Se aprobó en primer debate proyecto de ley que busca licencias remuneradas para padres con menores terminales

La Comisión Sexta aprobó en primer debate el proyecto presentado por el senador, Carlos Meisel del Centro Democrático

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(Getty)
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La Comisión Séptima del Senado de la República de Colombia aprobó, este martes 10 de noviembre, en primer debate el proyecto de ley que propone dar una licencia remunerada para los familiares o cuidadores de los menores de edad que padezcan enfermedades terminales.

El proyecto de ley 123 de 2020 propuesto por el senador del partido Centro Democrático Carlos Meisel, recibió la aprobación en primer debate por parte de la Comisión Séptima del senado con el que se busca un reconocimiento y otorgamiento de una licencia remunerada al padre o cuidador del menor de 12 años que esté en estado terminal.

“Recibió el voto positivo de todos los partidos políticos, el proyecto de ley que busca dar una licencia remunerada para los padres de familia que desafortunadamente estén atravesando sus hijos por una enfermedad terminal”, aseguró el senador Meisel, proponente del proyecto.

A su vez, el congresista mencionó que esta licencia sería otorgada hasta por diez días hábiles y entregada una sola vez a uno de los padres o a quien detente la custodia de un niño o niña menor de 12 años que requiera especial acompañamiento en caso de que padezca una enfermedad terminal.

A su vez, el proyecto de 13 páginas menciona que esta condición debe estar sustentada con una orden médica en la que debe quedar explícito el tiempo de duración y conste la necesidad del acompañamiento del titular.

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Esta licencia se deberá entregar por parte del empleador del sector público y privado a quien detente la custodia del menor de 12 años que requiera cuidados paliativos debido a su condición terminal.

“Pagan para que puedan cuidar y hacerse cargo de sus hijos, estos menores de edad que están pasando por esta situación tan difícil”, concluyó el senador Meisel.

Según el documento, el pago de la incapacidad se dará de acuerdo con los establecido en los pagos por enfermedad común, así como se establece la posibilidad de que el empleador puede acordar con el padre jornadas de teletrabajo para que el servicio prestado no se vea afectado.

Fotografía cedida por la Asociación de Hemato-Oncología Pediátrica del Perú (HOPPE). EFE/ HOPPE
Fotografía cedida por la Asociación de Hemato-Oncología Pediátrica del Perú (HOPPE). EFE/ HOPPE

Así mismo, el documento menciona que el diagnóstico y las definiciones médicas de la enfermedad terminal quedarán en manos del médico tratante de la entidad prestadora de servicios a las que acude el menor afiliado.

Por otra parte, el proyecto de ley asegura que la licencia no puede ser: las que sean consideradas licencias no remuneradas, ni incompatibles con otros permisos o licencias que tenga derecho el empleado, tampoco las negadas por el empleador en primera instancia, siempre y cuando se acredite la certificación del médico tratante de la respectiva entidad prestadora de servicios de salud.

De igual forma, las consideradas como causal de terminación del contrato laboral o la terminación del vínculo legal y reglamentario.

Por su parte, la senadora del Centro Democrático Milla Romero Soto, indicó que “celebramos la aprobación en primer debate de proyecto del partido de Gobierno de cuál presenté la ponencia, esta pretende proteger a la niñez en estado de vulnerabilidad. Seguiremos trabajando por los niños y las familias”, señaló en una publicación.

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