
Con el objetivo de evitar delitos como extorsiones telefónicas o secuestros virtuales, el Congreso mexicano aprobó hace unos días la creación del llamado Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil (PANAUT), una base de datos que recopilará la información de los propietarios de las 126 millones de líneas de telefonía que existen en el país.
“Se usan estas tarjetas (SIM) que eran anónimas, se cambiaban de chips y se utilizaban los teléfonos para cometer ilícitos […] Entonces, nada más es tener un registro para cuidar a la población. Es un asunto de seguridad”, aseguró hace unos días el presidente Andrés Manuel López Obrador durante su conferencia matutina.
Ahora cada titular de una tarjeta SIM deberá facilitar a su operadora telefónica, en un lapso de hasta dos años, su nombre, dirección, nacionalidad, número de documento de identidad con fotografía y datos biométricos: huellas dactilares, identificación de voz del cliente, su reconocimiento fácil o el escaneo de iris. Cabe mencionar que el Instituto Federal de Telecomunicación (IFT) aún no determina cuál o cuáles serán obligatorios, ya que la norma aún no lo especifica.

Sin embargo, y como era de esperarse, la nueva regulación detonó protestas tanto de especialistas como de usuarios al considerar que vulnera su privacidad, e incluso, su misma seguridad.
¿Qué pasará con aquellos usuarios que se nieguen a dar su información?
La norma es clara y determina “la cancelación en forma inmediata” de las líneas de los clientes que no realicen el trámite dentro del plazo establecido “sin derecho a reactivación, pago o indemnización alguna”.
De acuerdo con el decreto, los autorizados que incurrirán en infracciones cuando registren de manera extemporánea las líneas telefónicas, podrían pagar entre 20 y 50 Unidades de Medida y Actualización (UMA); es decir, de 1,792 pesos a 4,481 pesos.

Además, las empresas como Telcel, AT&T o Telefónica que no registren una línea telefónica o no actualicen el Padró, deberán pagar de 500 a 1000 UMAs; es decir, desde 44, 810 pesos hasta 89, 620 pesos.
Pero si dichas empresas, adicionalmente hacen uso indebido de la base de datos serán sancionados desde 10 mil hasta 15 mil UMAs, lo que significa un pago de 896, 200 pesos hasta 1,344,300 pesos.
Una lluvia de amparos
“Obligar a quienes contraten una línea telefónica a registrar sus datos biométricos con el gobierno es una grave violación a su privacidad. La última vez que se creó un padrón así en México, los datos terminaron en venta en el mercado negro”, tuiteó hace unos días Human Rights Watch (HRW).

La organización se refiere al intento de crear un registro similar en 2009 por el ex presidente panista Felipe Calderón. Solo dos años después, la iniciativa fue desmantelada después de que parte de esa base de datos se filtró y apareció a la venta en internet.
De hecho, hasta el pasado 22 de abril el juez federal Juan Pablo Gómez Fierro, concedió al menos cinco amparos a ciudadanos al considerar que la medida es violatoria de diversos derechos constitucionales.
Y es que señaló que en todos los casos no se identifica de manera evidente que al entregar los datos biométricos y personales a las compañías, se investiguen mejor los delitos por parte de las autoridades competentes, por lo que otorgó las suspensiones provisionales a los demandantes a efecto de que, por el momento mientras se analiza a profundidad la ley, no sean condicionados por las empresas a dar sus datos a cambio de otorgarles el servicio de comunicación o se les cancele su registro.
Con base en estas resoluciones judiciales, se prevé que en los próximos días y horas continúen aumentando las demandas de amparo en contra de la misma norma.
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