
Tras una larga sesión, la Cámara de Diputados aprobó en lo general y en lo particular el dictamen que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de la Industria Eléctrica, enviada por el presidente Andrés Manuel López Obrador.
Con 289 votos a favor, 152 en contra y una abstención, se avaló en lo particular el dictamen a la iniciativa que remitió el titular del Ejecutivo Federal, luego de que se desahogaron, en un promedio de 11 horas, las reservas presentadas por las y los diputados.
Luego de darse a conocer la noticia, las reacciones no tardaron en aparecer en las redes sociales, donde Gerardo Fernández Noroña fue el primero en expresar la hazaña:
“Cumplimos, se aprobó la iniciativa preferente enviada por el compañero presidente”, escribió a través de su usuario @fernandeznorona.
Le siguió Gibrán Ramírez Reyes, también en Twitter: “Aprobada la iniciativa preferente del presidente. ¡Por eso es tan importante refrendar la mayoría!”.
Mientras que la cuenta oficial de Morena en la Cámara de Diputados aseguró que dieron un paso más en el combate a la corrupción, y consideraron que se caminará con rumbo al desarrollo económico del país.
“¡Lo logramos! Con 289 votos a favor apagamos la corrupción y encendimos la luz del desarrollo económico de México. Recuperamos la soberanía energética de la nación y le devolvimos a las y los mexicanos lo que les pertenece. #EnergíaParaElPueblo”, escribieron.

El documento, que modifica los artículos 3, 4, 12, 26, 35, 53, 101, 108 y 126 de la citada Ley, señala que se pretende garantizar un sistema tarifario de precios que serán actualizados en razón de la inflación mediante la operación de centrales eléctricas reguladas por el Contrato Legado de la Comisión Federal de Electricidad (CFE) y el Contrato de Entrega Física de Energía y Capacidad a la Red.
La Cámara de Diputados confirmó, además, que se modifica el mecanismo del despacho de las centrales eléctricas, para quedar en prioridad: Energía Producida por las Hidroeléctricas, Energía Generada en otras Plantas de la CFE, Energía eólica o solar de particulares y Ciclos Combinados de empresas privadas.
Además, obliga a que los permisos a que se refiere la Ley de la Industria Eléctrica se encuentran sujetos a los criterios de planeación del Sistema Eléctrico Nacional emitidos por la Secretaría de Energía; y precisa, por otra parte, que el otorgamiento de Certificados de Energías Limpias no dependerá de la propiedad o la fecha de inicio de las operaciones comerciales en las centrales eléctricas.
También elimina la obligatoriedad de comprar por subastas para el Suministrador de Servicios Básicos; y se modifican las definiciones de Central Eléctrica Legada, Contrato de Cobertura Eléctrica y Contrato Legado para el Suministro Básico y se agrega la definición de Contrato de Cobertura Eléctrica con Compromiso de Entrega Física.
En este contexto, establecen también un plazo máximo de 180 días naturales a partir de la entrada en vigor del decreto, para que tanto la Secretaría de Energía, la Comisión Reguladora de Energía y el Centro Nacional de Control de Energía, dentro del ámbito de su competencia, realicen las modificaciones que sean necesarias a todos los acuerdos, resoluciones, lineamientos, políticas, criterios, manuales y demás instrumentos regulatorios.

Por otra parte, se indica que los permisos de autoabastecimiento, con sus modificaciones respectivas, otorgados o tramitados al amparo de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica, que continúen vigentes, obtenidos en fraude a la ley, deberán ser revocados por la Comisión Reguladora de Energía.
Por último, los Contratos de Compromiso de Capacidad de Generación de Energía Eléctrica y Compraventa de Energía Eléctrica suscritos con productores independientes de energía al amparo de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica, deberán ser revisados a fin de garantizar su legalidad y el cumplimiento del requisito de rentabilidad para el Gobierno Federal. En su caso, dichos contratos deberán ser renegociados o terminados en forma anticipada.
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