
Los casos de maltrato animal en el país siguen sucediendo, y a pesar de las leyes que protegen a los animales y los describen como seres sintientes, la Fiscalía General de la Nación anunció tres casos de intolerancia que terminaron con la muerte de un perro, un gato y lesiones graves a un tercer canino.
En un informe que compartió la Fiscalía General de la Nación, se dieron a conocer tres casos de intolerancia hacia animales donde sus agresores fueron imputados con el delito de maltrato animal agravado.
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Según el comunicado, fiscales del Grupo Especial para la Lucha contra el Maltrato Animal (GELMA), realizaron imputaciones en contra de los responsables por las muertes de la canina Susy y de la gata Berlín, quienes, en hechos de intolerancia, perdieron su vida.
El primer caso tiene que ver con la agresión que sufrió la canina Susy. Según la Fiscalía, los hechos se presentaron el 16 de marzo de 2022 en el barrio Robledo en Medellín, capital del departamento de Antioquia.
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Según la información que compartió la Fiscalía, Susy, quien era propiedad de unos vecinos del barrio Robledo, recibió una patada por parte de Howard Orejuela que, en un ataque de intolerancia, golpeó a la perra porque, al parecer, le ladró.
Luego de la agresión, los dueños de la canina reportaron que Susy comenzó a vomitar y tuvo que ser trasladada de urgencias a un médico veterinario, pero allí falleció.
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Por este hecho de intolerancia, que llevó a la agresión y posterior muerte de Susy, Howard Orejuela fue imputado por el delito de maltrato animal agravado.
El segundo caso que compartió la Fiscalía, está relacionado con hechos que ocurrieron el 23 de junio de 2022 en el municipio de Itagüí, departamento de Antioquia.
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De acuerdo con la investigación realizada por los miembros del GELMA, Ramón Antonio Vásquez Agudelo le habría causado la muerte a un gato llamado Berlín, porque, según los relatos, el hombre presuntamente lo golpeó con un palo.
Por los hechos que le causaron la muerte al felino, Vásquez Agudelo fue imputado por el delito de maltrato animal agravado.
El último caso que dio a conocer en el informe la Fiscalía, tiene que ver con una perra llamada Maya, la cual, sufrió graves lesiones luego de que sus dueños le amarraron con alambre los genitales para evitar que quedará en embarazo.
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Por estos hechos, los dueños de Maya fueron condenados a 10 meses de prisión e inhabilitados para tener animales por el mismo tiempo.
Así lo confirmó la Fiscalía en el comunicado, “a 10 meses de prisión e inhabilidad para la tenencia de animales por el mismo tiempo fueron condenadas dos personas que le generaron graves lesiones a una canina de su propiedad llamada ‘Maya’”.
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Por los hechos que, según el Grupo Especial para la Lucha contra el Maltrato Animal, sucedieron en zona rural de Toledo, departamento de Norte de Santander en enero de 2021, los agresores fueron declarados responsables del delito de maltrato animal.
Ley 1774 de 2016
La ley aprobada el 6 de enero de 2016 estipula que los animales son seres sintientes y no son cosas; por tal motivo, deben recibir una protección especial para evitar el dolor y el sufrimiento, en especial, el que sea causado directa o indirectamente por los humanos.
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El trato hacia los animales, según la ley, se debe basar en el respeto, la solidaridad, la compasión, la ética, la justicia, el cuidado, la prevención del sufrimiento, la erradicación del cautiverio y el abandono.
Por otro lado, el bienestar de los seres vivos radica en cinco principios mínimos, los cuales, su cuidador debe cumplir. Entre estos principios se encuentran que no sufran hambre, sed, malestar físico o dolor; que no se le provoquen enfermedades por negligencia o descuido, que no sean sometidos a miedo o estrés y que puedan manifestar su comportamiento natural.
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Según la ley, “el que, por cualquier medio o procedimiento maltrate a un animal doméstico, amansado, silvestre vertebrado o exótico vertebrado, causándole la muerte o lesiones que menoscaben gravemente su salud o integridad física, incurrirá en pena de prisión de doce (12) a treinta y seis (36) meses, e inhabilidad especial de uno (1) a tres (3) años para el ejercicio de profesión, oficio, comercio o tenencia que tenga relación con los animales y multa de cinco (5) a sesenta (60) salarios mínimos mensuales legales vigentes”.
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