Pensionados que declaran renta deben actualizar el RUT y lo pueden hacer por canales virtuales

La DIAN actualizará automáticamente el Registro Único Tributario de 614.000 pensionados, quienes perciben únicamente ingresos por concepto de pensión.

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Facade of Colombian fiscal authority (DIAN) is pictured in Bogota, Colombia April 10, 2019. REUTERS/Luisa Gonzalez
Facade of Colombian fiscal authority (DIAN) is pictured in Bogota, Colombia April 10, 2019. REUTERS/Luisa Gonzalez

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales de Colombia (DIAN) anunció, este viernes 22 de enero, la implementación en los cambios de la Clasificación de Actividades Económicas propuestos por el Departamento Administrativo Nacional de Estadística (DANE) para 2020.

Mediante la resolución #000114 del 21 de diciembre de 2020, la DIAN implementó estos cambios establecidos en el Código Internacional de Actividades (CIIU) propuestos por el DANE.

“Por ello invitamos a los contribuyentes a que verifiquen si su código de actividad económica ha sido modificado conforme a la disposición para que realicen la actualización del Registro Único Tributario (RUT)”, señaló Adriana Solano, subdirectora de Asistencia al Cliente de la DIAN.

De igual manera, la DIAN informó la creación del código 0020 para los pensionados, con el fin de identificarlos de mejor manera y diferenciarlos del código de actividad de asalariados, como sucedía hasta la fecha, para el cumplimento de sus obligaciones tributarias.

Por tal motivo, aclaró que los pensionados que presentaron Declaración de Renta durante el año 2020 indicando ingresos por concepto de pensión, y que no hayan percibido ingresos por salarios, serán actualizados automáticamente del RUT por parte de la entidad y de manera virtual.

Para los pensionados que declaren renta será obligatorio actualizar el código del Registro Único Tributario referente a la actividad económica.

“La entidad hace un llamado a consultar la información publicada a través de los canales oficiales y no creer en noticias falsas, en las que, entre otras, se dice que se aplicarán sanciones a quienes no lo hagan antes del 31 de enero, si bien la norma contempla sanciones, el principal objetivo de esta invitación es mantener actualizada la información en el RUT”, señaló la entidad en un comunicado.

Este cambio en el RUT no solo es para los pensionados, sino para algunos otros contribuyentes, debido a la implementación de los cambios por la entidad.

A su vez, la DIAN señaló que no es necesario acercarse a la entidad para actualizar el RUT, ya que debido a la coyuntura actual por covid-19 se ha enfocado en la atención de los clientes a través de los canales virtuales en los que se pueden realizar todos los trámites.

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La actualización del Registro Único Tributario se puede realizar en los canales de forma virtual por cada uno de los contribuyentes, sin embargo, quienes lo deseen podrán solicitar citas para este trámite que serán atendidas mediante el correo electrónico: https://agendamientodigiturno.dian.gov.co/.

Por último, la entidad puso a disposición las direcciones: https://www.dian.gov.co/impuestos/Documents/Abece-Actividades-Economicas.pdf y https://www.dian.gov.co/tramitesservicios/Tramites_Impuestos/RUT/Documents/Ac tualiza_RUT_2020.p, con la intención de enseñar el paso a paso para la actualización del RUT.

Foto de archivo. Logo de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), en Bogotá, Colombia 10 de abril, 2019. REUTERS/Luisa González
Foto de archivo. Logo de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), en Bogotá, Colombia 10 de abril, 2019. REUTERS/Luisa González

DIAN impulsará la implementación de la nómina electrónica para 2021

Debido al éxito de la masificación de la factura electrónica, este martes 19 de enero, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) anunció un proyecto de resolución que busca impulsar la nómina electrónica como un elemento más de la transformación digital de las empresas colombianas en 2021.

La nueva funcionalidad de generación de la nómina electrónica se integrará con el sistema de facturación electrónica, que ya está en funcionamiento, y su obligatoriedad será progresiva, de acuerdo con un calendario que contempla diferentes grupos de obligados y plazos de obligatoriedad.

De acuerdo con el proveedor de factura electrónica Seres, la nómina electrónica la deben implementar “todas aquellas empresas y contribuyentes que efectúan pagos o abonos en cuenta derivados de una vinculación laboral, legal o reglamentaria y pagos a pensionados, que en todo caso requieran usar dichos pagos como costo o deducción”.

Asimismo, la DIAN emitió un calendario para que las empresas implementen el nuevo sistema de nómina electrónica en el que establece varios plazos para el cumplimento periódico y la generación y transmisión de las nóminas.

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