nuevos gastos que afectaron sus finanzas.
- Los problemas en los pagos que se presentaron en la alcaldía de Gustavo Petro con el cambio de modelo de basuras y en la licitación de Enrique Peñalosa también afectaron sus finanzas.
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