
Varias organizaciones sindicales de la Rama Judicial citaron a una rueda de prensa el miércoles 25 de enero para referirse a los inconvenientes que enfrentan en los juzgados del país y pidieron al Consejo Superior de la Judicatura reconsiderar el Acuerdo 12024 de 2022, que establece condiciones —para ellos— imposibles para acceder a la modalidad de teletrabajo. Añadieron que, si esta entidad no atiende sus solicitudes pronto, considerarían los cierres forzosos de estas instalaciones judiciales a modo de protesta.
El mencionado acuerdo tiene como propósito reglamentar el teletrabajo para los funcionarios judiciales. Esa modalidad ha demostrado una serie de ventajas para todos los involucrados en el proceso de justicia: los jueces y abogados dicen tener más tiempo para compartir con su familia —algo que, dicen los sindicalistas, es especialmente valioso para madres y padres de familia—, mientras que otros miembros de la sociedad civil, como los periodistas, pueden informar en tiempo real y con detalle las decisiones judiciales.
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En primer lugar, el acuerdo impide una modalidad de trabajo totalmente virtual: los funcionarios solo podrían trabajar desde casa tres días a la semana, con un día adicional para quienes tengan una condición de discapacidad, mujeres embarazadas y madres lactantes. Es decir, el resto de funcionarios debe asistir a los despachos al menos un día por semana.
Además del problema que representa el desplazamiento al despacho para quienes viven demasiado lejos del despacho o son padres y madres cabeza de familia, las condiciones de estos no son las mejores para trabajar. Para la muestra, un botón: según el reconocido abogado Francisco Bernate, además de la falta de internet —un recurso indispensable en la actualidad—, el Complejo Judicial de Paloquemao de Bogotá —el más grande de Colombia— “no solo no tiene internet, sino que, peor, ni baños tiene. Casi 3.000 usuarios al día en un lugar así”.
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Situaciones similares son denunciadas desde los despachos en todo el país: la infraestructura es deficiente y los equipos de cómputo están obsoletos. Entonces, los despachos no estarían preparados para recibir a tantos usuarios en simultánea sin saturarse.

Además, según los sindicatos, la modalidad de teletrabajo no es presentada en el acuerdo como una facilidad, sino como un premio cuyas condiciones de acceso son virtualmente inalcanzables.
Por ejemplo, aunque la Ley 1221 de 2008 dice que los empleadores son responsables de proveer y garantizar “el mantenimiento de los equipos de los teletrabajadores. conexiones, programas, valor de la energía y desplazamientos ordenados por él necesarios para desempeñar sus funciones”, el acuerdo dice que el trabajador judicial es responsable de proporcionar estas herramientas y, de no tenerlas, debe volver al despacho.
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Además, según la disposición del Consejo Superior de la Judicatura, los trabajadores judiciales que quieran aspirar a teletrabajar deben tener mínimo un año de antigüedad en el despacho, haber obtenido una calificación satisfactoria en el último periodo y tener un Índice de Evacuación Parcial superior al 80% en su despacho.
Otros reproches al acuerdo incluyen que no fue consultado con los trabajadores antes de su promulgación, que solo hay dos periodos en el año para tramitar el beneficio de teletrabajo y que la ARL —la misma que, según denuncian, ni siquiera proporciona descansapies para los escritorios— dé un concepto favorable sobre la instalación del trabajo en casa del funcionario.
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Con todo ello en cuenta, los funcionarios pidieron que el Consejo Superior de la Judicatura reconsidere estos puntos problemáticos del acuerdo, so pena de bloquear las instalaciones de los despachos si sus demandas no son atendidas.
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