
Los menonitas pertenecen a la rama del protestantismo y llegaron a Uruguay a fines de la década de los 40. Formaron grandes emprendimientos comerciales inicialmente en la zona del litoral (en departamentos vecinos con Argentina) y luego en San José, cercano a Montevideo. Hoy la comunidad está integrada por unas 2.000 personas. Algunos de ellos viven en Florida y fueron denunciados por el organismo rector de la educación pública por no enviar a sus hijos a la escuela.
Los niños que integran esta comunidad menonita concurren a clases de manera particular. Tienen cursos en español e inglés y son dictados por maestros que pertenecen a esa colonia, quienes viajan desde Estados Unidos para dar clases. Los menores tienen pruebas cada dos semanas y, como complemento, reciben educación a distancia.
La Administración Nacional de Educación Pública (ANEP), sin embargo, consideró que se estaba vulnerando el derecho a la Educación de estos jóvenes y decidió iniciar acciones legales. Sin embargo, la Justicia falló a favor de los menonitas de Florida.

Tras el análisis del caso –que tuvo informes de organismos públicos y de los defensores–, la Justicia concluyó que “el derecho a la educación no se encuentra vulnerado” en este caso, según la sentencia consignada por El País. Los niños y adolescentes que integran o asisten a esta comunidad tienen “educación de manera virtual por docentes de un colegio extranjero y al mismo tiempo asisten a un escuela de la comunidad; es decir, educación reciben”, consideró la jueza Noelia Gutiérrez.
En la sentencia, también cita un informe del Instituto del Niño y el Adolescente que puntualiza que la educación “es propia de su sistema de creencias y religión”. Y luego puntualiza sobre el principio de la obligatoriedad de la educación que rige en Uruguay: “No refiere a la inscripción de los niños en centro de enseñanza uruguayos, sino a que reciban educación inicial, primaria y media”.
La jueza resolvió archivar la causa sumando como argumento a un cambio que se introdujo en la Ley de Urgente Consideración, aprobada durante el gobierno de Luis Lacalle Pou, que quitó la obligatoriedad de inscripción en un centro de enseñanza.
“La educación de estos niños, niñas y adolescentes se relaciona directamente con dogmas religiosos que son pilares estructurales de su forma de vivir, relacionarse, actuar y pensar”, agrega la sentencia. Además, la jueza considera que a los menores se los ve “felices en su entorno” y “alegres”. Además, describió que se expresan de “manera clara y libre” respecto a sus sentimientos.

La ANEP había intentado convencer a los padres de inscribir a los niños en centros educativos uruguayos –le había dado cuatro alternativas para hacerlo–, pero los padres se negaron. Los menores están inscritos en el Colegio Face Primary Army, que está radicado en Estados Unidos.
En escrito de defensa, el abogado de la comunidad, Daniel Torres, expresó que la comunidad “se encuentra instalada en una zona de fácil acceso”. A la iglesia “pueden asistir y asisten las personas que así lo deseen con base en el respeto a su religión, también pueden asistir a su escuela y no impiden el contacto o relacionamiento con la sociedad teniendo sus controles pediátricos y vacunas al día siendo atendidos en su salud”, expresa el escrito.
La defensa también había argumentado que la actitud adoptada por los padres es “conforme a derecho”. Los menores tienen clases de Ciencia, Música, Historia, Matemática, Lenguaje, Emprendedurismo, Mecánica, Carpintería y Cocina, además de tener “salidas didácticas” y un espacio con “cancha de fútbol”.
Los padres entienden que la formación que reciben los jóvenes es de “muy alto nivel”, por lo que no aceptaron las propuestas que les ofrecieron las autoridades de la educación pública uruguaya. Ellos insisten en educar a sus hijos con profesionales exclusivamente menonitas. “Hay un acompañamiento constante con cada uno de los niños que cursan un proceso académico que, en mi opinión, roza la perfección”, declaró Torres a El País en julio de 2024, después de que la ANEP inició la demanda.
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