Los centros penitenciarios de la capital del Atlántico, Modelo, Distrital El Bosque y Buen Pastor, han recibido equipos de atención médica para presos y funcionarios del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (Inpec), con el objetivo de prevenir y atender diferentes enfermedades.
Las personas privadas de la libertad en las Unidades de Reacción Inmediata (URI) de la ciudad también han contado con los servicios de la red de atención en salud MiRed Barranquilla IPS.
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De acuerdo con la Alcaldía de Barranquilla, por medio de la Secretaría de Salud se han llevado a cabo jornadas de vacunación contra la hepatitis B, el covid-19, la influenza y, para mujeres que están en edad fértil, contra el toxoide tetánico.
También, han llevado a cabo acciones de formación sobre salud sexual y reproductiva, con el objetivo de identificar y prevenir infecciones de transmisión sexual. Para ello, también hicieron entrega de preservativos, pruebas rápidas para la detección temprana del el virus de la inmunodeficiencia humana (VIH).
Asimismo, MiRed IPS desarrolló charlas para prevenir infecciones respiratorias y para controlar la hipertensión dentro de los centros penitenciarios.
Las EPS de régimen contributivo y subsidiado también han prestado servicios de atención en salud general para los presos y personas privadas de la libertad de forma temporal, que se encuentran en estaciones de policía y en Centros de Atención Inmediata.
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“Estas actividades individuales se vienen haciendo de manera permanente; hay un cronograma de trabajo para llevar a estos centros carcelarios, medicina preventiva y mejorar las condiciones de salud de los internos”, señaló Humberto Mendoza Charris, secretario de Salud de Barranquilla.
Violación del derecho a la salud en centros carcelarios de Colombia
Según la fundación Movimiento Cárceles al Desnudo de Colombia, a diario reciben por lo menos 30 denuncias por falta de atención en salud a hombres y mujeres privadas de la libertad. “Tenemos personas con enfermedades catastróficas como VIH, TB, cáncer, personas que se mueren esperando un tratamiento”, dijo la defensora de derechos humanos y directora de la organización, Esmeralda Echeverri.
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Los centros penitenciarios de Colombia tienen un hacinamiento del 20%, de acuerdo con datos de la fundación. Esto permite que las enfermedades se propaguen con mayor facilidad.
La tuberculosis, por ejemplo, es una de esas enfermedades que más pondera en las cárceles del país. Para 2021 ya había un conteo de 97.000 internos infectados con esta afección que recae en los pulmones.
Y, además de las enfermedades físicas, también hay casos en los que la salud mental de las personas privadas de la libertad no ha sido atendida con la relevancia que demandan. El 5 de abril de 2022 la Corte Constitucional emitió la Sentencia T-034-22, en la que estableció que el Inpec y la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (Uspec) violaron el derecho a la salud de los internos de las cárceles de Jamundí y Cómbita.
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Según un boletín de la institución, dos presos de dichos centros penitenciarios interpusieron dos tutelas en las que argumentaban que su derecho a la salud estaba siendo violado. Uno de ellos presentaba depresión y trastorno de ansiedad; otro tenía esquizofrenia paranoide y alucinaciones auditivas.
En el primer caso, la Corte dijo que el preso no fue examinado por un especialista en psiquiatría, como habían ordenado sus médicos tratantes. “Para la Sala este hecho es bastante reprochable, teniendo en cuenta que existía un concepto anterior en el que se advertía que el interno sufría un cuadro de depresión de tal gravedad que, para el especialista, existía alto riesgo de suicidio y su estado de salud era incompatible con el encarcelamiento intramural formal”, explicó la institución.
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Por ello, la Corte Constitucional ordenó a la Uspec que la persona privada de la libertad en Jamundí recibiera la atención de un médico especializado en psiquiatría en un término de cinco días.
En el segundo caso, especialistas habían advertido que el estado de salud mental del interno no era compatible con la vida en reclusión, por lo que ordenaron que fuera remitido a un centro de atención psiquiátrico. Eso no se hizo.
Por ello, la institución de la Rama Judicial estableció en la sentencia que, en un término de 48 horas, el Inpec y la Uspec solicitaran al Instituto Nacional de Medicina Legal la valoración en psiquiatría del interno. Esto, para determinar si podía o no permanecer en un centro penitenciario.
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