Tribunal Electoral de Nuevo León rechazó los argumentos del INE para sancionar a Samuel García

A través de un video en Instagram, el gobernador electo por Movimiento Ciudadano, y su esposa, Mariana Rodríguez, celebraron la resolución

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(Video: Instagram/samuelgarcias)

El Tribunal Electoral del Estado de Nuevo León (TEENL) rechazó este sábado las razones que dio el Instituto Nacional Electoral (INE) para sancionar al partido Movimiento Ciudadano (MC) y a su abanderado, Samuel García, gobernador electo de dicha entidad.

De acuerdo con un video que difundió García Sepúlveda a través de sus redes sociales, el TEENL desestimó por unanimidad (dos votos en contra y uno a favor) que las publicaciones que realizó su esposa, Mariana Rodríguez Cantú, en su cuenta de Instagram durante actividades proselitistas, debieron ser consideradas como gastos de campaña electoral, además de contabilizarlas como aportaciones ilegales.

Y es que hace unos días el INE argumentó que la modelo e influencer está registrada como empresa ante el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI), por lo que resolvió interponer una multa de 55 millones de pesos, ya que señalaron que el número de publicaciones que realizó en su cuenta tienen un valor estimado de 28 millones de pesos.

Muchos analistas aseguran que la simpatía e influencia de Mariana en sus redes levantó la candidatura de su esposo (Foto: Instagram/samuelgarcias)
Muchos analistas aseguran que la simpatía e influencia de Mariana en sus redes levantó la candidatura de su esposo (Foto: Instagram/samuelgarcias)

Sin embargo, para las autoridades jurisdiccionales locales lo anterior no es válido porque es un hecho reconocido su vínculo matrimonial, por lo que su propaganda en redes fue un respaldo legítimo a la institución familiar.

Tanto Samuel como Mariana decidieron formar un proyecto de vida en común, el cual se encuentra protegido tanto por el orden convencional como constitucional y, a su vez, se materializa a través de la institución jurídica consagrada en el Código Civil de Nuevo León conocida como matrimonio”, se lee en el fallo del TEENL.

Por su parte, el político emecista destacó que lo más importante es que “la institución de matrimonio, el interés superior de la familia y la libertad de expresión y libre desarrollo de Mariana, están por encima de cualquier ley y reglamento, en este caso electoral, que pretenda cosificarla, callarla y restringirle sus derechos humanos”.

Sesión virtual del TEENL de este 30 de julio (Captura de pantalla)
Sesión virtual del TEENL de este 30 de julio (Captura de pantalla)

Asimismo, Rodríguez Cantú aprovechó para agradecer el apoyo le ha brindado tanto sus seguidores y como la población neolense.

El juicio había sido promovido por Robledo Leal y Daniel Galindo Cruz, representante legal del Partido Acción Nacional (PAN), quienes sostenían que la votación debía ser anulada, debido a que 192 casillas presentaban inconsistencias.

Al respecto, Horacio Tijerina, dirigente estatal de MC, afirmó que las resoluciones del INE no comprometen la elección que ganó Samuel García, quien rendirá protesta el próximo 4 de octubre.

Horacio Tijerina junto a Mariana y Samuel (Foto: Twitter/horaciotijerina)
Horacio Tijerina junto a Mariana y Samuel (Foto: Twitter/horaciotijerina)

Por otra parte, Tijerina aseguró que se han enterado únicamente por la prensa del otro asunto de sanción: la presunta triangulación de recursos indebidos por 14 millones de pesos de familiares del candidato ganador a su campaña.

“Sobre este caso (de la triangulación), como dirigencia no tenemos conocimiento más que el mediático de esa carpeta. Lo que sabemos es que no hay ninguna irregularidad en las aportaciones que hicieron los familiares, como militantes del partido. Nos basamos en que la Ley permite una cantidad que es de 20 millones de particulares a la campaña, y no se rebasó esa cantidad”

Según la investigación del órgano fiscalizador del INE arrojó que ni la madre, ni dos hermanos, tenían capacidad pecuniaria para solventar las erogaciones que hicieron al partido para hacerlas llegar al candidato.

Estos recursos, entre otros, fueron empleados, según registros para pago de bienes y servicios, publicidad, espectaculares, cobertura en medios, impresión e instalación de lonas y contratación de espectaculares.

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