
El Pleno de la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) impuso una multa por 237 millones 876,000 pesos a la empresa Praxair México, por incumplir “de manera reiterada y generalizada” los compromisos que asumió ante dicha autoridad para restaurar la competencia en los mercados de oxígeno, nitrógeno y argón líquido industrial distribuidos y comercializados a granel, informaron este martes.
En abril de 2014, la Autoridad Investigadora inició un procedimiento indagatorio por denuncia ante hechos que posiblemente implicaban actos, contratos o convenios de Praxair con el objeto o efecto de desplazar indebidamente a sus competidores o impedir su acceso al mercado.
Específicamente, los mercados en los que se investigaron las probables conductas anticompetitivas fueron los de distribución y comercialización de oxígeno, nitrógeno y argón líquido industrial a granel mediante pipas criogénicas descargados en un contenedor criogénico en el domicilio del cliente, con dimensión geográfica regional.
Esos gases sirven como insumos en la producción de otros bienes y se utilizan en diversas industrias, por ejemplo, la aeroespacial, aeronáutica, automotriz, alimentos, química, petróleo y gas, metalúrgica, farmacéutica y de biotecnología, refinación, tratamiento de aguas y en la soldadura y fabricación de metales.

Haciendo uso del instrumento previsto en la Ley Federal de Competencia Económica de 1992, Praxair solicitó en mayo de 2018 el cierre anticipado del procedimiento seguido en forma de juicio, a cambio, presentó al Pleno de la Comisión diversos compromisos para suprimir la conducta investigada y restituir el proceso de competencia y libre concurrencia. Al respecto, el Pleno determinó aceptar dichos compromisos.
Sin embargo, se acreditó que el agente económico incumplió de manera generalizada y en diversas ocasiones varios de los compromisos asumidos. Así, Praxair vulneró tanto el proceso de verificación, como el efecto correctivo de los compromisos que asumió para restaurar la competencia, al aumentar el costo de sus clientes para cambiar de proveedor y, por lo tanto, facilitar su capacidad para retenerlos, lo que induce una exclusividad; además, limita la entrada y expansión de competidores.
En general, informó la Comisión, Praxair incumplió las obligaciones de la resolución de compromisos al omitir modificar el contrato de un cliente para incluir los compromisos, a pesar de que lo solicitó; y omitir presentar o presentar extemporáneamente información relacionada con el proceso de verificación (listas de contratos y acuses de comunicaciones).
Además, omitió incluir en la estipulación a favor de terceros la obligación de modificar las condiciones de renovación automática sin modificar el plazo forzoso inicial de los contratos y convenios de Praxair; no modificar dentro del plazo establecido diversos contratos de suministro; y celebrar contratos y convenios modificatorios.

En este último punto, la Cofece indicó que se omitió limitar el suministro preferente a las instalaciones sobre las que Praxair realizó las inversiones; se modificó el plazo forzoso inicial; y no se identificó el domicilio en el que se realizaría el suministro preferente.
También indicaron que se estableció una prórroga automática a la vigencia por un periodo igual al original, salvo aviso con meses de anticipación; no se ajustaron las condiciones de renovación ni las consecuencias por terminación anticipada a lo señalado en la resolución de compromisos; y se omitió transparentar los montos de inversión en los términos establecidos en la misma.
Por lo anterior, el Pleno declaró el incumplimiento de una parte de los compromisos adquiridos por Praxair y, en consecuencia, le impuso la multa mencionada. Además, se otorgó un plazo de 45 días hábiles a partir de la notificación de esta resolución para que compruebe el cumplimiento de todos los compromisos adquiridos.
“En caso contrario, se le podrá imponer multas como medida de apremio hasta por el equivalente a 1,500 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) por cada día que transcurra sin cumplir lo ordenado”, dijeron, es decir, de unos 134,430 pesos diarios.
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